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Circular 041 de 2025

Circular 041 de 2025 Ministerio del Trabajo

Tipo
Circular
Número
041
Año
2025
Fecha
10 de abril de 2025
Entidad
Ministerio del Trabajo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 041 DE 2025

(Abril 10)

PARA: SECRETARIOS GENERALES Y JEFES DE TALENTO HUMANO O QUIENES HAGAN SUS VECES, DE LOS ÓRGANOS, ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL SECTOR CENTRAL Y DESCENTRALIZADO DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL, RAMA LEGISLATIVA, RAMA JUDICIAL, ORGANIZACIÓN ELECTORAL, ORGANOS DE CONTROL Y ORGANISMOS AUTONOMOS.

DE: MINISTRO DEL TRABAJO.

ASUNTO: CANAL ÚNICO DE RECEPCIÓN DE ACCIONES DE TUTELA DEL MINISTERIO DE TRABAJO.

Respetados(as) servidores(as): El Ministro del Trabajo recuerda que de conformidad con lo establecido por los artículos [197](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#197), [199](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#199) y [205](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#205) de la Ley 1437 de 2011 y el artículo [612](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48425#612) de la Ley 1564 de 2012, se atribuye la obligatoriedad para las entidades públicas de tener a disposición un buzón de correo electrónico para recibir Notificaciones Judiciales. Para tal efecto, por parte de este Ministerio, se habilitó un canal de notificación exclusivo y eficaz para los Despachos Judiciales, a través de la sede electrónica para que notifiquen todos los trámites de acciones de tutela. En consecuencia, se reitera que, el único canal de recepción de acciones de tutela del Ministerio del Trabajo es el correo electrónico: [notificaciones.tutelas@mintrabajo.gov.co](mailto:notificaciones.tutelas@mintrabajo.gov.co), el cual se encuentra publicado debidamente en la página web de Mintrabajo. Asimismo, se elaboró una ficha informativa con el Grupo de Comunicaciones, disponible en el siguiente enlace:.

En atención a lo anterior, se invita a los juzgados, tribunales y altas cortes a utilizar este canal electrónico de notificación, con la garantía de que ello no afectará el cumplimiento de los requisitos legales. Atender de manera oportuna las acciones de tutela, así como las decisiones judiciales y extrajudiciales en las que el Ministerio del Trabajo sea parte, es de suma importancia tanto para el Estado colombiano como para esta cartera ministerial. Por tal motivo, les agradecemos tener en cuenta que, en adelante, las notificaciones deben enviarse únicamente a los correos electrónicos oficiales previamente establecidos. ANTONIO ERESMID SANGUINO PÁEZ Ministro de Trabajo Elaboró: María Johana Marín Maya Contratista Grupo Normativo Oficina Asesora Jurídica. Revisó: Nazly Rodríguez Moreno Coordinadora Grupo Normativo Oficina Asesora Jurídica. Aprobó: Andrés Quintero Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

Nota: Ver norma original en Anexos.

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