Resolución 317 de 2025
Resolución 317 de 2025 Secretaría Jurídica Distrital
- Tipo
- Resolución
- Número
- 317
- Año
- 2025
- Fecha
- 26 de agosto de 2025
- Entidad
- Secretaría Jurídica Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 317 DE 2025
(Agosto 26)
_Por medio de la cual se realiza una delegación de funciones_
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 209 у 315 de la Constitución Política, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, los artículos 14 y 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y en el numeral 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016, у
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política la descentralización, la delegación y la desconcentración son modalidades de acción administrativa que permiten el cumplimiento de los principios de la función administrativa.
Que el numeral [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#315.n.7) del artículo 315 de la Constitución Política establece que son atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá señalar las funciones especiales a los empleos de la administración central.
Que el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#14) del Acuerdo Distrital 257 de 2016(sic) señala que _"La acción administrativa en el Distrito Capital se desarrollará a través de la descentralización funcional o por servicios, la desconcentración, la delegación, la asignación y la distribución de funciones, mediante la implementación de las instancias de coordinación, para garantizar la efectividad de los derechos humanos, individuales y colectivos, y el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo de la Administración Distrital.”_ Que de igual forma el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#14) del Acuerdo Distrital 257 de 2016(sic) indica que _"Las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, especialmente con la Ley 489 de 1998"_ __ Que el Acuerdo Distrital [638](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635) de 31 de marzo de 2016, modificó parcialmente el Acuerdo Distrital [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006, creó el Sector Administrativo de Gestión Jurídica, la Secretaría Jurídica Distrital y modificó las funciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que el citado Acuerdo definió la misión del Sector Administrativo de Gestión Jurídica, así como la naturaleza, objeto y funciones de la Secretaria Jurídica Distrital. Justamente, la misión del referido sector corresponde a formular, adoptar, ejecutar, liderar, dirigir, coordinar, orientar y evaluar las políticas de gerencia jurídica y de prevención del daño antijurídico para defensa de intereses del Distrito Capital.
Que la Secretaría Jurídica Distrital, en su estructura organizacional establecida en el Decreto [323](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674) de 2016, cuenta con la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, cuyas funciones, entre otras, son las de: i) revisar la legalidad de los proyectos de actos administrativos y los documentos de contenido o efecto legal procedentes de las entidades y/o organismos distritales que deban ser suscritos por el Secretario Jurídico Distrital; ii) proyectar y revisar los actos administrativos que deben ser suscritos por el Secretario Jurídico Distrital en desarrollo de las funciones misionales de la entidad que le sean asignados, y iii) expedir los conceptos jurídicos que sean requeridos a la Secretaría Jurídica Distrital, siempre y cuando no correspondan a otra dependencia (numerales [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#11.n.1), [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#11.n.3) y [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#11.n.5) del artículo 11 del Decreto 323 de 2016).
Que el Acuerdo [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757) del 11 de julio de 2024 del Consejo de Gobierno Distrital, _"Por el cual se adopta el Reglamento Interno del Consejo de Gobierno Distrital y se compendian normas para su funcionamiento",_ establece dos (2) eventos en los cuales la Secretaria Jurídica Distrital debe emitir certificaciones ante dicha instancia. Estos son: i) certificar el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de declaratoria de importancia estratégica para la aprobación de vigencias futuras ordinarias y excepcionales, conforme el numeral [4°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#11.n.4) del artículo 11 del referido reglamento; y ii) dar el visto bueno a la calificación de excepcional urgencia las solicitudes de traslado de recursos del Fondo de Compensación Distrital propuestas por las entidades distritales para atender faltantes de apropiación en gastos distintos a gastos de funcionamiento, acorde a lo dispuesto en el literal [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#11.n.7.l.c) del numeral 7° del artículo 11 del citado Acuerdo.
