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Circular 009 de 2025

Circular 009 de 2025 Ministerio del Trabajo

Tipo
Circular
Número
009
Año
2025
Fecha
22 de enero de 2025
Entidad
Ministerio del Trabajo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 009 DE 2025

(Enero 22)

PARA: EMPLEADORES PÚBLICOS Y PRIVADOS, CONTRATANTES DE PERSONAL BAJO MODALIDAD DE CONTRATO CIVIL, COMERCIAL O ADMINISTRATIVO, TRABAJADORES DEPENDIENTES E INDEPENDIENTES, ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA Y DEL SECTOR COOPERATIVO, AGREMIACIONES O ASOCIACIONES QUE AFILIAN TRABAJADORES INDEPENDIENTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES Y TRABAJADORES EN MISIÓN, ESTUDIANTES AFILIADOS AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES, ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES; POLICÍA NACIONAL EN LO QUE CORRESPONDE A SU PERSONAL NO UNIFORMADO Y AL PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS MILITARES; QUIENES DEBEN IMPLEMENTAR LOS ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SST EN EL MARCO DEL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES.

DE: MINISTRA DEL TRABAJO.

ASUNTO: REGISTRO ANUAL DE AUTOEVALUACIONES Y PLANES DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST. El artículo [26](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82666#26) de la Resolución No. 0312 de 2019, establece: _“(…) desde enero del año 2020 en adelante, (…) en el mes de diciembre las empresas deberán: 1. Aplicar la autoevaluación conforme a la Tabla de Valores y Calificación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST, mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la presente Resolución (…)”_ Como consecuencia de lo señalado, todas las empresas y entidades destinatarias de la presente circular deberán registrar la autoevaluación correspondiente al año 2024, en la aplicación disponible en el dominio [https://sgrl.mintrabajo.gov.co](https://sgrl.mintrabajo.gov.co/), dentro del período comprendido entre el 03 de febrero y el 28 de marzo de 2025. Durante el mes de enero de 2025, el aplicativo se encontrará inhabilitado, por ajustes técnicos. Previo a realizar el proceso de reporte de autoevaluación, es necesario que sean revisados los instructivos, FAQ de preguntas frecuentes y videos detallados que explican el paso a paso, los cuales se encuentran en el acceso –Ayuda Audiovisual– para el reporte de Autoevaluación de Estándares Mínimos. El servicio de soporte que brinda el Ministerio del Trabajo estará enfocado en atender las solicitudes que no se encuentren relacionadas en dicho material, y se deberá solicitar a través del correo electrónico: [sgrldatosti@mintrabajo.gov.co](https://mailto:sgrldatosti@mintrabajo.gov.co/) Atentamente,

Dada en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de enero del año 2025.

GLORIA INÉS RAMÍREZ RÍOS

Ministra del Trabajo Nota: ver norma original en Anexos

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