Resolución 169 de 2025
Resolución 169 de 2025 Secretaría Distrital de Integración Social
- Tipo
- Resolución
- Número
- 169
- Año
- 2025
- Fecha
- 23 de enero de 2025
- Entidad
- Secretaría Distrital de Integración Social
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 169 DE 2025
(Enero 23) __ _Por la cual se constituyen y reglamentan las Cajas Menores de la Secretaría Distrital de Integración Social para la vigencia 2025_
EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACION SOCIAL
En uso de las facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 57 del Decreto 192 de 2021 y los literales j y n del artículo 2º del Decreto Distrital 508 de 2022, el cual modificó el artículo 4 del Decreto 607 de 2007, y el Decreto Distrital 021 de 2024.
CONSIDERANDO:
I.
Que el Decreto 192 de 2021, “ _Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”_, en su artículo [57](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#57) estableció _: “Las cajas menores se constituirán, para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el Jefe de la respectiva entidad pública Distrital, en la cual se deberá incluir: i) la cuantía, ii) el responsable, iii) la finalidad, iv) la clase de gastos que se pueden realizar, v) la unidad ejecutora y, vi) la cuantía de cada rubro presupuestal, sin exceder el monto mensual asignado a la caja menor y en ningún caso el límite establecido por el estatuto de contratación para compras directas (…)”._ __ II.
Que el artículo [58](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#58) del citado decreto, dispuso: _“El responsable y ordenador del manejo de la caja menor en cada entidad y organismo distrital respecto del dinero que se entregue para la constitución de cajas menores debe ser utilizado para sufragar gastos identificados y definidos en los conceptos del Presupuesto de Gastos Generales que tengan el carácter de imprevistos, urgentes, imprescindibles, inaplazables, necesarios y definidos en la Resolución de constitución respectiva y en todo caso enmarcados dentro de las políticas de racionalización del gasto._ __ _Las cajas menores funcionarán contablemente como un fondo fijo que se provee con recursos del presupuesto asignado a la respectiva entidad, en cada vigencia fiscal”_. III.
Que se requiere atender los gastos definidos en el Presupuesto Anual del Distrito Capital con carácter de: imprevistos, urgentes, imprescindibles, inaplazables y necesarios para el buen funcionamiento de las dependencias de la Secretaría Distrital de Integración Social. __ IV.
Que para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2024 - 2027, aprobado mediante Acuerdo del Concejo de Bogotá D.C., No. [927](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699) del 07 de junio de 2024 “Bogotá Camina Segura” y lo consignado en el artículo [59](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#59) del Decreto Distrital 192 de 2021, se ha solicitado previamente la expedición de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal, de acuerdo con lo asignado a cada caja menor que se va a constituir. __ V.
Que se hace necesario constituir treinta (30) cajas menores así: una para cada Subdirección local para un total de dieciséis (16), una (1) a cargo de la Dirección de Gestión Corporativa, seis (6) para los Centros Proteger, una (1) para el Centro Integral de Protección, dos (2) para el Centro de Protección, una (1) para las comisarías de familia, una (1) para la Subdirección de Adultez, una (1) para la Subdirección de la Juventud y una (1) para la Subdirección para asuntos LGBTI, para cubrir las necesidades que se generen siempre y cuando sean de carácter, urgente, inaplazable, indispensable e imprevistas; la constitución de estas cajas menores se establecen de conformidad a lo establecido en el manual operativo de presupuesto del Distrito Capital. Por lo expuesto anteriormente,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DEFINICIÓN DE LA CAJA MENOR. Las cajas menores de la Secretaría Distrital de Integración Social, en adelante (SDIS) son un medio efectivo de fondos renovables que se provee con recursos del presupuesto, asignado a la entidad mediante recursos del proyecto de inversión 7946 “Fortalecimiento de la gestión pública institucional en Bogotá”, cuya finalidad es atender erogaciones de menor cuantía que se presenten por necesidades imprevistas, urgentes, imprescindibles o inaplazables para la buena marcha de la administración y los servicios que no pueden ser atendidos o solucionados por los canales generales de contratación. En consecuencia, los ordenadores del gasto y responsables del manejo de las cajas menores deberán dar estricta observancia y cumplimiento a los principios previstos en el artículo [58](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#58) del Decreto Distrital 192 de 2021, de manera que dentro de esos parámetros se justifique la utilización de los recursos asignados mediante la presente resolución. ARTÍCULO **SEGUNDO:
