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Decreto Local 012 de 2025

Decreto Local 012 de 2025 Alcaldía Local de Kennedy

Tipo
Decreto Local
Número
012
Año
2025
Fecha
3 de septiembre de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Kennedy
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 012 DE 2025

(Septiembre 03)

_Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, de conformidad con el Acuerdo N°[017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190554)aprobado por la Junta Administradora Local de Kennedy el 15 de agosto de 2025_

LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY

En uso de sus facultades legales y especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021 y el artículo 32 del Decreto 158 de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [86](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#86) del Decreto Ley 1421 de 1993 con la modificatoria realizada por el artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#11) de la Ley 2116 de 2021, en relación con las atribuciones correspondientes a los alcaldes locales establece en su numeral primero la obligación de “ _Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, las demás normas nacionales aplicables, los acuerdos distritales y locales y las decisiones de las autoridades distritales”._ Que, de conformidad con lo preceptuado en el numeral 32.2, literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32.n.32.2.l.c), del artículo 32 del Decreto Distrital 158 de 2025 “ _Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local_ ”, la adición por Excedentes Financieros se origina “ _Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los alcaldes locales correspondientes.”_ Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – mediante la Circular Confis N° [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190563) de 2025 – “ _Distribución parcial de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024_ ”, determinó la distribución parcial de excedentes financieros de la vigencia 2025, correpondiendo al Fondo de Desarrollo Local de Kennedy la asignación de una partida de CUATRO MIL QUINIENTOS VENTIDOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS($4.522.783.812) MONEDA CORRIENTE.

Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió “ _Concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de Excedentes Financieros_.” mediante comunicación 2-2025-37251 del 09 de Julio de 2025, señalando que “ _emite concepto previo favorable sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión por valor de $4.522.783.812, correspondiente a los excedentes financieros distribuidos en la localidad de Kennedy, de conformidad a los lineamientos expedidos por el CONFIS; de esta forma, se aporta al cumplimiento de las metas de los respectivos proyectos de inversión de su Plan de Desarrollo Local.”_ Que, de conformidad con los objetivos establecidos en los excedentes financieros asignados al Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, se contemplará, dentro de la ejecución de los proyectos asignados, dos grandes objetivos; el primero: la incorporación de los excedentes financieros para el proyecto 2551 – Kennedy Infraestructura para el Futuro; la cual se encuentra justificada en que solo el 51,96% y el 43,35% del espacio público intermedio y local se encuentra en buen estado, lo que contribuye a que actualmente se tenga una necesidad de intervenir el 48,04% y el 56,65% del espacio público de la localidad de competencia del FDLK, siendo sumamente importante generar estas actividades de intervención en aras de garantizar y/o mejorar el factor movilidad peatonal al interior de la localidad, que es clave para el bienestar de los ciudadanos. Así mismo la intervención de la red de andenes en la localidad de Kennedy se plantea como una acción prioritaria y urgente, en respuesta a las múltiples deficiencias evidenciadas en el espacio público peatonal. Durante diferentes recorridos y diagnósticos técnicos realizados en el territorio, se ha identificado que gran parte de los andenes se encuentran en condiciones inadecuadas para el tránsito seguro de los ciudadanos, presentando discontinuidades, fisuras, desniveles, ondulaciones, y pérdida de materiales, lo cual no solo limita la funcionalidad de estas estructuras, sino que representa un riesgo latente de accidentalidad para los peatones. Que, igualmente, se encuentra el segundo objetivo de Seguridad: La incorporación de los excedentes financieros para el proyecto 2706 Kennedy en Alianza por la Seguridad corresponde a una necesidad imperante de fortalecer las capacidades operativas mediante la adquisición de cámaras multisensor y el fortalecimiento del parque automotor para la MEBOG ya que son componentes esenciales que permitirán mejorar la inteligencia situacional y la capacidad de respuesta frente a la criminalidad, ayudaran a fortalecer la presencia institucional en entornos críticos y zonas priorizadas, y materializar acciones concretas como el control en entornos educativos, intervenciones a mercados ilegales, y la recuperación de espacios públicos, transformando los objetivos programáticos en intervenciones tangibles que impactarán directamente en la calidad de vida de los habitantes de la localidad, es así como la tecnología de vigilancia a través de videocámaras fortalecerá el monitoreo, agilizara la respuesta a emergencias y ayudara a disuadir el crimen, ampliando la capacidad de acción, garantizando la reducción de aquellos delitos con incidencia en el espacio público, con el fin de mejorar la capacidad operativa del actual sistema de videovigilancia y apoyando de manera efectiva a los centros de monitoreo en la prevención y reacción oportuna ante posibles incidentes. Que, con respecto a la renovación del parque automotor se ampliaría la cobertura local de seguridad operacional llegando a lugares de difícil acceso con zonas de atención móviles, logrando una respuesta oportuna en el servicio de Policía de cara a los delitos, hechos de violencia y comportamientos contrarios a la convivencia presentados en la comunidad, contrarrestando todo tipo de fenómenos de criminalidad y las contravenciones de manera focalizada y diferencial, permitiendo la construcción de estrategias efectivas para la disrupción del delito, impactando positivamente la percepción de los ciudadanos en términos de seguridad y credibilidad, entornos seguros y condiciones necesarias para vivir en armonía. Que, la alcaldesa Local presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de adición de recursos al presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los recursos asignados por el CONFIS por concepto de excedentes financieros. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo [69](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#69) del Decreto Ley 1421 de 1993 -modificado por el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#8) de la Ley 2116 de 2021-, así como el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32) del Decreto Distrital 158 de 2025, corresponde a la Junta Administradora Local aprobar mediante acuerdo la adición presupuestal por excedentes financieros. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, la Junta Administradora Local de Kennedy, aprobó el Acuerdo Local N° [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190554) de 2025, del 15 de agosto de 2025. Que, la Alcaldesa Local de Kennedy sancionó el Acuerdo Local N° [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190554) de 2025, el día 09 de agosto de 2025, mismo que fue publicado el registro distrital No. 8397. Que, en mérito de lo expuesto, la Alcaldía Local de Kennedy,

DECRETA:

PRIMERO: Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, por valor de CUATRO MIL QUINIENTOS VENTIDOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS ($4.522.783.812) MONEDA CORRIENTE, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | ADICION ---|---|--- O1 | INGRESOS | $4.522.783.812 O10 | DISPONIBILIDAD INICIAL | $0 O11 | INGRESOS CORRIENTES | $0 O12 | RECURSOS DE CAPITAL | $4.522.783.812 TOTAL, INGRESOS | $4.522.783.812

SEGUNDO: Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, por valor de CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTIDOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS ($4.522.783.812) MONEDA CORRIENTE, conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO | CONCEPTO | ADICION ---|---|--- O2 | GASTOS | $4.522.783.812 O23 | INVERSIÓN | $4.522.783.812 O2301 | INVERSION DIRECTA | $4.522.783.812 O230117 | Bogotá Camina Segura | $4.522.783.812 O23011745 | Gobierno Territorial | $4.522.783.812 O2301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | $4.522.783.812 O23011745992024255101000 | Kennedy Infraestructura para el Futuro | $ 2.000.000.000 O23011745992024270601000 | Kennedy en Alianza por la Seguridad | $2.522.783.812 TOTAL RECURSOS | $ 4.522.783.812 TERCERO: Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

CUARTO: Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

QUINTO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190644).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de septiembre de 2025.

KARLA TATHYANNA MARÍN OSPINA

Alcaldesa Local de Kennedy

Nota: Ver norma original en Anexos.

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