Resolución 147 de 2025
Resolución 147 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Tipo
- Resolución
- Número
- 147
- Año
- 2025
- Fecha
- 19 de marzo de 2025
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 147 DE 2025
(Marzo 19) _Por la cual se efectúa una nueva delegación para la Comisión Intersectorial de Diversidad Sexual, se designa un apoyo profesional para la Unidad Técnica de Apoyo - UTA; se revoca la Resolución No.__[74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=173901)de 17 de febrero de 2025 y se adoptan otras disposiciones_ __ EL SECRETARIO DE DESPACHO
En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el Decreto Distrital 467 de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [113°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#113) de la Constitución Política de 1991 establece _“(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines."_, por su parte, el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) prevé _"(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”_ Que el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, señala que: _“Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”._ Que el artículo [32°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#32) del Acuerdo 257 de 2006,_“Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones"_, emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.
Que el Decreto Distrital [467](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170759) de 2024 _“Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto Distrital 062 de 2014 “Por el cual se adopta la Política Pública para la garantía plena de los derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgeneristas e intersexuales - LGBTI y sobre identidades de género y orientaciones sexuales en el Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones”, se reglamenta la _Comisión Intersectorial de Diversidad Sexual_ y se adoptan otras disposiciones”._ La Comisión Intersectorial de Diversidad Sexual antes Mesa Intersectorial de Diversidad Sexual - MIDS se reglamentó como _instancia de coordinación_, articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones de la Política Pública LGBTI de Bogotá.
Que el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170759#7) del mencionado decreto, establece dentro de la conformación el/la Secretario(a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado; y el parágrafo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170759#7.p.3) prevé: _“Los/as delegados/as de las diferentes entidades distritales a la Comisión Intersectorial de Diversidad Sexual deberán ser funcionarios/as de carácter directivo o asesor con posibilidad de toma de decisiones, según lo normado por la Ley 489 de 1998.”_ Que para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones de la Política Pública LGBTI, se revisaron las temáticas a tratar y en el marco del artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#15) del Decreto Distrital 340 de 2020 “ _Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones”_, el cual establece las funciones de la Dirección de Asuntos Locales y Participación, las cuales son afines al propósito de esta política y de la instancia, se delegará en el Director de Asuntos Locales y Participación de esta Secretaría y se designará un profesional para la Unidad de Apoyo Técnico UTA de la instancia.
Que en merito de lo expuesto:
RESUELVE:
Artículo 1. Delegar en el Director de Asuntos Locales y Participación, hoy en cabeza del señor Andrés Felipe Jara Moreno, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en la Comisión Intersectorial de Diversidad Sexual, de acuerdo con lo expuesto en parte considerativa del presente acto.
Parágrafo. 1 : Designar para las Unidades Técnicas de Apoyo de la Comisión Intersectorial de Diversidad Sexual _,_ al profesional Oscar Javier Zambrano Cruz, vinculado a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, mediante contrato de prestación de servicios y quien participará en las sesiones programadas para la Unidad Técnica de Apoyo.
Parágrafo. 2. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#12) de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione. Artículo 2. El funcionario delegado, así como el profesional designado deberán presentar un Informe a través de orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre los avances de la misma. Artículo 3. Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Julián Felipe Duarte Alvarez, al correo institucional:__[julian.duarte@scrd.gov.co](mailto:julian.duarte@scrd.gov.co) __ en su condición de Director de Transformaciones Culturales y anterior delegado, a a Andrés Felipe Jara Moreno , con correo institucional [andres.jara @scrd.gov.co](mailto:julian.duarte@scrd.gov.co) __ en su condición de Director de Asuntos Locales y Participación, y actual delegado, a Oscar Javier Zambrano Cruz al correo [oscar.zambrano@scrd.gov.co](mailto:oscar.zambrano@scrd.gov.co) y a Marcial Alfredo Ortega Avila, como secretaría técnica, según correo electrónico de 12 de febrero de 2025, remitido por <[mortega@sdp.gov.co](mailto:mortega@sdp.gov.co)> y radicado en esta Secretaría 20257100035562. Artículo **4.
Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital. Artículo 5. La presente resolución rige a partir de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de marzo del año 2025.
Santiago Trujillo Escobar
Secretario de Despacho
Nota: Ver norma original en Anexos.
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