Jurismart

Resolución 481 de 2025

Resolución 481 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
481
Año
2025
Fecha
18 de junio de 2025
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

GMC-MN-01-FR-05 RESOLUCIÓN 481 DE 2025

(Junio 18)

P _or la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025_

EL SECRETARIO DE DESPACHO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 en su artículo [90](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#90) establece para el Sector Cultura, Recreación y Deporte como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo. __ Que el Decreto Distrital [340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187) de 2020 en concordancia con el artículo [94](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#94) del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el de _“… orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”_ __ Que el artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#25) del Decreto Distrital 714 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto del Distrito Capital dispone que la Secretaría Distrital de Hacienda, con base en el Plan Financiero para la vigencia respectiva, determinará los límites de gastos globales para cada uno de los órganos, entidades y organismos que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.

Que el Decreto Distrital 192 de 2021 “ _Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dicta otras disposiciones_ ” establece en el parágrafo del artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#11) sobre la modificación de las apropiaciones lo siguiente: _“Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada.

Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”_ Que el 27 de diciembre de 2024, fue expedido el Decreto Distrital [470](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170978) “ _Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024”_.

Que la Resolución SDH No [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se adopta el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.3.1 establece los pasos para efectuar un ajuste por suscripción de convenios o contratos entre entidades distritales.

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte suscribió el convenio interadministrativo No. 2025-2965 SDM – 611-2025 (SCRD) con la Secretaría Distrital de Movilidad, mediante el cual se aúnan esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la Secretaría Distrital de Movilidad y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para el diseño, evaluación y monitoreo de estrategias en cultura ciudadana para la movilidad que incentiven el cambio comportamental, en concordancia con una línea base que articule los factores culturales de conocimientos, actitudes, valores, emociones, prácticas y creencias, con las líneas estratégicas de movilidad segura, sostenible e inclusiva y eficiente.

Que para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio, la Secretaría Distrital de Movilidad expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1122 del 11 de abril de 2025, con cargo al rubro O230117240920240096 – Implementación de intervenciones integrales de cultura, comunicación y pedagogía, para la movilidad segura en Bogotá D.C. (fondo de financiación VA-Multas de tránsito) y el Registro Presupuestal No. 2580 del 29 de mayo de 2025.

Que el segundo comité técnico del convenio interadministrativo 740 de 2024 aprobó de forma unánime, la modificación No. 02 del Convenio Interadministrativo derivado No. 740 de 2024, cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre la SCRD, el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, orientadas a la estructuración, planeación y ejecución del programa Más Cultura Local 2024, con el propósito de fortalecer a los agentes artísticos y culturales e impulsar los procesos de transformación social y económica en las localidades de Bogotá", como consta en acta No. 2 del 27 de febrero de 2025.

Que la modificación No. 02 del Convenio Interadministrativo derivado No. 740 de 2024, contempla la adición de $39.722.728 al Componente A del programa Más Cultura Local 2024, que tiene como objetivo otorgar incentivos económicos a iniciativas culturales que han sido previamente priorizadas a nivel local a través de presupuestos participativos, acuerdos locales o concertaciones con grupos de interés de las localidades.

Que la adición respondió a una solicitud expresa del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos. Para ello el FDL expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 799 del 28 de marzo de 2025 con cargo al rubro O230117459920242631 - Unidos por las voces, arte y patrimonio (fondo de financiación: Ingresos Corrientes FDL) y al CRP No. 908 del 16 de mayo de 2025.

Que mediante comunicación No. 2-2025-33303, de fecha 17 de junio de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre el ajuste de _MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENDOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($1.539.722.728)_ en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para la presente vigencia fiscal.

Que de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en la suma de MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENDOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($1.539.722.728), con el fin de dar una adecuada ejecución a los recursos de los convenios: i) convenio interadministrativo 2025-2965 SDM – 611-2025 (SCRD) con la Secretaría Distrital de Movilidad por valor de $1.500.000.000 los cuáles serán apropiados en el proyecto de inversión 7991 – Programa de Financiación: O23011733012024012210070 \- Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C. en el fondo de financiación 1-100-I036 \- VA-Convenios. ii) Convenio 740 de 2024 suscrito con el IDARTES y los Fondos de Desarrollo Local, por valor de $39.722.728 los cuáles serán apropiados en el proyecto de inversión 7965 – Programa de Financiación: O23011733012024015201128 \- Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. en el fondo de financiación 1-100-I036 - VA-Convenios. Que, en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1. Adicionar al presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente y los documentos que la integran, como se indica a continuación: | CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ---|---|--- O2 | GASTOS | $ 1.539.722.728 O23 | Inversión | $ 1.539.722.728 O2301 | DIRECTA | $ 1.539.722.728 O230117 | Bogotá Camina Segura | $ 1.539.722.728 O23011733 | Cultura | $ 1.539.722.728 O2301173301 | Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos | $ 1.539.722.728 O230117330120240122 | Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C. | $ 1.500.000.000 O23011733012024012210070 | Innovación y cambio cultural para la transformación de comportamientos que promuevan el orgullo por la ciudad de Bogotá D.C. | $ 1.500.000.000 O230117330120240152 | Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. | $39.722.728 O23011733012024015201128 | Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. | $39.722.728 Total Créditos | $ 1.539.722.728 Artículo 2. Ordenar a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte remitir copia de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda.

Artículo 3. Ordenar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.

Artículo 4. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la [Gaceta Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=188475) y en Régimen Legal de Bogotá.

Artículo 5. Publíquese el presente acto administrativo en la página web de la entidad y en el [registro distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=188475).

Artículo 6. La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y contra ella no proceden los recursos de Ley, de conformidad con el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley No. 1437 de 2011.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de junio del año 2025.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Secretario de Despacho

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Nota: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar