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Decreto Local 002 de 2025

Decreto Local 002 de 2025 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
002
Año
2025
Fecha
4 de marzo de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 002 DE 2025

(Marzo 04)

_Por el cual se ajusta por cierre presupuestal 2024 el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local Puente Aranda_

EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que según el artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) del Decreto 372 de 2010: “Los _FDL efectuarán el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior_ ”.

Que la Circular Externa No. DDP – 000014 del 04 de octubre de 2024 establece en el Capítulo 1., numeral 1.3. CIERRE VIGENCIA 2024 “ _En el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2024, los Fondos de Desarrollo Local deben considerar lo estipulado en el numeral 4. “Cierre Presupuestal”, de la Resolución SDH-000191 de 2017 - Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital- Módulo 3 del Manual Operativo Presupuestal - Fondos de Desarrollo Local y dar cumplimiento al cronograma que se establece en esta circular._ ”

Que mediante comunicación No. 2025EE03656001 del 18.02.2025, la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, informa que una vez efectuado el cálculo de ajuste de las obligaciones por pagar y el mont0 de los excedentes financieros 2024, el Fondo de Desarrollo Local debe realizar el ajuste en la Disponibilidad Inicial 2025, así: _“La Disponibilidad Inicial que fue programada en $34.611.171.000, se debe disminuir en un monto neto de $5.426.927.914. Efectuada esta operación presupuestal, la Disponibilidad Inicial definitiva debe ser $29.184.243.086 y la Disponibilidad Final cero (0).”_ Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º. Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal de 2025, conforme al siguiente detalle: | Código | Descripción | Aumentar | Reducir ---|---|---|--- O10 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 0 | $5.426.927.914 Artículo 2º. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

Artículo 3º. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo **4º.

Vigencia y Derogatorias.** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=176157).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de marzo del año 2025.

VÍCTOR ALFONSO CRUZ SÁNCHEZ

Alcalde Local de Puente Aranda

Nota: Ver norma original en Anexos.

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