Decreto Local 003 de 2025
Decreto Local 003 de 2025 Alcaldía Local de Santa Fe
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 003
- Año
- 2025
- Fecha
- 8 de mayo de 2025
- Entidad
- Alcaldía Local de Santa Fe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 003 DE 2025
(Mayo 08) __ _Por el cual se ajusta el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento e Inversión de la Alcaldía Local de Santa Fe, para la vigencia fiscal 2025_
EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 40 del Decreto 158 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 158 de 2025 en su Artículo [40](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#40) estipula que los F.D.L. efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de vigencia anterior, mediante decreto local, previa viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Que en la Resolución SDH N° [000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017 _"Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local"_, se indica el procedimiento a seguir para efectuar el ajuste en mención.
Que el Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, en su Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) establece: _"Modificaciones al anexo del decreto de liquidación"._ Que en el Decreto Local N° 18 del 23 de diciembre de 2024, _"Por el cual se Liquida el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025"_, la disponibilidad de recursos en Tesorería fue de TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS M/CTE ($39.191.271.000), respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2024.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe - F.D.L.S.F., una vez llevado a cabo el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2024, constituyó Obligaciones por Pagar por un total de TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($32.761.888.386). Que, en consecuencia, el FDLSF debe ajustar las obligaciones por pagar con cargo a los Gastos de Funcionamiento y con cargo a la Inversión, del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2025 por la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($6.429.382.933).
Que mediante radicado No. 2-2025-17579 de fecha 28 de marzo de 2025, Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del FDLSF.
Que mediante comunicación No. 2025EE197656O1 de 07 de mayo de 2025, la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del FDLSF. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Santa Fe,
DECRETA:
RTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la vigencia 2025, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO PRESUPUESTAL | RUBRO | PRESUPUESTO 2025 | DISMINUIR | AUMENTAR ---|---|---|---|--- 02 | Gastos | 39.191.271.000 | 6.429.382.933 | 6.429.382.933 021 | Funcionamiento | 879.388.000 | 380.800.547 | 319 02190 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento | 879.388.000 | 380.800.547 | 319 0219001 | Obligaciones por Pagar Vigencia Anterior | 796.270.000 | 380.800.547 | 0 0219002 | Obligaciones por Pagar Otras Vigencias | 83.118.000 | 0 | 319 023 | Inversión | 38.311.883.000 | 6.048.582.386 | 0 02306 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 38.311.883.000 | 6.048.582.386 | 0 0230689 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIA ANTERIOR | 28.427.867.000 | 5.448.086.863 | 0 0230690 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 9.884.016.000 | 600.495.523 | 0 C4 | DISPONIBILIDAD FINAL | 0 | 0 | 6.429.382.614
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179152).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá D.C. a los 08 días del mes de mayo del año 2025.
DIEGO ALEJANDRO LOPEZ LOPEZ
Alcaldesa Local de Santa Fe
Nota: ver norma original en Anexos
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