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Resolución 191 de 2025

Resolución 191 de 2025 Ministerio de Salud y Protección Social

Tipo
Resolución
Número
191
Año
2025
Fecha
5 de febrero de 2025
Entidad
Ministerio de Salud y Protección Social
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 191 DE 2025

(Febrero 05)

_Por medio de la cual se publican los resultados de la convocatoria para la selección de colegios profesionales del área de la salud en quienes se delegarán funciones públicas, conforme a la Resolución[2235](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=168639)de 2024_

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

En ejercicio de las facultades conferidas por el parágrafo 2 del artículo 10 de la Ley 1164 de 2007 y el articulo 2.7.2.1.1.1 del Decreto 780 de 2016, у

CONSIDERANDO:

Que el artículo [26](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#26) de la Constitución Nacional, dispone que las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en Colegios, sometiendo su estructura interna y funcionamiento a los principios democráticos, asimismo que mediante ley se les podrá asignar funciones públicas.

Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26903#10) de la Ley 1164 de 2007 establece que los colegios profesionales del área de la salud cumplirán funciones públicas allí establecidas, siempre que demuestren el cumplimiento de los requisitos definidos en la normatividad vigente.

Que el artículo [2.7.2.1.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65994#2.7.2.1.1.1) del Decreto 780 de 2016 dispone las condiciones y requisitos para la delegación de funciones públicas en colegios profesionales, incluyendo la inscripción en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReTHUS), la expedición de tarjetas profesionales y la emisión de permisos transitorios para profesionales extranjeros.

Que mediante la Resolución [2235](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=168639) de 2024 se convocó a un nuevo proceso para la delegación de funciones públicas en colegios profesionales del área de la salud, surtiéndose la etapa de convocatoria a través de la publicación en el Diario el Tiempo el día 28 de noviembre de 2024.

Que conforme con lo expuesto dentro del término de postulación, se presentaron los siguientes colegios del área de la salud: 1. Organización Colegial de Enfermería (OCE) 2. Colegio Colombiano de Fisioterapeutas (COLFI) 3. Colegio Colombiano de Odontólogos (CCO) 4. Colegio Colombiano de Fonoaudiólogos (CCF) 5. Colegio Médico Colombiano 6. Colegio Colombiano de Terapia Ocupacional (CCTO) 7. Colegio Colombiano de Nutricionistas Dietistas (COLNUD) 8. Federación Colombiana de Optómetras (FEDOPTO) 9. Colegio Colombiano de Instrumentación Quirúrgica (COLDINSQUI) 10. Colegio Colombiano de Terapeutas Respiratorios (CCTR) 11. Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia Que con base en el procedimiento estipulado en la Resolución [2235](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=168639) de 2024, la Dirección de Desarrollo de Talento Humano en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social evaluó las postulaciones presentadas por los colegios profesionales de la salud, verificando el cumplimiento de los requisitos documentales y los criterios de evaluación establecidos.

Que luego del análisis correspondiente, se identificó que los siguientes colegios profesionales de la salud cumplen con los requisitos: 1. Organización Colegial de Enfermería (OCE) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No 1 que hace parte integral de la presente resolución. 2. Colegio Colombiano de Fisioterapeutas (COLFI) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No 2, que hace parte integral de la presente resolución. 3. Colegio Colombiano de Odontólogos (CCO) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 3, que hace parte integral de la presente resolución 4. Colegio Colombiano de Fonoaudiólogos (CCF) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 4, que hace parte integral de la presente resolución 5. Colegio Médico Colombiano CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 5, que hace parte integral de la presente resolución. 6. Colegio Colombiano de Terapia Ocupacional (CCTO) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 6, que hace parte integral de la presente resolución 7. Colegio Colombiano de Nutricionistas Dietistas (COLNUD) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 7, que hace parte integral de la presente resolución. 8. Colegio Federación Colombiana de Optómetras (FEDOPTO) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 8, que hace parte integral de la presente resolución 9. Colegio Colombiano de Instrumentación Quirúrgica (COLDINSQUI) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 9, que hace parte integral de la presente resolución 10. Colegio Colombiano de Terapeutas Respiratorios (CCTR) CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 10, que hace parte integral de la presente resolución 11.Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia CUMPLE El detalle de la evaluación se consigna en el Anexo No. 11, que hace parte integral de la presente resolución Que los colegios seleccionados demostraron idoneidad, cumplimiento normativo y capacidad técnica para gestionar las funciones públicas delegadas, alineándose con los principios de transparencia y eficiencia. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Publicar los resultados de la convocatoria de selección de colegios profesionales del área de la salud en quienes se delegarán funciones públicas, que cumplieron con los requisitos fijados en la Resolución [2235](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=168639) de 2024: Artículo 2.** Notificar personalmente el contenido del presente acto administrativo a los representantes legales de los Organización Colegial de Enfermería (OCE), Colegio Colombiano de Fisioterapeutas (COLFI), Colegio Colombiano de Odontólogos (CCO), Colegio Colombiano de Fonoaudiólogos (CCF), Colegio Médico Colombiano, Colegio Colombiano de Terapia Ocupacional (CCTO), Colegio Colombiano de Nutricionistas Dietistas (COLNUD), Federación Colombiana de Optómetras (FEDOPTO), Colegio Colombiano de Instrumentación Quirúrgica (COLDINSQUI), Colegio Colombiano de Terapeutas Respiratorios (CCTR), Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia, a sus apoderados o a quienes autoricen para tal efecto, advirtiéndoles que contra la presente resolución procede el recurso de reposición en los términos previstos en el artículo [76](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#76) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA, el cual deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación.

Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, esta se surtirá por aviso de conformidad con lo previsto en el artículo [69](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#69) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA. Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. **NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 05 días del mes de febrero del año 2025.

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTINEZ

Ministro de Salud y Protección Social Nota: Ver norma original y Anexos.

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