Resolución 030 de 2025
Resolución 030 de 2025 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
- Tipo
- Resolución
- Número
- 030
- Año
- 2025
- Fecha
- 14 de abril de 2025
- Entidad
- Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 030 DE 2025
(Abril 14)
_Por la cual se efectúa modificación del presupuesto del Instituto Distrital de Turismo - IDT para la vigencia fiscal 2025_
LA DIRECTORA GENERAL (E.) DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “ _Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos_ ”. Que, de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo _“Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”._ Que, mediante Acuerdo 002 de fecha 31 de marzo de 2017, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de inversión, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 400 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2025, la autorización es hasta $569.400.000, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda. Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere efectuar un traslado presupuestal por valor de $100.000.000, contracreditando del proyecto de inversión: “ _190 Fortalecimiento de la gestión institucional y operativa del Instituto Distrital de Turismo Bogotá D.C"_ por valor de $100.000.000 y acreditando el proyecto de inversión “111 desarrollo de acciones de marketing que permitan el posicionamiento y consolidación de la ciudad como destino turístico a nivel regional nacional e internacional a Bogotá D.C” por valor de $100.000.000. Que, del proyecto de inversión _“190 Fortalecimiento de la gestión institucional y operativa del Instituto Distrital de Turismo Bogotá D.C”_ se contracreditan $100.000.000, correspondientes a recursos asociados a la actividad: _“Conservar la infraestructura tecnológica garantizando el hardware y software para la entidad”_, mediante la cual la entidad garantiza proveer el recursos y componente tecnológico que permite el funcionamiento de sistemas informáticos dentro de la entidad. Estos servicios incluyen hardware, software, redes y almacenamiento. Los recursos proyectados inicialmente estaban destinados a la adquisición de equipos de comunicaciones por un valor de $180.000.000, lo cual fue replanteado a través de la reorganización del plan de renovación tecnológica para la adquisición de equipos de comunicaciones, dejando disponible los recursos del presente traslado. Esta reducción no afectará ni la programación ni el cumplimiento de las actividades del proyecto de inversión. Que, estos recursos serán acreditados al Proyecto de inversión _“111 desarrollo de acciones de marketing que permitan el posicionamiento y consolidación de la ciudad como destino turístico a nivel regional nacional e internacional a Bogotá D.C._ ” a cargo de la Subdirección de Mercadeo, encargada de realizar la promoción de la ciudad como destino turístico a través de acciones de marketing, con el fin de optimizar y fortalecer las acciones estratégicas de promoción y posicionamiento de Bogotá como destino turístico. Se hace necesario el traslado presupuestal de $100.000.000, lo cual permitirá ampliar el alcance de las estrategias de mercadeo, mejorar la competitividad de Bogotá como destino y aumentar la atracción de turistas nacionales e internacionales, alineando las estrategias de promoción con las necesidades del sector turístico de la ciudad. Que, mediante comunicación No. 2-2025-16178 del 20 de marzo de 2025, el despacho de la Secretaría de Planeación Distrital emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de $100.000.000. Que, mediante comunicación No. 2025EE142034O1 del 11de abril 2025, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de $100.000.000 Que, en mérito de lo expuesto, Que por lo anterior, es necesario aclarar el artículo 1° de la Resolución DSH-000395 del 25 de octubre de 2016, en el sentido de señalar que la dependencia funcional a la cual se deben asignar los cargos Profesional Universitario código 219 grado 05 y Profesional Universitario código 219 grado 01 es la Oficina General de Fiscalización de la Subdirección de Determinación de la Dirección de Impuestos de Bogotá.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. TRASLADO:** Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Inversión en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $100.000.000, así:
| 0221-01 – INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT --- CONTRACRÉDITOS CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ($) MCT 02 | GASTOS | 100.000.000 023 | Inversión | 100.000.000 02301 | DIRECTA | 100.000.000 0230117 | Bogotá Camina Segura | 100.000.000 023011745 | Gobierno Territorial | 100.000.000 02301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | 100.000.000 0230117459920240190 | Fortalecimiento de la gestión institucional y operativa del Instituto Distrital de Turismo Bogotá D.C. | 100.000.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS | 100.000.000 0221-01 – INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT --- CRÉDITOS CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ($) MCT 02 | GASTOS | 100.000.000 023 | Inversión | 100.000.000 02301 | DIRECTA | 100.000.000 0230117 | Bogotá Camina Segura | 100.000.000 023011735 | Comercio, industria y turismo | 100.000.000 02301173502 | Productividad y competitividad de las empresas colombianas | 100.000.000 0230117350220240111 | Desarrollo de acciones de marketing que permitan el posicionamiento y consolidación de la ciudad como destino turístico a nivel regional nacional e internacional a Bogotá D.C. | 100.000.000 TOTAL CRÉDITOS | 100.000.000 ARTÍCULO 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.
ARTÍCULO 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de abril del año 2025.
DANERY BUITRAGO GOMEZ
Directora General (E)
Decreto Distrital 137 del 4 de abril de 2.025
Nota: Ver norma original en Anexos.
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