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Resolución 265 de 2025

Resolución 265 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
265
Año
2025
Fecha
6 de mayo de 2025
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 265 DE 2025

(Mayo 06)

_Por la cual se efectúa una delegación para el Consejo Directivo del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal - IDPYBA y se adoptan otras disposiciones_

EL SECRETARIO DE DESPACHO

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [113°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#113) de la Constitución Política de 1991 establece _“(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines."_, por su parte, el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) prevé _"(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”_ Que el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, señala que: _“Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias...”._ Que el artículo [32°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#32) del Acuerdo 257 de 2006, _“Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones"_, emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.

Que el Decreto 546 del 7 de diciembre de 2016, creó el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal y en el numeral [8º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67660#8.n.8) del artículo 8º, le otorgó al Consejo Directivo del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal –IDPYBA– competencias para darse su propio reglamento.

Que en el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?dt=S&i=67660#7) del Decreto 546 de 2016, la Dirección del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA estará a cargo de un Consejo Directivo y del (a) Director (a) General, y que dicho Consejo Directivo estará conformado por el /la Alcalde (sa) Mayor y cuatro (4) miembros designados por él (ella).

Que en cumplimiento de norma citada, mediante Decreto No [019](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67989) de 18 de enero de 2017, el Alcalde Mayor de Bogotá, designó como miembros del Consejo Directivo del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA a los siguientes funcionarios: \- El Secretario/a Distrital de Gobierno, o su delegado (a) \- El Secretario/ a Distrital de Salud, o su delegado (a) \- El Secretario/ a Distrital de Hacienda, o su delegado (a) \- El Secretario/ a Distrital de Cultura, Recreación y Deporte o su delegado (a) Que en el Parágrafo 3 del Artículo N° 1 del Acuerdo N° 001 de 2017 refiere _“Las delegaciones que se realicen por los miembros del Consejo Directivo del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal –IDPYBA– deben constar en acto de delegación, en el cual se transfirieran las funciones relativas a la deliberación y toma de decisiones del Consejo; Estas delegaciones deben recaer en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente.”_ Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo 1. Delegar en el Director Técnico Código 009 Grado 06, hoy en cabeza de Diego Fernando Maldonado Castellanos**, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en el Consejo Directivo del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal - IDPYBA, de acuerdo con lo expuesto en parte considerativa del presente acto.

Parágrafo. 1: La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#12) de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione.

Artículo 2. El funcionario delegado debe presentar un Informe a través de Orfeo, al Secretario de Despacho sobre los avances, cada vez que se reúna la instancia.

Artículo 3. Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Diego Fernando Maldonado Castellanos, con correo institucional [diego.maldonado@scrd.gov.co](mailto:diego.maldonado@scrd.gov.co) en su condición de Director Técnico teniendo en cuenta la invitación allegada vía correo electrónico del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal - IDPYBA.

Artículo 4. Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el [Registro Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179017). Artículo 5. La presente resolución rige a partir de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de mayo del año 2025.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Secretario de Despacho

Nota: ver norma original en Anexos.

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