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Circular 015 de 2025

Circular 015 de 2025 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios

Tipo
Circular
Número
015
Año
2025
Fecha
28 de febrero de 2025
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 015 DE 2025

(Febrero 28)

Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEDEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS) PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS Y EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO.

De: DIRECTORA DISTRITAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS

Asunto: CARACTERIZACIÓN DE LAS OFICINAS DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO (INSTRUCCIÓN), DE QUIENES EJERCEN LA LABOR DE JUZGAMIENTO Y LOS REFERENTES DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DISCIPLINARIO EN LAS ENTIDADES DEL DISTRITO CAPITAL

Radicado: 2-2025-1983. La Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios, de acuerdo con lo previsto en los numerales [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#14.n.2), [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#14.n.3), [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#14.n.11) y [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674#14.n.12) del Decreto Distrital 323 de 2016 (modificado por el Decreto [149](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=122525) de 2022), tiene como función asesorar a las Oficinas de Control Disciplinario Interno del Distrito en la implementación y aplicación de políticas disciplinarias, proporcionar herramientas preventivas para el fortalecimiento institucional y la lucha contra la corrupción, desarrollar programas de capacitación; también es responsable de administrar y coordinar el Sistema de Información Disciplinario asegurando el control y seguimiento de los procesos disciplinarios, prestando asesoría e impartiendo orientaciones a las entidades y organismos distritales, en el manejo de dicho sistema. De igual manera, conforme a lo determinado en el Decreto 479 de 2024, en particular el artículo [238](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#238), en el cual se estableció que la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios (DDAD) tiene dentro de sus funciones _"Diseñar y formular políticas, estrategias y directrices para la prevención de las conductas que pueden generar la comisión de faltas disciplinarias, y para el efectivo ejercicio del control disciplinario al interior de todos los entes del distrito."_ Para alcanzar los objetivos de la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios (DDAD), se ha puesto en marcha un proceso de análisis de las entidades distritales. El propósito esencial es comprender a fondo las necesidades y requerimientos específicos de cada entidad. De igual manera, la información obtenida servirá como base para alcanzar las metas de la Dirección. La encuesta se encuentra diseñada para recaudar información de los tres roles que componen el proceso disciplinario (instrucción, juzgamiento y segunda instancia), sin embargo, esta debe ser diligenciada, únicamente, por la Oficina de Control Disciplinario Interno de cada entidad, teniendo en cuenta su rol consagrado en el artículo [236](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#236)[1] del Decreto 479 de 2024. Por lo anterior, se solicita cordialmente que la información requerida sea diligenciada en el siguiente enlace: plataforma que estará habilitada desde el 28 de febrero hasta el 14 de marzo del año que cursa. En caso de dudas o inquietudes pueden comunicarse a través de los correos [ddad@secretariajuridica.gov.co](mailto:ddad@secretariajuridica.gov.co) y [drodriguezn@secretariajuridica.gov.co](mailto:drodriguezn@secretariajuridica.gov.co). Agradezco de antemano su valiosa colaboración.

MARINA ORTEGA MONTERO

Directora Distrital De Asuntos Disciplinarios Proyectó: Daniela Rodríguez Narváez - profesional universitaria -Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios Revisó: Paola Gómez Peña - Profesional especializada - Distrital De Asuntos Disciplinarios Aprobó: Marina Ortega Montero-Directora Distrital De Asuntos Disciplinarios Nota: Ver norma original en Anexos.

NOTA AL PIE DE PAGINA:

* * * [1] Artículo 236. Función Disciplinaria. La Función Disciplinaria es la actividad a través de la cual se desarrolla el ejercicio del control disciplinario que ejercen las Oficinas de Control Interno Disciplinario y los funcionarios con potestad disciplinaria sobre los servidores públicos distritales, conforme a las competencias previstas en la Ley.

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