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Decreto Local 003 de 2025

Decreto Local 003 de 2025 Alcaldía Local de Engativá

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2025
Fecha
27 de marzo de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Engativá
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2025

(Marzo 27) __ _Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2025_

EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 36 del Decreto Distrital 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 372 de 2010 en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que los Fondos de Desarrollo Local (FDL) efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante decreto local, previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

Que en la Resolución No. SDH N° [000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017 sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

Que mediante comunicación No. 2025EE03619O1 del 18 de febrero de 2025, la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, informaron al Fondo de Desarrollo Local sobre el ajuste a la Disponibilidad Inicial, que fue programada en $85.393.947.000 y se debe disminuir en un monto neto de $13.735.000.373.

Que efectuada esta operación presupuestal, la Disponibilidad Inicial definitiva debe ser $71.658.946.627 y la Disponibilidad Final de cero ($0).

Que de conformidad con lo señalado en el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010 y con el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, la disminución en las apropiaciones presupuestales deberá efectuarse por Decreto del Alcalde Local.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º. Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2025, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | AUMENTAR | REDUCIR ---|---|---|--- O10 | DISPONIBILIDAD INICIAL | | 13.735.000.373 01002 | Bancos | | 13.735.000.373 ARTÍCULO 2º. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178837).

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C. a los 27 días del mes de marzo del año 2025.

VÍCTOR HUGO HUERTAS PRADA

Alcalde Local de Engativá

Nota: Ver norma original en Anexos.

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