Resolución 819 de 2025
Resolución 819 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Tipo
- Resolución
- Número
- 819
- Año
- 2025
- Fecha
- 3 de septiembre de 2025
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 819 DE 2025
(Septiembre 03)
**_Por medio de la cual se ordena la apertura de la_
_Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad La Candelaria, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Santa Fe, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Teusaquillo, y la Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Usaquén, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte_**
EL SECRETARIO DE DESPACHO
De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#70) y [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#1.n.3) del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “ _Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias_.”, señala que: _“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”._ Que la ley en cita en su artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#17) señala: _“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”._ Que así mismo, el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#18) de la mencionada ley establece:__ _" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”_ Que el Decreto Distrital [340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187) de 2020, _“Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones”_ señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto: _“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”._ Que el artículo 3º, literal ([j](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#3.l.j)) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que, dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: _“(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”._ Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#13) del Decreto Distrital 340 de 2020, establece como funciones de la Dirección de Economía, Estudios y Política, entre otras, las siguientes: _“(…) b. Elaborar los estudios técnicos que sustenten el formulación, diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas en materia de cultura, recreación y deporte. d. Asesorar la formulación e implementación de políticas públicas, planes, programas y proyectos relacionados con temas de economía cultural y creativa y de las economías derivadas del sector. (…) f. Promover la creación, desarrollo, sostenibilidad y fortalecimiento de espacios para las actividades culturales, creativas y de negocios en las Localidades, tales como clústeres territoriales, Distritos Creativos y Áreas de Desarrollo Naranja, en el_ _Distrito Capital. (…)”._ __ Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.
Que en el marco de la ejecución del Plan de Desarrollo Distrital 2024–2027 _“Bogotá Camina Segura”_, y de manera particular del Objetivo No. [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#264.n.3) _“Bogotá confía en su potencial”_, la SCRD avanza en la implementación del Programa [3.20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#12.n.12.5) “ _Promoción del emprendimiento formal, equitativo e incluyente_ ”, el cual contempla, entre otras acciones, la consolidación de un sistema distrital de apoyo al emprendimiento, la activación de Distritos Creativos para la creación de valor y riqueza en el ecosistema cultural y creativo, y la resignificación del imaginario colectivo del entorno.
Que para el desarrollo de este objetivo, la SCRD, a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política, ha diseñado una apuesta cultural que acompaña la estrategia Distritos Creativos, que busca consolidar un modelo intervención cultural integral y sostenible que aporte a la consolidación de espacios adecuados para el fortalecimiento del ecosistema creativo, atendiendo a las necesidades y vocaciones de los territorios priorizados.
Que la SCRD a través de a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política, plantea la _Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad La Candelaria, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Santa Fe, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Teusaquillo, y la Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Usaquén_, con el propósito de promover ejercicios de transferencia de conocimiento orientados a fortalecer la gestión, producción y mediación artística de otros agentes culturales de las localidades de La Candelaria, Santa Fe, Teusaquillo y Usaquén, por medio de metodologías participativas y colaborativas.
Que las invitaciones culturales en mención se alinean con uno de los objetivos estratégicos de la Política Pública Distrital de Economía Cultural y Creativa (2019–2038), enfocado en la creación de condiciones para el fortalecimiento del ecosistema cultural impulsando la dinamización y sostenibilidad económica de los agentes culturales y creativos, así como el fortalecimiento de sus capacidades productivas. Estas iniciativas parten del reconocimiento del poder transformador de la cultura en los territorios y de su potencial para generar desarrollo local.
Que las invitaciones culturales citadas, tienen como objeto fortalecer a los agentes culturales y creativos de cada una de las localidades mediante acciones de formación no formal y transferencia de conocimiento lideradas por expertos del sector, destinadas a potenciar sus habilidades en gestión, producción y mediación artística. Su propósito final es impulsar la sostenibilidad de las iniciativas locales y tejer redes de colaboración sólidas que consoliden el ecosistema del Distrito Creativo.
Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en las mencionadas invitaciones culturales, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación: | Invitación | Tipo del incentivo | No. de incentivos | Valor individual del incentivo | Monto total de la invitación | CDP | Dependencia encargada de la invitación ---|---|---|---|---|---|--- _Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad La Candelaria_ | Económico | Seis (6) | Categoría 1: Mentorías en producción y mediación artística 3 incentivos de $20.000.000 cada uno. Categoría 2: Formación en gestión artística y cultural 3 incentivos de $20.000.000 cada uno | CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($120.000.000) | 1460 de 2025 | Dirección de Economía, Estudios y Política _Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Santa Fe_ __ | Económico | Seis (6) | Categoría 1: Mentorías en producción y mediación artística 3 incentivos de $20.000.000 cada uno. Categoría 2: Formación en gestión artística y cultural 3 incentivos de $20.000.000 cada uno | CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($120.000.000) | 1459 de 2025 | Dirección de Economía, Estudios y Política _Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Teusaquillo_ __ | Económico | Seis (6) | Categoría 1: Mentorías en producción y mediación artística 3 incentivos de $20.000.000 cada uno. Categoría 2: Formación en gestión artística y cultural 3 incentivos de $20.000.000 cada uno | CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($120.000.000) | 1461 de 2025 | Dirección de Economía, Estudios y Política _Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Usaquén_ | Económico | Seis (6) | Categoría 1: Mentorías en producción y mediación artística 3 incentivos de $20.000.000 cada uno. Categoría 2: Formación en gestión artística y cultural 3 incentivos de $20.000.000 cada uno | CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($120.000.000) | 1462 de 2025 | Dirección de Economía, Estudios y Política Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la** _Invitación_
_Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad La Candelaria_
_,_
_Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Santa Fe_
_,_
_Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Teusaquillo, y la Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Usaquén_**, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: [https://invitaciones.scrd.gov.co/](https://invitaciones.scrd.gov.co/) de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura a la _Invitación_** _Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad La Candelaria_
_,_
_Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Santa Fe_
_,_
_Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Teusaquillo, y la Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Usaquén_**, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura a la _Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad La Candelaria, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Santa Fe, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Teusaquillo, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Usaquén_, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo al cronograma establecido para tal fin.
Parágrafo. Los incentivos económicos a que hacen referencia las invitaciones culturales que se aperturan, se encuentran amparados en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal con Nos. 1459, 1460, 1461 y 1462 del 22 de agosto del 2025, relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la _Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad La Candelaria, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Santa Fe, Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Teusaquillo, y la Invitación Cultural: Colaboratorios locales en los Distritos Creativos - Localidad Usaquén_,__ se encuentran publicados en el micrositio web: [https://invitaciones.scrd.gov.co/](https://invitaciones.scrd.gov.co/) de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Parágrafo. Las modificaciones a los términos de las Invitaciones Culturales citadas en el presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de cada Invitación Cultural.
ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Economía, Estudios y Política de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en las citadas invitaciones culturales de las cuales es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de cada Invitación Cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Economía, Estudios y Política, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190795) y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 03 días del mes de septiembre del año 2025.
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR
Secretario de Despacho
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Nota: Ver norma original en Anexos.
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