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Resolución 495 de 2025

Resolución 495 de 2025 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV

Tipo
Resolución
Número
495
Año
2025
Fecha
23 de julio de 2025
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 495 DE 2025

(Julio 23)

_Por la cual se modifica parcialmente el artículo[cuarto](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=182815#4.p)de la Resolución 412 de 2025 que adopta el Manual Contratación de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV versión_[ _13.0_](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=79496&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME)

LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el numeral 10 del artículo 19 del Acuerdo 05 de 2023 y el numeral 10 del artículo 2 del Acuerdo 02 de 2023, expedidos por el Consejo Directivo de la UAERMV, el Decreto de nombramiento 223 del 27 de mayo de 2025, y:

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución [412](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=182815) del 24 de junio de 2025 se adoptó la versión [13](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=79496&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME) del Manual de Contratación de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV. Que, en una de las modificaciones incorporadas en el numeral 5 de la versión [13](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=79496&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME) del Manual de Contratación, se asignó a las dependencias de la Entidad la responsabilidad de estructurar los estudios del sector y los estudios previos requeridos para las contrataciones de bienes, obras y servicios que adelanten en cumplimiento de sus funciones. Estructuración que, en la versión anterior del Manual de Contratación, se encontraba a cargo de la Gerencia de Contratación. Que, el artículo [cuarto](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=182815#4) de la Resolución 412 de 2025, estableció: _"ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución N° 571 del 6 de diciembre de 2021, por la cual se adoptó la versión 12.0 del Manual de Contratación de la UAERMV, y todas las disposiciones que le sean contrarias"._ Que, en atención a lo anterior, se requiere establecer un periodo de transición que permita a las diferentes dependencias administrativas adecuar sus capacidades operativas y técnicas, de manera que asuman eficazmente el nuevo rol de estructuración contractual a partir de una fecha determinada. Que, en consecuencia, se hace necesario modificar parcialmente el artículo [cuarto](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=182815#4) de la Resolución 412 de 2025, incorporando un [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=182815#4.p) transitorio que permita la continuidad operativa de los procesos ya iniciados bajo la versión 9 del Plan Anual de Adquisiciones, y garantice una aplicación progresiva de la nueva versión del Manual. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo [3º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#3) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley [1437](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249) de 2011, la administración puede modificar sus actos administrativos generales por razones de legalidad o conveniencia. Que, En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar parcialmente el Artículo cuarto de la Resolución 412 de 2025, en el sentido de incluir un [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=182815#4.p), el cual quedará así: _"ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 571 del 6 de diciembre de 2021, por la cual se adoptó la versión 12.0 del Manual de Contratación de la UAERMV, y todas las disposiciones que le sean contrarias._ __ _PARÁGRAFO. A partir del 15 de agosto de 2025, las dependencias de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial asumirán la responsabilidad de la estructuración de estudios del sector y estudios previos requeridos para las contrataciones que adelanten en cumplimiento de sus funciones._ __ _Hasta dicha fecha, la Gerencia de Contratación continuará gestionando estos estudios respecto de los procesos contractuales ya remitidos a su dependencia y contemplados en la versión No. 9 del Plan Anual de Adquisiciones."_ ARTÍCULO 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=187974) y modifica en lo pertinente la Resolución 412 de 2025. Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de julio del año 2025.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

MONICA ELOISA RUEDA PEÑA

Directora General

NOTA: Ver norma original en Anexos.

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