Resolución 771 de 2025
Resolución 771 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Tipo
- Resolución
- Número
- 771
- Año
- 2025
- Fecha
- 21 de agosto de 2025
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
GMC-MN-01-FR-05 RESOLUCIÓN 771 DE 2025
(Agosto 21)
_Por la cual se modifica la Resolución No.[209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178617)de 10 de abril del 2025. “Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones” en el sentido de actualizar la información de la actual Directora de Arte, Cultura y Patrimonio_ EL SECRETARIO DE DESPACHO
**En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No.
340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el artículo 7 del Decreto Distrital 599 de 2013, adicionado por el artículo 2 del Decreto Distrital 622 de 2016, el artículo 24 A del Decreto Distrital 470 de 2021, y**
CONSIDERANDO:
Que el Sistema Único de Gestión para el Registro, la Evaluación, y la Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital - SUGA. contiene un conjunto de protocolos, procedimientos, disposiciones e instrumentos ordenados y articulados que sirven como mecanismo para registrar, evaluar y autorizar las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital.
Que por mandato del artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56034#7) del Decreto Distrital 599 de 2013, adicionado por el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67805#2) del Decreto Distrital 622 de 2016, la conformación del Comité SUGA, se encuentra integrado entre otros, por el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado.
Que el Decreto Distrital [470](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118607) de 2021 “ _Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital_ _599_ _de 2013, en lo relacionado con eventos culturales, recreativos y deportivos, y se dictan otras disposiciones”_ prevé __ en el artículo [24A](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118607#24A) el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos que estará _,_ integrado por “..._la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, que actuará como apoyo a la Secretaría Técnica del Subcomité, la cual será ejercida por la dependencia delegada de la Secretaría Distrital de Gobierno.”_ __ Que al __ Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, le corresponde definir la viabilidad técnica de las solicitudes de autorización de realización de los eventos culturales, recreativos y deportivos de que trata el Capítulo V[1], sin perjuicio de las competencias propias de cada una de las entidades, autoridades y secretarías que conforman el Comité SUGA.
Que este despacho expidió la Resolución No. [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178617) de 10 de abril del 2025, por la cual se delegó la participación en el Comité SUGA y en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, en cabeza del Director de Arte, Cultura y Patrimonio de esta Secretaría y se designó un profesional de apoyo técnico.
Que el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, señala que: _“Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias...”._ Que en cumplimiento de lo establecido en la Circular [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178840)[2] de 2025, expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para la articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones en el Comité SUGA y en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportes; teniendo en cuenta, la posesión de la titular del cargo de Directora Técnica 009 Grado 08 de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio de esta Secretaría, se hace necesario actualizar la información.
Que en mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modificar el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178617#1) de la Resolución No. 209 de 10 de abril del 2025._“Por la cual se efectúa la delegación para el Comité SUGA y para el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, se designa un profesional de apoyo y se adoptan otras disposiciones”_ en el sentido de actualizar la información de la actual Directora de Arte, Cultura y Patrimonio, en consecuencia, el artículo primero quedará así:
_“Artículo 1. Delegar en la Directora de Arte Cultura y Patrimonio, hoy en cabeza de Nathalia Rippe Sierra, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el Comité SUGA y en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, de acuerdo con lo expuesto en parte motiva del presente acto._ __ _Parágrafo 1: Designar para el Apoyo técnico profesional del Comité SUGA, así como en el Subcomité Técnico de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, al profesional Diego Fernando Millán Grijalba, identificado con la cédula de ciudadanía 80.029.742, vinculado a este organismo por contrato de prestación de servicios y quien participará en las sesiones de estas instancias._ __ _Parágrafo 2. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.”_
ARTÍCULO 2. Las demás decisiones adoptadas en la Resolución [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178617) de 2025, que no son objeto de esta modificación, conservan su vigencia. ARTÍCULO 3. Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Nathalia Rippe Sierra, al correo institucional nathalia.rippe[@scrd.gov.co](mailto:julian.duarte@scrd.gov.co) en su condición de Directora de Arte, Cultura y Patrimonio y a Diego Fernando Millán Grijalba al correo institucional [diego.millan@scrd.gov.co](mailto:diego.millan@scrd.gov.co) y a la doctora Diana Marcela Zarabanda Suárez, en su condición de Directora Jurídica, de la Secretaría Distrital de Gobierno y Secretaría Técnica del Comité SUGA, a los correos: [diana.zarabanda@gobiernobogota.gov.co](mailto:diana.zarabanda@gobiernobogota.gov.co) \- [secretaria.suga@gobiernobogota.gov.co](mailto:secretaria.suga@gobiernobogota.gov.co) ARTÍCULO **4.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el [Registro Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190543). ARTÍCULO 5. La presente resolución rige a partir de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C. a los 21 días del mes de agosto del año 2025.
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR
Secretario de Despacho
NOTA: Ver norma original en Anexos. NOTAS DE PIE DE PÁGINA:
* * * [1]_“DE LOS ESCENARIOS CULTURALES PARA LAS ARTES ESCÉNICAS Y LAS EXHIBICIONES_ ___CINEMATOGRÁFICAS.”_ [2][ https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178840](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/%20https:/www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178840)
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