Resolución 080 de 2025
Resolución 080 de 2025 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep
- Tipo
- Resolución
- Número
- 080
- Año
- 2025
- Fecha
- 7 de marzo de 2025
- Entidad
- Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCION 080 DE 2025
(Marzo 07)
_Por medio de la cual La Comisión Intersectorial del Espacio Aprueba El Protocolo Bienes Fiscales y Zonas Comunales y El Protocolo Actividades Culturales en El Espacio Público de acuerdo a su competencia presentado por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte_
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO-DADEP
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 3 y 25 del artículo 2 del Decreto 478 de 2022 y el artículo 19 del Decreto 315 de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#38) del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85025#9) del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones: 1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital. 2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial. 3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público. 4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público. 5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.
Que el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85025#8) del DECRETO 375 DE 2019, le otorgó al Departamento administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP la función de Secretaría técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público.
Que mediante Decreto Distrital 315 de 2024 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, en el que se indicó, a través del artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#6), como responsable de la coordinación interinstitucional a la Comisión Intersectorial del Espacio Público a la Secretaría Técnica Que en el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#8)º del citado Decreto 315 de 2024, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público, en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#12)º se determinaron los espacios públicos, administradores de los espacios y actividades permitidas y que en el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#17) se consagraron las entidades gestoras de las actividades permitidas en el espacio público de la ciudad.
Que el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#19) del mencionado Decreto 315 de 2024, estableció como obligación de las Entidades Gestoras del Aprovechamiento Económico la elaboración del Protocolo de las actividades de aprovechamiento económico a su cargo, en el plazo máximo de seis (06) meses contados desde la expedición del Decreto. Así mismo determino que dichos protocolos deberán ser presentados ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público o la instancia que haga sus veces, para que emita concepto previo a su adopción o modificación.
Que el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#17) del Decreto 315 de 2024, establece que el DADEP es entidad gestora de la actividad de Aprovechamiento económico en bienes fiscales y Actividades de aprovechamiento económico en zonas comunales / zonas de cesión para equipamientos, entre otras actividades. Así mismo, definió a la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte como gestora de las Actividades culturales en el espacio público de acuerdo a su competencia entre otras actividades.
Que el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, en su calidad de entidad gestora de la actividad de Aprovechamiento económico en bienes fiscales y de las Actividades de aprovechamiento económico en zonas comunales / zonas de cesión para equipamientos, presento el respectivo protocolo de aprovechamiento económico ante la Secretaría técnica, para consideración y aprobación de la CIEP.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en su calidad de entidad gestora de las Actividades culturales en el espacio público de acuerdo a su competencia, presento el respectivo protocolo de aprovechamiento económico ante la Secretaría técnica, para consideración y aprobación de la CIEP.
Que acorde al procedimiento interno de la Comisión, el día veintiséis (26) de febrero de 2025, se llevó a cabo la Unidad Técnica de Apoyo, en las que se recibieron observaciones, que fueron atendidas y respuestas en el desarrollo de la sesión y a través de correo electrónico.
Que en sesión extraordinaria No. II llevada a cabo el cuatro (4) de marzo de 2025, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público, el protocolo bienes fiscales y zonas comunales.
