Jurismart

Resolución 106 de 2025

Resolución 106 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
106
Año
2025
Fecha
27 de febrero de 2025
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 106 DE 2025

(Febrero 27)

_Por la cual se efectúa una delegación para la Comisión Intersectorial del Distrito para la Atención e Integración de la población proveniente de Flujos Migratorios Mixtos, se designa un profesional para las Unidades Técnicas de Apoyo de esta instancia y se dictan otras disposiciones_

EL SECRETARIO DE DESPACHO

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el Decreto Distrital 510 de 2021, modificado por el Decreto Distrital 600 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [113°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#113) de la Constitución Política de 1991 establece _“(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines."_, por su parte, el artículo 209 prevé _"(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”_ Que el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, señala que: _“Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias...”._ Que el artículo [32°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#32) del Acuerdo 257 de 2006, _“Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones"_, emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.

Que mediante el Decreto Distrital [510](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119317) de 2021 se creó la Comisión Intersectorial del Distrito para la Atención e Integración de la población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos, en el marco del Decreto Distrital No. [546](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591) de 2007 como instancia de concertación de carácter distrital, que el mencionado decreto fue modificado por el Decreto Distrital [600](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152188) de 2023 “Por medio del cual se adopta la Política Pública Distrital de Acogida, Inclusión y Desarrollo para las y los nuevos bogotanos (Población Migrante Internacional) en Bogotá D.C. 2023- 2035 y se dictan otras disposiciones”.

Que la Comisión Intersectorial del Distrito para la Atención e Integración de la población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos tiene por objeto liderar, orientar y articular la formulación y el desarrollo de la estrategia distrital de atención humanitaria de emergencia, asistencia, estabilización e integración para la población refugiada, migrante y retornada de cualquier nacionalidad, en situación de vulnerabilidad, desde una perspectiva de derechos con enfoque de género y diferencial, a través de la promoción del dialogo intercultural y la potenciación de Bogotá como ciudad acogedora, siendo esta la instancia de concertación entre los diferentes sectores involucrados en el proceso de toma de decisiones.

Que en el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119317#3) del Decreto Distrital 510 de 2021, dentro de la conformación establece la participación de: “9. El(la) Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deporte o su delegado(a)”

Que para garantizar la adecuada y oportuna participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como para la articulación, seguimiento, monitoreo y toma de decisiones la Comisión Intersectorial del Distrito para la Atención e Integración de la población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos, así como en las Unidades Técnicas constituidas en esta instancia y de las cuales hace parte la Secretaría Distrital de Cultura, teniendo en cuenta el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#15) del Decreto 340 de 2020 _“Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones”_, el cual establece las funciones de la Dirección de Asuntos Locales y Participación, las cuales son afines al propósito de esta política y de la instancia, se delegará en el Director de Asuntos Locales y Participación de esta Secretaría y se designará la profesional de apoyo para las UTAS de la instancia.

Que en merito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo 1. Delegar en el Director de Asuntos Locales y Participación, hoy en cabeza del señor Andrés Felipe Jara Moreno, o quien haga sus veces, la participación del Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en la Comisión Intersectorial del Distrito para la Atención e Integración de la Población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos**, de acuerdo con lo expuesto en parte considerativa del presente acto.

Parágrafo. 1: Designar para las Unidades Técnicas de Apoyo de la Comisión Intersectorial del Distrito para la Atención e Integración de la Población proveniente de los Flujos Migratorios Mixtos, a la profesional de planta, Lida Yamile Álvarez Fonseca , vinculada a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, quien participará en las sesiones programadas para las Unidades Técnicas de Apoyo de las que hace parte la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Parágrafo. 2. La facultad otorgada podrá reasumirse en cualquier momento de conformidad con lo previsto en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#12) de la Ley 489 de 1998, o la norma que lo modifique, sustituya o adicione. Artículo 2. El funcionario delegado, así como la profesional designada deberán presentar un Informe a través de orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre los avances de la misma. Artículo 3. Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar la presente Resolución a Andrés Felipe Jara Moreno , con correo institucional [andres.jara@scrd.gov.co](mailto:andres.jara@scrd.gov.co) en su condición de Director de Asuntos Locales y Participación, a Lida Yamile Álvarez Fonseca , al correo institucional [lida.alvarez@scrd.gov.co](mailto:lida.alvarez@scrd.gov.co) y a Luz Amanda Guzmán Mojica , Directora de Derechos Humanos de la Secretaría Distrital de Gobierno, en su condición de secretaría técnica de esta instancia al siguiente correo: [migracion.bogota@gobiernobogota.gov.co](mailto:migracion.bogota@gobiernobogota.gov.co) en respuesta al correo electrónico de 25 de febrero de 2025, radicado bajo el No. 2025710004582 de esta Secretaría, mediante el cual convoca a la segunda sesión ordinaria de las Unidades Técnicas de Apoyo. Artículo 4. Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, efectuar la publicación en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital. Artículo 5. La presente resolución rige a partir de su expedición. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 27 días del mes de febrero del año 2025.

Santiago Trujillo Escobar

Secretario de Despacho

Nota: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar