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Decreto Local 005 de 2025

Decreto Local 005 de 2025 Alcaldía Local de Usaquén

Tipo
Decreto Local
Número
005
Año
2025
Fecha
23 de mayo de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Usaquén
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 05 DE 2025

(Mayo 23) __ _Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, de conformidad con el Acuerdo N°[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179331)aprobado por la Junta Administradora Local el 20 de mayo del 2025_

EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 32 del Decreto 158 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 32 numeral 2 literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32.n.2.l.c), del Decreto N° 158 de 2025 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L _" dispone frente a la adición por Excedentes Financieros: "Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá éste ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes"._ Que, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén a 31 de diciembre de 2024, efectuó el cierre presupuestal de la vigencia 2024, determinando unos excedentes financieros por la suma de SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA PESOS M/Cte. ($7.655.377.430,oo) Que, según el artículo [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) del Decreto 158 de 2025, _"Se define el excedente financiero de cada FDL como el saldo sin comprometer el presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los FDL son propiedad del Distrito. El CONFIS Distrital, en cada vigencia fiscal, determinará la cantidad de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos."_ Que, según el artículo [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) del Decreto 158 de 2025, los excedentes financieros de los FDL se distribuirán entre las localidades atendiendo las necesidades de primas no financiadas que determine el CONFIS Distrital. Que, mediante circular CONFIS No. 02 del 01 de abril de 2025, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 05, celebrada el 18 de marzo 2025, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2024, al Fondo de Desarrollo Local de Usaquén se le asignó una partida de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($875.399.857). Que, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros radicada con el No. 2-2025-21403 del 16 de abril de 2025. Que, de conformidad con los objetivos establecidos en los excedentes financieros asignados al Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, se contemplará, dentro de la ejecución de los proyectos asignados, la realización de actividades culturales, recreativas y deportivas que generen un impacto significativo en la comunidad de la localidad de Usaquén. Que, de acuerdo con el proceso de concertación comunitaria para la ejecución de los proyectos culturales, recreativos y deportivos, se tendrá en cuenta la disposición de la oferta institucional articulada entre las entidades del Distrito, con el fin de consolidar herramientas de dotación y acompañamiento para la ciudadanía, que contribuyan al impacto positivo del proyecto. Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de adición de recursos al presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los recursos asignados por el CONFIS por concepto de excedentes financieros. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo [69](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#69) del Decreto Ley 1421 de 1993 -modificado por el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#8) de la Ley 2116 de 2021-, así como el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32) del Decreto Distrital 158 de 2025, corresponde a la Junta Administradora Local aprobar mediante acuerdo la adición presupuestal por excedentes financieros. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, la Junta Administradora Local de Usaquén, remitió el Acuerdo Local N°[ 001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179331) de fecha 20 de mayo de 2025. Que, el Alcalde Local de Usaquén sancionó el Acuerdo Local N° [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179331) de fecha 22 de mayo de 2025.

ACUERDA:

Artículo 1º. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, por valor de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($875.399.857), conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 01 | INGRESOS | $ 875.399.857 012 | RECURSOS DE CAPITAL | $ 875.399.857 01202 | EXCEDENTES FINANCIEROS | $ 875.399.857 0120203 | Fondos de Desarrollo Local | $ 875.399.857 TOTAL INGRESOS | $ 875.399.857 Artículo 2º. Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, por valor de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 875.399.857), conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 02 | GASTOS | $ 875.399.857 023 | INVERSIÓN | $ 875.399.857 02301 | DIRECTA | $ 875.399.857 0230117 | Bogotá Camina Segura | $ 875.399.857 023011745 | Gobierno Territorial | $ 875.399.857 02301174599 | Gobierno Territorial Fortalecimiento a La Gestión y Dirección de la Administración Pública Territorial | $ 875.399.857 0230117459920242655 | Usaquén cultural, artística y patrimonial. | $ 743.399.857 0230117459920242624 | Usaquén confía en su potencial cultural | $ 132.000.000 TOTAL GASTOS | $ 875.399.857 Artículo 3º. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

Artículo 4º. Publicación. Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5º. Vigencia y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179381).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 23 días del mes de mayo del año 2025.

DANIEL HERNANDO ORTIZ QUINTERO

Alcalde Local de Usaquén

Nota: Ver norma original en anexos

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