Que los asuntos fueron aprobados por la citada instancia, registrando la siguiente votación: EL PROTOCOLO DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DE BIENES FISCALES Y ACTIVIDADES DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO EN ZONAS COMUNALES / ZONAS DE CESIÓN PARA EQUIPAMIENTOS:
| Entidad | Delegado | Decisión | Comentarios ---|---|---|--- Secretaría Distrital de Gobierno | Eduardo Andrés Garzón Torres | VOTO POSITIVO | Secretaría Distrital de Hacienda | Juliana María Rodríguez Alonso | VOTO POSITIVO | VOTO POR CHAT Secretaría Distrital de Planeación | Paola Andrea Ladino | VOTO POSITIVO | Secretaría Distrital de Desarrollo Económico | Juliana Margarita Toral | VOTO POSITIVO | Secretaría Distrital de Salud | Marcela Martinez Contreras | VOTO POSITIVO | Secretaría Distrital Cultura Recreación y Deporte | Diego Javier Parra Cortés | VOTO POSITIVO | Secretaría Distrital de Ambiente | Leonardo Quiñones | VOTO POSTIVO | Con observación sobre inclusión de normatividad Secretaría Distrital de Movilidad | Valentina Acuña | VOTO POSITIVO | POR CHAT Secretaría Distrital de Hábitat | Camilo Andrés Peñuela | VOTO POSTIVO | Envía Voto Por Correo Electrónico Secretaría Distrital de la Mujer | | NO ASISTIO | Secretaría Distrital de Integración Social | | NO ASISTIO | Secretaría Distrital de Seguridad, convivencia y Justicia | Orlando Vega Navas | VOTO POSITIVO | Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público | Lucia Bastidas Ubaté | VOTO POSITIVO | El Protocolo Bienes fiscales y zonas comunales se aprueba con 11 votos positivos.
EL PROTOCOLO ACTIVIDADES CULTURALES EN EL ESPACIO PÚBLICO DE ACUERDO A SU COMPETENCIA PRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE:
Entidad | Delegado | Decisión | Comentarios ---|---|---|--- Secretaría Distrital de Gobierno | Eduardo Andrés Garzón Torres | VOTO POSITIVO | Con comentarios, solicitando ajuste en la redacción de los requisitos para la exención Secretaría Distrital de Hacienda | Juliana María Rodríguez Alonso | VOTO POSITIVO | VOTO POR CHAT Secretaría Distrital de Planeación | Paola Andrea Ladino | VOTO POSITIVO | Con comentarios, solicitando ajuste en la redacción de los requisitos para la exención Secretaría Distrital de Desarrollo Económico | Juliana Margarita Toral. | VOTO POSITIVO | Con comentarios, solicitando ajuste en la redacción de los requisitos para la exención Secretaría Distrital de Salud | Marcela Martínez Contreras | VOTO POSITIVO | Con comentarios, solicitando ajuste en la redacción de los requisitos para la exención Secretaría Distrital Cultura Recreación y Deporte | Diego Javier Parra Cortés | VOTO POSITIVO | Secretaría Distrital de Ambiente | Leonardo Quiñones | VOTO POSTIVO | Con observación sobre inclusión de normatividad Secretaría Distrital de Movilidad | Valentina Acuña | VOTO POSITIVO | Con comentarios, solicitando ajuste en la redacción de los requisitos para la exención Secretaría Distrital de Hábitat | Camilo Andrés Peñuela | VOTO POSTIVO | Envia voto por correo electronico Secretaría Distrital de la Mujer | | NO ASISTIO | Secretaría Distrital de Integración Social | | NO ASISTIO | Secretaría Distrital de Seguridad, convivencia y Justicia | Orlando Vega Navas | VOTO POSITIVO | Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público | Lucia Bastidas Ubaté | VOTO POSITIVO | Con comentarios, solicitando ajuste en la redacción de los requisitos para la exención El Protocolo de actividades culturales es aprobado con 10 votos positivos.
Que, de acuerdo con lo anterior, la Directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, en calidad de Secretaría Técnica de la Comisión del Espacio Público.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Se comunica que, en sesión extraordinaria celebrada de forma virtual el cuatro de marzo de 2025, la Comisión Intersectorial del Espacio Público (CIEP), en ejercicio de sus competencias, aprobó el protocolo de aprovechamiento económico de bienes fiscales y de actividades de aprovechamiento económico en zonas comunales y de cesión para equipamientos, así como el protocolo de actividades culturales en el espacio público, presentado por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011 "_Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo_ ", ya que se trata de un acto administrativo de carácter general.
ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el [Diario Distrital ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178663)de acuerdo lo establecido en el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de marzo del año 2025.
LUCIA BASTIDAS UBATÉ
Directora Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público
Secretaría técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público -CIEP
Nota: Ver norma original en Anexos.
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