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Decreto Local 003 de 2025

Decreto Local 003 de 2025 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2025
Fecha
7 de marzo de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2025

(Marzo 07)

_Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2025_

El ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local, establece en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) que “los _F.D.L efectuarán el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia anterior_ (…)”. El Alcalde local mediante Decreto incrementará o reducirá el monto de las obligaciones presupuestas, previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Que, mediante el Decreto Local No. [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=172160) de diciembre del 2024, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 y el 31 de diciembre del 2025. Que, en la Resolución No. SHD-000191 de 2017 Artículo [2º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948#2) _“El presente Manual Operativo Presupuestal rige para: Fondos de Desarrollo Local - FDL”, expedido por la Secretaría de Hacienda, enuncia en su capítulo 4.5. “Casos de Ajuste de las Obligaciones por Pagar”_ Que, Si el monto de Obligaciones por Pagar constituidas a 31 de diciembre de la vigencia anterior es menor a las presupuestadas en la vigencia, se debe disminuir cada una de las obligaciones por Pagar de la vigencia; en dicho caso, el saldo se reflejará en la cuenta de resultados “Disponibilidad Final”. El(a) Alcalde(sa) Local procederá por Decreto a realizar el respectivo ajuste a las Obligaciones por Pagar presupuestadas una vez se expidan los conceptos de la Secretarías Distritales de Planeación y Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Que, el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño apropio en obligaciones por pagar para la vigencia fiscal 2025 un valor de$ 23.334.644.000 y el valor realmente constituido al cierre de la vigencia fiscal 2024 fue de $ 19.916.906.742 En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local debe ajustar en los Gastos de Funcionamiento el rubro O2190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento y en los Gastos de Inversión el rubro O2306 Obligaciones por pagar inversión hasta el monto inicial apropiado.

Que para adelantar el respectivo ajuste la entidad cuenta con los saldos disponibles en cada rubro presupuestal.

Que la Secretaría Distrital de Planeación expidió concepto favorable al ajuste de las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación No2-2025-08513 del 19 de febrero de 2025.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto de igual forma emitió concepto favorable al ajuste por cierre presupuestal 2024 al interior de las obligaciones por pagar, mediante comunicación No. 2025EE055154O1 del 6 de marzo de 2025. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Antonio Nariño.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño en los rubros de obligaciones por pagar de Gastos de Funcionamiento y de Inversión para la vigencia fiscal 2024 de conformidad con el siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | AUMENTAR | REDUCIR ---|---|---|--- O2 | GASTOS | $ - | $ 330.536.052 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ - | $ 330.536.052 O2190 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento | $ - | $ 330.536.052 O219001 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Ant | $ - | $ 330.535.975 O219002 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigenc | $ - | $ 77 O23 | GASTOS DE INVERSION | $ - | $ 3.087.201.206 O2306 | OBLIGACIONES POR PAGAR | $ - | $ 3.087.201.206 O230616 | Obligaciones por pagar Inversión vigencias anterior ( Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI) | $ - | $ 1.232.716.684 O230690 | Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores | $ - | $ 1.854.484.522 4 | DISPONIBILIDAD FINAL | | $ 3.417.737.258 ARTÍCULO SEGUNDO: Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO: Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto -Secretaria Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

ARTÍCULO CUARTO: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179009).

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 07 del mes de marzo del año 2025.

DANILSON GUEVARA VILLABON

Alcalde Local Antonio Nariño (E)

Nota: Ver norma original en Anexos.

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