Que adicionalmente el [Acuerdo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757) mencionado, prevé que la Secretaría Jurídica Distrital debe conceptuar sobre: i) los requisitos establecidos en la Resolución [100](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152870) de 2024 del Ministerio de Salud y Protección Social _, "Por la cual se dictan disposiciones sobre la Planeación Integral para la Salud y se deroga la Resolución 1536 de 2015",_ acorde a lo dispuesto en el numeral [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#11.n.8) del artículo 11 de dicho Acuerdo; ii) la prosperidad de la manifestación de impedimento por parte de los integrantes del Consejo de Gobierno Distrital, según lo establece el inciso tercero del artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#18) del citado Acuerdo y iii) sobre la existencia de información pública reservada en las actas e informes trimestrales del Consejo de Gobierno Distrital, en los términos del [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#16.p) del artículo 16.
Que teniendo en cuenta la misionalidad del Sector Administrativo Gestión Jurídica, en concreto, dirigir y orientar las políticas de gerencia jurídica y de prevención del del daño antijurídico para la defensa de los intereses del Distrito Capital y las funciones de la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, indicadas anteriormente, se encuentra que dicha dependencia tiene como objeto la articulación jurídica distrital, fortaleciendo la unidad conceptual en materia jurídica y normativa Que con el fin de garantizar el cumplimiento de los principios de la función administrativa de eficiencia, eficacia, celeridad y responsabilidad se considera necesario delegar en el servidor (a) público titular servidor(a) público(a) titular del empleo de Director Técnico Código 009 Grado 6 de la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, las funciones asignadas a la Secretaria Jurídica Distrital mediante el Acuerdo [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757) del 11 de julio de 2024 del Consejo de Gobierno Distrital, _"Por el cual se adopta el Reglamento Interno del Consejo de Gobierno Distrital y se compendian normas para su funcionamiento"_ Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º-. Delegación. Delegar en el servidor(a) público(a) titular del empleo de Director Técnico Código 009 Grado 7 de la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos de la Secretaría Jurídica Distrital, las siguientes funciones: 1. Certificar el cumplimiento de los requisitos de las solicitudes de declaratoria de importancia estratégica para la aprobación de vigencias futuras ordinarias y excepcionales, conforme lo previsto en el último inciso del numeral [4º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#11.n.4) del articulo 11 del Acuerdo 001 del 11 de julio de 2024 del Consejo de Gobierno Distrital o el que haga sus veces [Ver el Decreto Distrital 424 de 2025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190692) 2. Dar visto bueno a la calificación de excepcional urgencia a las solicitudes de traslado de recursos del Fondo de Compensación Distrital propuestas por las entidades distritales para atender faltantes de apropiación en gastos distintos a gastos de funcionamiento, acorde a lo dispuesto en el literal [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#11.n.7.l.c) del numeral 7 del artículo 11 del Acuerdo 001 de 11 de julio de 2024 del Consejo de Gobierno Distrital o el que haga sus veces 3. Conceptuar sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo [33](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152870#33) de la Resolución 100 de 2024 del Ministerio de Salud y Protección Social, conforme lo previsto en el numeral [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#11.n.8) del artículo 11 del Acuerdo 001 de 11 de julio de 2024 del Consejo de Gobierno Distrital o el que haga sus veces. 4. Conceptuar sobre los escritos de impedimento de los integrantes del Consejo de Gobierno Distrital, acorde a lo dispuesto en el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#18) del Acuerdo 001 de 11 de julio de 2024 del Consejo de Gobierno Distrital o el que haga sus veces. 5. Conceptuar sobre la existencia de información pública reservada en las actas e informes trimestrales del Consejo de Gobierno Distrital, en los términos del [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157757#16.p) del artículo 16 del Acuerdo 001 de 11 de julio de 2024 del Consejo de Gobierno Distrital o el que haga sus veces.
Artículo 2°-. Comunicación. Comuníquese el contenido de la presente Resolución al(la) Director(a) Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos por conducto de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital. Artículo 3-. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de comunicación. COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de agosto del año 2025.
MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA
SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL
Nota: Ver norma original en Anexos.
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