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Resolución 840 de 2025

Resolución 840 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
840
Año
2025
Fecha
9 de septiembre de 2025
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

GMC-MN-01-FR-05 RESOLUCIÓN 840 DE 2025

(Septiembre 09) __ _Por la cual se efectúa una delegación para el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público_

EL SECRETARIO DE DESPACHO

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el Decreto Distrital 375 de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [113](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#113)° de la Constitución Política de 1991 establece “(...) _Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.",_ por su parte, el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) prevé "(...) _La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones_.”

Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9)º de la Ley 489 de 1998, señala que: “ _Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias_ ”.

Que el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#32)° del Acuerdo 257 de 2006, “ _Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones_ ", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.

Que el Decreto Distrital [365](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=166877)(sic) de 2024 “ _Por medio del cual se reglamenta el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público y se dictan otras disposiciones_ ” estableció como su objeto la coordinación de las entidades distritales en torno a proyectos, concretos y micro focalizados, y la resolución de las problemáticas asociadas a la construcción, recuperación, mantenimiento, embellecimiento y control del espacio público de Bogotá, D.C.

Que en ese sentido, en el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=166877#1.p) del artículo 1 del mencionado decreto prevé que el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público hará parte del Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital que trata el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#32) de Acuerdo Distrital 257 de 2006.

Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=166877#2) ibídem, estableció dentro de la integración la participación de el/la Secretario(a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado; y el parágrafo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=166877#2.p.2), determinó: “..._La delegación se realizará mediante acto administrativo a un/a funcionario/a de nivel directivo o asesor facultado para la toma de decisiones._ ”

Que para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para la articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones en el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público, teniendo que en cuenta el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#19) del Decreto Distrital 340 de 2020 “ _Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones_ ”, se establecen las funciones de la Subdirección de Gestión Cultural y Artística, las cuales son afines al propósito de esta instancia, razón por lo cual se delegará en la Subdirectora de Gestión Cultural y Artística de esta Secretaría.

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo 1. Delegar en la Subdirectora de Gestión Cultural y Artística, hoy en cabeza de la señora Adriana María Botero Vélez, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el Comité Estratégico de Gobernanza y Gestión del Espacio Público, con el acompañamiento técnico del equipo de arte en espacio público, de acuerdo con lo expuesto en parte considerativa del presente acto.

Parágrafo. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#12) de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.

Artículo 2. La funcionaria delegada deberá presentar un Informe a través de Orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre los avances de la misma. Artículo 3. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Adriana María Botero Vélez, con correo institucional adriana.botero@scrd.gov.co en su condición de Subdirectora de Gestión Cultural y Artística y a Edgar Duarte Quiroga, al correo institucional [eduarte@dadep.gov.co](mailto:eduarte@dadep.gov.co) como secretaría técnica de la instancia, según correo electrónico del 09 de septiembre de 2025.

Artículo 4. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el [Registro Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190728). Artículo 5. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190728). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de septiembre del año 2025.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Secretario de Despacho Nota: Ver norma original en Anexos.

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