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Resolución 324 de 2025

Resolución 324 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
324
Año
2025
Fecha
20 de mayo de 2025
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 324 DE 2025

(Mayo 20)

_Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias de la Fase II del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte_ __ EL SECRETARIO DE DESPACHO

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#70) y [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#1.n.3) del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, _“Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”_ señala que: _“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”._ __ Que la ley en cita en su artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#17) señala: __ _“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”._ Que así mismo, el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#18) de la mencionada ley establece: _"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”_ Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 3º, literal [j](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#3.l.j), establece: _“Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”._ Que la misma norma en el literal ([h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#12.l.h)) del artículo 12, contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte es la de: _"Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales"._ __ Que el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#19) de Decreto Distrital 340 de 2020, señala que la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio, le corresponde entre otras funciones la de _“(…) a. Liderar el diseño e implementación de las políticas públicas en los campos del arte, la cultura y el patrimonio cultural, proponer su adopción, y orientar los procesos de concertación, así como realizar su seguimiento y evaluación. b. Formular los lineamientos y realizar la coordinación intersectorial e intersectorial para la implementación de políticas en los campos del arte, la cultura y el patrimonio cultural (…)”._ Que el Artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#17), Modificado por el art. [4°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128306#4), Decreto Distrital 400 de 2022, señala que son funciones de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, entre otras: _“(…) a. Liderar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación participativa de las políticas distritales de cultura ciudadana y de transformación cultural (…)”._ Que el documento CONPES D.C. _“POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”_, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: _“(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”.__ _ Que con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha creado el Programa Distrital de Estímulos, como una estrategia de fomento del sector artístico, creativo, cultural y patrimonial de Bogotá D.C., para fortalecer los procesos y las iniciativas privadas desarrolladas por agentes artísticos, creativos, culturales y patrimoniales, a través de convocatorias públicas para el desarrollo de propuestas, o para reconocer la excelencia de procesos y trayectorias relevantes de agentes del sector.

Que en desarrollo de la política de fomento, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de las convocatorias que hacen parte de la Fase II del Programa Distrital de Estímulos PDE 2025, para lo cual cuenta con el soporte presupuestal que a continuación se describe: | NÚMERO DEL CPD | CONVOCATORIA | RUBRO | DESCRIPCIÓN DEL RUBRO | CONCEPTO DEL GASTO | FONDO | VALOR TOTAL ---|---|---|---|---|---|--- 743 de 21 de Febrero de 2025. | Beca de apoyo para la profesionalización de artistas | O230117330120240081 | Formación Artística, Cultural y Deportiva a lo largo de la vida en Bogotá D.C. | O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión | 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO | $ 239.250.000 623 del 11 de febrero de 2025. | Beca Artistas de Clase 2025 | O230117330120240080 | Fortalecimiento de prácticas y transformaciones culturales, patrimoniales, urbanas y sociales para el bienestar integral de Bogotá D.C. | O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión | 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO | $131.400.000 1132 del 27 de abril de 2025. 1170 del 6 de mayo de 2025. | Residencia para la gestión cultural: conexión iberoamericana. | O230117330120240217 O230117330120240152 | Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C. Fortalecimiento del Fomento para el Desarrollo de Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C. | O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión | 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO | $126.000.000 1123 del 25 de abril de 2025. | Premio a la innovación cultural en Bogotá | O230117330120240152 | Fortalecimiento del Fomento para el Desarrollo de Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C. | O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión | 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO | $200.000.000 1130 del 2 de abril de 2025. | Premio redes vivas comunitarias | O230117330120240217 | Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C. | O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión | 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO | $40.000.000 1124 del 25 de abril de 2025. | Beca territorios de paz: arte, memoria y cultura comunitaria. | 0230117330120240217 | Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y a atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C. | O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, la cultura y religión | 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO | $80.000.000 1138 del 28 de abril de 2025. | Beca fomento al trabajo en red de consejeros sistema distrital de arte, cultura y patrimonio | O230117330120240217 | Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C. | O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión | 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO | $80.000.000 Que las _“CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2025”_ _son una ruta de acceso al programa para la ciudadanía, que organiza tanto criterios como procesos para participar, verificar, evaluar y otorgar los distintos estímulos, basados en los principios de transparencia, participación, inclusión, cooperación y corresponsabilidad._

