Circular 007 de 2025
Circular 007 de 2025 Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital - Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Gestión Judicial
- Tipo
- Circular
- Número
- 007
- Año
- 2025
- Fecha
- 7 de febrero de 2025
- Entidad
- Secretaría Jurídica Distrital - Subsecretaría Jurídica Distrital - Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Gestión Judicial
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 007 DE 2025
(Febrero 05) Para: SUBSECRETARIOS(AS) JURÍDICOS(AS), DIRECTORES(AS) JURÍDICOS(AS) Y JEFES (AS) DE OFICINA JURÍDICA DE LAS SECRETARÍAS DE DESPACHO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, SUBREDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD, VEEDURÍA DISTRITAL, CONTRALORÍA DISTRITAL, PERSONERÍA DE BOGOTÁ Y RECTOR(A) DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.
De: SUBSECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL.
Asunto: PRESENTACIÓN DE CERTIFICACIONES DE ACUERDO CON LA RESOLUCIÓN[485](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146938)DE 2023.
Radicado No.: 2-2025-1131. El Sistema Único de Información de Procesos Judiciales SIPROJ-WEB permite la vigilancia y evaluación de todos los procesos judiciales en los que está involucrado el Distrito Capital. Esta herramienta realiza seguimiento a las actuaciones procesales en desarrollo de la actividad litigiosa, ayuda a determinar el impacto del resultado de la gestión jurídica y además, valora el contingente judicial. Este sistema constituye una herramienta gerencial que sirve a la administración para la toma de decisiones sobre políticas de defensa judicial y prevención del daño antijurídico, permitiendo valorar y estimar con anterioridad las eventuales condenas que puedan resultar de fallos adversos al Distrito Capital. Por lo anterior, y en atención a lo establecido en los artículos [29](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146938#29), [30](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146938#30) y [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146938#31) de la Resolución 485 de 2023 [1], se requiere que los jefes de oficina jurídica o quienes ejerzan la representación judicial y extrajudicial de las entidades del Distrito, presenten las certificaciones respectivas a más tardar el día DIEZ (10) de febrero de 2025, relacionadas con la actualización de información litigiosa, el módulo de pago de sentencias y el seguimiento al éxito procesal en el SIPROJ-WEB, con corte al 31 de diciembre de 2024. De acuerdo con la mencionada resolución, dichas certificaciones deben contener los datos que se detallan a continuación: 1. Certificación de actualización del módulo de procesos judiciales (Artículo[29](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146938#29)de la Resolución 485 de 2023): \- Constancia de que todos los procesos judiciales y extrajudiciales en los que es parte o interviniente la respectiva entidad se encuentran registrados y actualizados en el SIPROJ-WEB. \- Indicar el número de procesos registrados y activos en cada submódulo judicial, tutelas, penales, MASC y concursales. \- Nombre y firma del jefe de la oficina jurídica o dependencia correspondiente. 2. Certificación de actualización del módulo de pago de sentencias (Artículo[30](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146938#30)de la Resolución 485 de 2023): \- Constancia de que todos los pagos realizados por sentencias y acuerdos derivados de mecanismos alternativos de solución de conflictos se encuentran registrados. Identificación y tipo de proceso. \- Fecha efectiva del pago. \- Detalle de conceptos de condena, costas procesales, intereses de mora, rubros indexados y demás emolumentos pagados. \- Valor efectivamente pagado por concepto \- Sumatorio total de los pagos realizados. \- Indicar si se certificaron los pagos realizados al Comité de Conciliación \- Nombre y firma del jefe de a oficina financiera o dependencia correspondiente. 3. Certificación de actualización del módulo de conciliación y seguimiento al éxito procesal (Artículo[31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146938#31)de la Resolución 485 de 2023): \- Constancia de que todas las actas y fichas de conciliación están registradas en estado "terminado". \- Relación de procesos conciliados indicando el número e ID del proceso. \- Indicar si se emitieron políticas de prevención del daño antijurídico y si fueron publicadas. \- Nombre y firma del secretario técnico del Comité de Conciliación. Al respecto, se recuerda que las certificaciones deben ser diligenciadas de acuerdo con los formatos establecidos por la Dirección Distrital de Gestión Judicial, los cuales se encuentran disponibles como anexos en la Resolución [485](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146938) de 2023, publicada en el Régimen Legal de Bogotá, los cuales pueden ser consultados en el siguiente enlace:. Las certificaciones deberán ser remitidas al correo electrónico [siprojweb@secretariajuridica.gov.co](mailto:siprojweb@secretariajuridica.gov.co) conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección Distrital de Gestión Judicial. Además, se insta a socializar estas certificaciones con los Comités de Conciliación y las Oficinas de Control Interno, incorporando las recomendaciones que resulten pertinentes Cordialmente, ANDRÉS MAURICIO ORTIZ MAYA
Director Distrital de Gestión Judicial Proyectó: Diego Alejandro Solano Fernández - Profesional Especializado - Dirección Distrital de Gestión Judicial Revisó: Andrés Mauricio Ortiz Maya - Director Distrital de Gestión Judicial NOTA: Ver norma original en Anexos.
NOTAS DE PIE DE PÁGINA:
* * * [1] _Artículo 29. Certificación de seguimiento al registro y adecuada actualización de información litigiosa en el Sistema Único de Información de Procesos Judiciales del D.C. SIPROJ-WEB.__En virtud de la responsabilidad de los organismos y entidades frente al adecuado uso e incorporación de información en el sistema, corresponde al jefe de la oficina jurídica o la dependencia que ejerza la representación judicial y extrajudicial de la respectiva entidad, dentro de los diez (10) primeros días del mes de febrero de cada anualidad, deberá certificar que la información que ha sido registrada en los sub módulos judicial, tutelas, penales, MASC y concursales, corresponde a los procesos que se tramitan ante la jurisdicción, ministerio público y entidades ante las que se adelantan los MASC. (...)._ _Artículo 30. Certificación de seguimiento al registro y adecuada actualización del módulo de pago de sentencias del SIPROJ-WEB.__El jefe de la oficina financiera o la dependencia que haga sus veces de los organismos y entidades distritales, deberá enviar a la Dirección Distrital de Gestión Judicial de la Secretaria Juridica Distrital, dentro de los diez (10) primeros días del mes de febrero de cada anualidad, una certificación de la actualización integral del módulo de pago de sentencias. la cual debe contener los siguientes datos: (...)_ _Artículo 31. Certificación de seguimiento al registro y adecuada actualización del módulo de comité de conciliación y seguimiento al éxito procesal.__Los Secretarios Técnicos de los Comités de Conciliación de los organismos y entidades distritales, deberán enviar a la Dirección Distrital de Gestión Judicial de la Secretaría Juridica Distrital, dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes de febrero de cada anualidad, una certificación de la actualización integral del módulo de conciliación y el seguimiento al éxito procesal, la cual debe contener los siguientes datos:_
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