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Circular 011 de 2025

Circular 011 de 2025 Secretaría Jurídica Distrital

Tipo
Circular
Número
011
Año
2025
Fecha
11 de febrero de 2025
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 011 DE 2025

(Febrero 19) Para: Jefe jurídico de las Secretarios de Despacho, Departamentos Administrativos, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Sociedades de Economías Mixtas, Sociedades entre Entidades Públicas, Empresas de Servicios Públicos Distritales, Empresas Sociales del Distrito, Ente Universitario Autónoma, Alcalde locales

De: SECRETARIA JURIDICA DISTRITAL

Asunto: ADOPCIÓN Y REPORTE DE PLAN ANUAL DE ACCIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO PÚBLICO 2025

Radicación: 2-2025-1658 [ Ver Circular 025 de 2026.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193684) El Decreto Distrital [479](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877) de 2024, establece que es responsabilidad de los/as jefes/as jurídicos/as de las entidades y organismos distritales, realizar un Plan Anual de Acción para Recuperación del Patrimonio Público de la entidad u organismo distrital Conforme lo establecido en el numeral [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#163.n.6) del artículo 163 del Decreto en mención, el Plan Anual de Acción, debe priorizar las acciones jurídicas que serán llevadas a cabo en relación con casos informados a las oficinas jurídicas en los que se haya generado un daño a la entidad y en los pagos generados como consecuencia de una condena a la entidad, esto sin perjuicio de las contingencias que resulten en el transcurso del año. En el mismo sentido establece el numeral [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#163.n.7) del referido artículo, dispone que corresponde a los jefes de las oficinas jurídicas analizar las solicitudes presentadas por la ciudadanía sobre situaciones que hayan generado posibles daños al patrimonio de la entidad u organismo distrital con el fin de verificar la procedencia de acciones judiciales Elaborado el plan de Acción de acuerdo con el numeral [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#154.n.7) del artículo 154 de la norma en cita corresponde al Comité de Conciliación de la respectiva entidad, aprobar el Plan Anual de Acciones para la Recuperación del Patrimonio Público en el primer bimestre del año La Secretaria Jurídica Distrital en su calidad de ente rector de todos los asuntos jurídicos del Distrito y en aplicación de lo estipulado en el numeral [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#105.n.6) del artículo 105 del Decreto Distrital 479 de 2024 en donde se establece que corresponde a esta Secretaria Elaborar los instrumentos necesarios para le implementación, seguimiento y evaluación del Plan Maestro de Acciones Juna emitido la metodología para la presentación de los planes anuales de los años 2023 y 2024 en donde se priorizaron acciones que incluían los ajustes normativos y de gestión del conocimiento requeridas para que las instancias y dependencias competentes contaran con la plataforma institucional óptima para acoger e implementar el conjunto de políticas, acciones y estrategias encaminadas aumentar la recuperación del patrimonio mediante el ejercicio de acciones judiciales. Para la presente vigencia la Secretaria Jurídica Distrital, presenta un nuevo instrumento para la priorización y reporte de gestión de los planes anules de recuperación del patrimonio público, el cual se encuentra encaminado a identificar los casos priorizados por la entidad, las gestiones de análisis de denuncias ciudadanas y a la medición de los resultados de las actividades implementadas en cumplimiento del entonces Decreto [556](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119603) de 2021 compilado y derogado por el Decreto Distrital [479](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877) de 2024. En tal sentido, se ha elaborado una matriz en la cual los Comités de Conciliación y las Oficinas Jurídicas de las entidades deben reportar la gestión semestral de los asuntos discutidos los procesos instaurados, las peticiones analizadas y las acciones administrativas adelantadas con la finalidad de proteger el patrimonio público Dicha información deberá ser reportada a la Secretaria Jurídica Distrital de manera semestral por conducto del Comité de Conciliación de la respectiva entidad La información que debe ser diligenciada únicamente en la matriz dispuesta por la Secretaria Jurídica Distrital sin alteraciones y reportada en las fechas previstas a través del enlace dispuesto para ello A continuación se especifica el tipo de información incluida en el reporte y el responsable de gestionarla frente a cada tipología El Plan de Acción de recuperación de recursos, es decir la matriz de reporte de información y las actividades adicionales que estime la entidad, deberá ser aprobado por el Comité de Conciliación en el primer trimestre de 2025 y allegarse a la Secretaria Jurídica Distrital el acta o certificación de la aprobación a más tardar el 10 de marzo de 2025 Los reportes de las gestiones realizadas con base en la herramienta de seguimiento, que corresponde al Plan Maestro Anual de Acciones Judiciales deberán reportarse de manera semestral A continuación, se establece el cronograma de reporte de la información Para el reporte de información, deberá diligenciarse el formulario de Google dispuesto para ello. La información deberá ser reportada a la Secretaría Jurídica Distrital, únicamente a través del siguiente enlace o través del QR que se encuentra a continuación: https://docs.qooqle.eom/forms/d/185JC4TCb0iTfoaeKI0i216pl6-wUQqmvnGRnbtC-40/edit La matriz puede ser descargada en el apartado del formulario dispuesto para ello Las Oficina de Control Interne de las entidades o quien haga sus veces, en el marco del rol de evaluación y seguimiento, y en especial, en los seguimientos realizados sobre el funcionamiento de los comités de conciliación y acciones de repetición, deberán incluir verificación del cumplimiento de lo previsto en el Plan Anual de Acciones para la Recuperación del Patrimonio Público que apruebe cada entidad para la vigencia, y al cumplimiento del reporte de la información a la Secretaría Jurídica Distrital Finalmente, con el fin de resolver dudas y brindar orientación virtual frente a la adopción del plan anual, se realizara una jornada de orientación el próximo viernes 21 de febrero de 8:30 am a 9:30 am, a la cual podrá acceder a través del enlace de videollamada que se indica a continuación: Enlace de la videollamada: [https://calendar.qoogle.com/calendar/u/3/r/eventedit/NHQzNXM1OTJsNTU5azhhMGttNnU3ZGd1cmwqcGFnb21](https://calendar.qoogle.com/calendar/u/3/r/eventedit/NHQzNXM1OTJsNTU5azhhMGttNnU3ZGd1cmwqcGFnb21lekBzZWNyZXRhcmlhanVvaWRpY2EuZ292LmNv)[lekBzZWNyZXRhcmlhanVvaWRpY2EuZ292LmNv](https://calendar.qoogle.com/calendar/u/3/r/eventedit/NHQzNXM1OTJsNTU5azhhMGttNnU3ZGd1cmwqcGFnb21lekBzZWNyZXRhcmlhanVvaWRpY2EuZ292LmNv) Cordialmente ANDRES MAURICIO ORTIZ MAYA

Director Distrital de Gestión Judicial Proyectó: Paola Andrea Gómez Velez - Dirección Distrital de Gestión Judicial Nota: Ver Circular original en Anexos.

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