Que las condiciones y requisitos de participación de las convocatorias que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidas en el documento denominado _“CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2025”_, así como en los documentos que contienen los requisitos específicos de cada una de ellas, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, y que serán publicados en el siguiente micrositio:

Que de conformidad con los requisitos específicos de las convocatorias que hacen parte de la segunda fase del PDE 2025, se establece: _“(…) Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico:_[_convocatorias@scrd.gov.co_](mailto:convocatorias@scrd.gov.co) _hasta las 17:00:00 horas del último día (…)”._ Por lo tanto, las convocatorias que se relacionan en el artículo primero del presente acto administrativo se publicarán en el micrositio mencionado en el párrafo anterior desde el 20 de mayo de 2025 para los fines correspondientes, y la apertura de las mismas será el 28 de mayo de 2025.

Que en consideración de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Ordenar la apertura de las convocatorias de la Fase II del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el 28 de mayo de 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal y como se indica a continuación:

CONVOCATORIA | MONTO DEL ESTÍMULO O DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS | N.º DE ESTÍMULOS | MONTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA | CDP | DEPENDENCIA ENCARGADA DE LA CONVOCATORIA ---|---|---|---|---|--- Beca de apoyo para la profesionalización de artistas | Categoría 1. Técnicos: doce (12) estímulos por un valor individual de $3.000.000 cada uno. Categoría 2. Tecnológicos: doce (12) estímulos por un valor individual de $4.250.000 cada uno. Categoría 3. Pregrado universitario, reconocimiento de saberes o profesionalización: veintiuno (21) por un valor individual del estímulo $7.250.000 cada uno. | 45 | $ 239.250.000 | 743 de 21 de febrero de 2025 | Subdirección de Gestión Cultural y Artística Beca artistas de clase 2025 | $10.950.000 | 12 | $131.400.000 | 623 del 11 de febrero de 2025 | Subdirección de Gestión Cultural y Artística / Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Residencia para la gestión cultural: conexión iberoamericana. | $ 18.000.000 | 7 | $126.000.000 | 1132 del 27 de abril de 2025 1170 del 6 de mayo de 2025 | Dirección de Asuntos locales y Participación Premio a la innovación cultural en Bogotá | $ 40.000.000 | 5 | $200.000.000 | 1123 del 25 de abril de 2025 | Dirección de Fomento Premio redes vivas comunitarias | $ 10.000.000 | 4 | $40.000.000 | 1130 del 27 de abril de 2025 | Dirección de Asuntos locales y Participación Beca territorios de paz: arte, memoria y cultura comunitaria. | $20.000.000 | 4 | $80.000.000 | 1124 del 25 de abril de 2025 | Dirección de Asuntos Locales y Participación Beca fomento al trabajo en red de consejeros sistema distrital de arte, cultura y patrimonio | $20.000.000 | 4 | $80.000.000 | 1138 del 28 de abril de 2025 | Dirección de Asuntos locales y Participación ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de las convocatorias que hacen parte de la Fase II del Programa Distrital de Estímulos 2025 que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en el documento denominado _“CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS - PDE 2025”,_ y en el documento que contiene los requisitos específicos de cada una de las convocatorias, los cuales forman parte integral de la presente resolución.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de las convocatorias citadas en el presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (https://sicon.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de las convocatorias.

ARTÍCULO TERCERO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las convocatorias en el micrositio: de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría.

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Dirección de Fomento, a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, a la Subsecretaría de Gobernanza, a la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio, a la Subdirección de Gestión Cultural y Artística, Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera y la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179320) y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de mayo del año 2025.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Secretario de Despacho

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Nota: Ver norma original en Anexos.

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