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Resolución SDH-000090 de 2025

Resolución SDH-000090 de 2025 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
SDH-000090
Año
2025
Fecha
29 de julio de 2025
Entidad
Resolución SDH-000090 de 2025 Secretaría Distrital de Hacienda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN SDH-000090 DE 2025

(Julio 29)

_Por medio de la cual se adopta la versión siete (7) del Manual de Políticas Contables de la Secretaría Distrital de Hacienda_

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA

En uso de las facultades que le confiere los literales a) y o) del artículo 4º del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el Decreto Distrital 364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que los literales [a)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60281#4.l.a) y [o)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60281#4.l.o) del artículo 4º del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63160#1) del Decreto Distrital 364 de 2015, "Por el cual se modifica la estructura interna y funcional de la Secretaría Distrital de Hacienda y se dictan otras disposiciones", asigna a la Secretaría Distrital de Hacienda las funciones de: "Formular la política del Distrito Capital en materia fiscal, tributaria, presupuestal, contable, de tesorería y de crédito público", así como, "Establecer las políticas generales de la Secretaría Distrital de Hacienda, velar por el adecuado y oportuno cumplimiento de sus funciones, organizar el funcionamiento de la entidad, y proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos".

Que en el numeral 2.1.1 del [Anexo](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=30894&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME) de la Resolución 193 de 2016 expedida por la Contaduría General de la Nación (CGN), establece que: "Las políticas contables se formalizarán mediante documento emitido por el representante legal o la máxima instancia administrativa de la entidad".

Que adicionalmente, el numeral 3.2.4 del [anexo](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=30894&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME) de la misma resolución indica que: "Los manuales que se elaboren deberán permanecer actualizados en cada una de las dependencias que corresponda, para que cumplan con el propósito de informar adecuadamente a sus usuarios directos".

Que el primer párrafo del literal c) del numeral 1.2.4. del [anexo](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=84052&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME) de la Resolución No. SDH-000312 de 2024, que adopta la tercera versión del "Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D. C.", hace referencia a los "Anexos de política elaborados por quienes conforman la ECP Bogotá D.C." Dicho párrafo, establece que estos anexos "son elaborados en los casos que aplique, por los Entes Públicos Distritales con sujeción a las políticas contables de la ECP Bogotá D.C., y contienen aquellos lineamientos adicionales que surgen de la realidad y casuística específica de quien los elabora."

Que el párrafo tercero del literal c) del numeral 1.2.4. del [Anexo](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=84052&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME) de la Resolución SHD-000312 de 2024 establece que: "La aprobación de la incorporación, modificación o eliminación de los anexos es responsabilidad de la máxima autoridad de cada Ente Público Distrital que genere el anexo, esto una vez la Dirección Distrital de Contabilidad dé visto bueno a la decisión."

Que con la expedición de las Resoluciones No. [436](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=172657) de 2024[1] y No [438](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=173357) de 2024[2] emitidas por la Contaduría General de la Nación se requiere actualizar la versión 6 del Manual de Políticas Contables de la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptado mediante Resolución [SDH-000291](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170623) del 16 de diciembre de 2024.

Que la Secretaria Distrital de Hacienda en uso de su autonomía administrativa, adopta el Manual Contable, donde se incluyen los anexos de política contable, elaborados conforme a la realidad y casuística propia, y se sintetizan las políticas contables que deben llevarse y tenerse en cuenta en el desarrollo de su proceso contable.

Que en cumplimiento del artículo [8º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8.n.8) de la Ley 1437 de 2011, el artículo [69](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#69) del Decreto Distrital 479 de 2024 el proyecto de esta resolución se publicó en el Sistema Legalbog del 28 de mayo al 09 de junio de 2025, sin que se hubieran recibidos observaciones o sugerencias por parte de la ciudadanía. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Adopción. Adóptese la versión siete (7) del Manual Contable de la Secretaría Distrital de Hacienda, que hace parte integral de esta resolución. Artículo 2°. Campo de aplicación. El Manual Contable emitido mediante esta resolución aplica para la Secretaría Distrital de Hacienda. Artículo 3°. Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el [Registro Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=188414) y deroga la Resolución No. [SDH-000291](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170623) del 16 de diciembre de 2024 y demás normas que le sean contrarias. Publíquese de manera adicional en el sitio web de la entidad, de conformidad con lo establecido en los artículos [8º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8.n.8) y [65°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de julio del año 2025.

ANA MARÍA CADENA RUÍZ

Secretaria Distrital de Hacienda NOTA: Ver norma original en Anexos.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

* * * [1] Por la cual se incorpora la Norma de bienes recibidos en forma de pago en las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y se modifica el Catálogo General de Cuentas de dicho marco normativo [2] Por la cual se modifican el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera, y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno

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