Decreto Local 010 de 2025
Decreto Local 010 de 2025 Alcaldía Local de Tunjuelito
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 010
- Año
- 2025
- Fecha
- 5 de agosto de 2025
- Entidad
- Alcaldía Local de Tunjuelito
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 010 DE 2025
(Agosto 05)
_Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Tunjuelito_
LA ALCALDESA LOCAL DE TUNJUELITO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 32 del Decreto Distrital 158 de 2025, el numeral 3.9.2 de la Resolución 191 de 2017 expedida por la Secretaría Distrital de Planeación, y los párrafos primero y segundo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [69](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#69) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales tienen la facultad de vigilar y controlar la ejecución del presupuesto de inversión de sus respectivas localidades;
Que el inciso segundo del Artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá DC.), prevé que los ediles _"también se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración."_ Que el artículo [89](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#89) del mismo decreto establece que los Fondos de Desarrollo Local hacen parte del sistema presupuestal del Distrito Capital y están sujetos a las disposiciones que regulan su ejecución y asignación;
Que el artículo [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) del Decreto 158 de 2025 define como excedentes financieros _"el saldo sin comprometer del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los FDL son de propiedad del Distrito. El CONFIS Distrital, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismas Fondos."_.
Que mediante la Circular Conjunta No. 03 del 27 de junio de 2025, suscrita por la doctora URSULA ABLANQUE MEJIA, en calidad de Secretaría Técnica del CONFIS Distrital, remitió la distribución parcial de excedentes financieros para los veinte (20) Fondos De Desarrollo Local del Distrito Capital. Que, en sesión No. 15 celebrada el día 27 de junio de 2025, de acuerdo con lo establecido en el literal [h)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#100.l.h) del artículo 100 y en el artículo [78](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#78) del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) y [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#42) del Decreto Distrital 158 de 2025, el CONFIS Distrital efectuó una Distribución parcial de los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024 por valor de $48.241.044.245, conforme a las solicitudes de la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia-SSCJ, conforme al siguiente detalle:
Que los excedentes financieros fueron distribuidos por el CONFIS Distrital en el marco de las prioridades definidas por cada localidad, revisadas por la Secretaria Distrital de Gobierno, y de acuerdo con la solicitud de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia (SSCJ) Que la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable mediante No. Radicación: 2-2025-37298 y alcance 2-2025-41725 para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros.
Que se hace necesario convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Tunjuelito, para análisis, debate y aprobación de los recursos de excedentes financieros entregados por el CONFIS Distrital en sesión N° 15 celebrada el día 27 de junio de 2025 y comunicado a través de Circular Conjunta Nº 03 de 2025 y conforme a lo establecido en los artículos [41°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) y [42°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#42) del Decreto Distrital 158 de 2025.
Que en mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Convocar a la Junta Administradora Local de Tunjuelito, a sesiones extraordinarias por el periodo comprendido entre el día once (11) y el día quince (15) de agosto de dos mil veinticinco (2025), inclusive; para análisis, debate y aprobación de la adición de los excedentes financieros al presupuesto local del Fondo de Desarrollo para la vigencia fiscal 2025, de acuerdo con lo contemplado por el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) Distrital. ARTÍCULO 2.** El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=188808).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de agosto del año 2025.
CLAUDIA VERÓNICA COLLANTE DUSSAN
Alcaldesa Local de Tunjuelito
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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