MONTO DE LAS CAJAS MENORES: En virtud de las necesidades de la SDIS se determinó ordenar la constitución de treinta (30) cajas menores y la asignación de las cuantías para cada posición presupuestal, el primer giro y el monto mensual, de acuerdo con el cuadro siguiente: | No. CAJA | DEPENDENCIA/PROYECTO/LOCALIDAD/SERVIICO | DESTINACIÓN | POSICIÓN PRESUPUESTAL | CDP | FUENTE DE FINANCIACION | MONTO ASIGNADO | PRIMER GIRO | 70% MENSUAL ---|---|---|---|---|---|---|---|--- 1 | DIRECCIÓN GESTION CORPORATIVA | INVERSION | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 5942 | 1-100-F001 | $ 2.300.000 | $ 264.373 | $ 185.057 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 3.500.000 | $ 402.301 | $ 281.609 O232020200882130_Servicios de documentación y certificación jurídica | 1-100-F001 | $ 9.800.000 | $ 1.126.434 | $ 788.506 O23202020088363201_Venta de espacios para avisos y propaganda en periódicos y revistas (excepto a comisión) | 1-100-F001 | $ 26.804.000 | $ 3.080.916 | $ 2.156.644 O232020200884120_Servicios de telefonía fija (acceso) | 1-100-F001 | $ 1.601.000 | $ 184.024 | $ 128.816 O232020200886312_Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) | 1-100-F001 | $ 2.684.000 | $ 308.506 | $ 215.954 O232020200886320_Servicios de distribución de gas por tuberías (a comisión o por contrato) | 1-100-F001 | $ 309.000 | $ 35.518 | $ 24.862 O232020200886330_Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) | 1-100-F001 | $ 4.500.000 | $ 517.241 | $ 362.069 O232020200994239_Servicios generales de recolección de otros desechos | 1-100-F001 | $ 904.000 | $ 103.904 | $ 72.736 TOTAL | $ 52.402.000 | $ 6.023.217 | $ 4.216.253 2 | USME -SUMAPAZ | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIOJULIO CESAR SANCHEZ | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 358 | 1-100-F001 | $ 17.329.000 | $ 1.991.843 | $ 1.394.287 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 963.000 | $ 110.687 | $ 77.483 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.438.000 | $ 280.229 | $ 196.161 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 12.835.000 | $ 1.475.289 | $ 1.032.701 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 33.565.000 | $ 3.858.048 | $ 2.700.632 CENTRO DIA | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 358 | 1-100-I012 | $ 2.263.000 | $ 260.120 | $ 182.080 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 550.000 | $ 63.217 | $ 44.253 O232020200882130_Servicios de documentación y certificación jurídica | 1-100-I012 | $ 656.000 | $ 75.398 | $ 52.782 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 1.231.000 | $ 141.494 | $ 99.046 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 4.700.000 | $ 540.229 | $ 378.161 TOTAL | $ 38.265.000 | $ 4.398.277 | $ 3.078.793 3 | USAQUEN | GASTOS SLIS, JARDINES Y CENTRO CRECER, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO- SIMON BOLIVAR | O2320201003033331101_Gasolina motor corriente | 5941 | 1-100-F001 | $ 454.000 | $ 52.181 | $ 36.529 O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 774.000 | $ 88.964 | $ 62.276 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 13.735.000 | $ 1.578.735 | $ 1.105.115 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 372.000 | $ 42.759 | $ 29.931 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.187.000 | $ 136.434 | $ 95.506 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 5.502.000 | $ 632.410 | $ 442.690 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.874.000 | $ 215.398 | $ 150.782 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 23.898.000 | $ 2.746.881 | $ 1.922.829 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 5941 | 1-100-I012 | $ 774.000 | $ 88.964 | $ 62.276 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.018.000 | $ 231.952 | $ 162.368 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 372.000 | $ 42.759 | $ 29.931 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 1.186.000 | $ 136.325 | $ 95.425 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 1.363.000 | $ 156.663 | $ 109.667 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 1.874.000 | $ 215.398 | $ 150.782 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 7.587.000 | $ 872.061 | $ 610.449 TOTAL | $ 31.485.000 | $ 3.618.942 | $ 2.533.278 4 | TUNJUELITO | GASTOS SLIS, JARDINES Y CENTRO CRECER, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO- PABLO DE TARSO | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 352 | 1-100-F001 | $ 3.090.000 | $ 355.169 | $ 248.621 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 8.401.000 | $ 965.627 | $ 675.943 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.200.000 | $ 137.928 | $ 96.552 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 7.800.000 | $ 896.554 | $ 627.586 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.200.000 | $ 137.928 | $ 96.552 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 21.691.000 | $ 2.493.206 | $ 1.745.254 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 352 | 1-100-I012 | $ 3.000.000 | $ 344.831 | $ 241.379 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 5.000.000 | $ 574.711 | $ 402.299 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.000.000 | $ 229.880 | $ 160.920 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 1.500.000 | $ 172.410 | $ 120.690 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 2.900.000 | $ 333.337 | $ 233.333 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 14.400.000 | $ 1.655.169 | $ 1.158.621 TOTAL | $ 36.091.000 | $ 4.148.375 | $ 2.903.875 5 | SAN CRISTOBAL | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIOLA VICTORIA Y SAN BLAS | O2320201003033331101_Gasolina motor corriente | 5216 | 1-100-F001 | $ 585.000 | $ 67.241 | $ 47.069 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 17.082.000 | $ 1.963.446 | $ 1.374.414 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 585.000 | $ 67.241 | $ 47.069 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 5.148.000 | $ 591.723 | $ 414.207 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 23.400.000 | $ 2.689.651 | $ 1.882.759 CENTRO DIA | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 5216 | 1-100-I012 | $ 2.100.000 | $ 241.374 | $ 168.966 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 2.100.000 | $ 241.374 | $ 168.966 TOTAL | $ 25.500.000 | $ 2.931.025 | $ 2.051.725 6 | SUBA | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 343 | 1-100-F001 | $ 1.438.000 | $ 165.289 | $ 115.701 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 14.071.000 | $ 1.617.361 | $ 1.132.149 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.875.000 | $ 330.458 | $ 231.322 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 5.079.000 | $ 583.795 | $ 408.655 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 4.313.000 | $ 495.747 | $ 347.023 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 27.776.000 | $ 3.192.650 | $ 2.234.850 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 343 | 1-100-I012 | $ 1.453.000 | $ 167.012 | $ 116.908 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 3.197.000 | $ 367.470 | $ 257.230 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.275.000 | $ 261.494 | $ 183.046 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 1.453.000 | $ 167.012 | $ 116.908 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 2.422.000 | $ 278.386 | $ 194.874 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 10.800.000 | $ 1.241.374 | $ 868.966 TOTAL | $ 38.576.000 | $ 4.434.024 | $ 3.103.816 7 | RAFAEL URIBE URIBE | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 394 | 1-100-F001 | $ 16.800.000 | $ 1.931.036 | $ 1.351.724 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 6.713.000 | $ 771.614 | $ 540.126 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 23.513.000 | $ 2.702.650 | $ 1.891.850 CENTRO DIA | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 394 | 1-100-I012 | $ 4.750.000 | $ 545.976 | $ 382.184 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 3.113.000 | $ 357.819 | $ 250.471 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 3.500.000 | $ 402.301 | $ 281.609 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 11.363.000 | $ 1.306.096 | $ 914.264 TOTAL | $ 34.876.000 | $ 4.008.746 | $ 2.806.114 8 | ANTONIO NARIÑO-PUENTE ARANDA | GASTOS SLIS Y JARDINES- CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO-JOSE ANTONIO GALAN Y ASUNCION | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 422 | 1-100-F001 | $ 200.000 | $ 22.988 | $ 16.092 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 5.966.000 | $ 685.747 | $ 480.023 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 150.000 | $ 17.241 | $ 12.069 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 200.000 | $ 22.988 | $ 16.092 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 8.914.000 | $ 1.024.602 | $ 717.218 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 200.000 | $ 22.988 | $ 16.092 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 15.630.000 | $ 1.796.554 | $ 1.257.586 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 422 | 1-100-I012 | $ 1.080.000 | $ 124.133 | $ 86.897 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.300.000 | $ 264.373 | $ 185.057 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 500.000 | $ 57.470 | $ 40.230 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 500.000 | $ 57.470 | $ 40.230 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 3.490.000 | $ 401.145 | $ 280.805 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 1.000.000 | $ 114.940 | $ 80.460 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 8.870.000 | $ 1.019.531 | $ 713.679 TOTAL | $ 24.500.000 | $ 2.816.085 | $ 1.971.265 9 | MÁRTIRES | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 446 | 1-100-F001 | $ 516.000 | $ 59.313 | $ 41.517 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 12.388.000 | $ 1.423.904 | $ 996.736 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.548.000 | $ 177.928 | $ 124.552 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 5.615.000 | $ 645.398 | $ 451.782 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.032.000 | $ 118.626 | $ 83.034 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 21.099.000 | $ 2.425.169 | $ 1.697.621 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 446 | 1-100-I012 | $ 1.548.000 | $ 177.928 | $ 124.552 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.994.000 | $ 344.133 | $ 240.897 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 4.129.000 | $ 474.602 | $ 332.218 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 2.005.000 | $ 230.458 | $ 161.322 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 826.000 | $ 94.940 | $ 66.460 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 11.502.000 | $ 1.322.061 | $ 925.449 TOTAL | $ 32.601.000 | $ 3.747.230 | $ 2.623.070 10 | KENNEDY | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO-BELLAVISTA, LAGO TIMIZA Y KENNEDY | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 480 | 1-100-F001 | $ 1.290.000 | $ 148.277 | $ 103.793 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 25.587.000 | $ 2.941.036 | $ 2.058.724 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.609.000 | $ 184.940 | $ 129.460 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.361.000 | $ 156.434 | $ 109.506 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 7.832.000 | $ 900.229 | $ 630.161 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.419.000 | $ 163.108 | $ 114.172 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 39.098.000 | $ 4.494.024 | $ 3.145.816 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 480 | 1-100-I012 | $ 628.000 | $ 72.181 | $ 50.529 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 3.143.000 | $ 361.265 | $ 252.885 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 1.095.000 | $ 125.867 | $ 88.103 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 1.152.000 | $ 132.410 | $ 92.690 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 2.154.000 | $ 247.590 | $ 173.310 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 1.982.000 | $ 227.819 | $ 159.471 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 10.154.000 | $ 1.167.132 | $ 816.988 TOTAL | $ 49.252.000 | $ 5.661.156 | $ 3.962.804 11 | FONTIBON | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO - LA GIRALDA | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 502 | 1-100-F001 | $ 18.000.000 | $ 2.068.964 | $ 1.448.276 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.231.000 | $ 371.374 | $ 259.966 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 4.800.000 | $ 551.723 | $ 386.207 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.200.000 | $ 137.928 | $ 96.552 O232020200887151_Servicios de mantenimiento y reparación de electrodomésticos | 1-100-F001 | $ 1.600.000 | $ 183.904 | $ 128.736 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 28.831.000 | $ 3.313.893 | $ 2.319.737 CENTRO DIA | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 502 | 1-100-I012 | $ 3.600.000 | $ 413.795 | $ 289.655 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.400.000 | $ 275.867 | $ 193.103 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 1.200.000 | $ 137.928 | $ 96.552 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 1.200.000 | $ 137.928 | $ 96.552 O232020200887151_Servicios de mantenimiento y reparación de electrodomésticos | 1-100-I012 | $ 1.200.000 | $ 137.928 | $ 96.552 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 9.600.000 | $ 1.103.446 | $ 772.414 TOTAL | $ 38.431.000 | $ 4.417.339 | $ 3.092.151 12 | ENGATIVÁ | GASTOS SLIS, JARDINES, HOGAR EL CAMINO Y CENTRO CRECER, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO-SANTA HELENITA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 5217 | 1-100-F001 | $ 3.000.000 | $ 344.831 | $ 241.379 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 14.500.000 | $ 1.666.663 | $ 1.166.667 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 9.800.000 | $ 1.126.434 | $ 788.506 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 13.434.000 | $ 1.544.133 | $ 1.080.897 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 40.734.000 | $ 4.682.061 | $ 3.277.449 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 5217 | 1-100-I012 | $ 2.000.000 | $ 229.880 | $ 160.920 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.300.000 | $ 264.373 | $ 185.057 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 1.350.000 | $ 155.169 | $ 108.621 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 5.500.000 | $ 632.181 | $ 442.529 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 11.150.000 | $ 1.281.603 | $ 897.127 TOTAL | $ 51.884.000 | $ 5.963.664 | $ 4.174.576 13 | CIUDAD BOLÍVAR | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO-ARBORIZADORA ALTA | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 531 | 1-100-F001 | $ 12.000.000 | $ 1.379.313 | $ 965.517 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.300.000 | $ 149.422 | $ 104.598 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 14.268.000 | $ 1.640.000 | $ 1.148.000 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 27.568.000 | $ 3.168.735 | $ 2.218.115 CENTRO DIA | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 531 | 1-100-I012 | $ 7.565.000 | $ 869.542 | $ 608.678 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 14.200.000 | $ 1.632.181 | $ 1.142.529 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 21.765.000 | $ 2.501.723 | $ 1.751.207 TOTAL | $ 49.333.000 | $ 5.670.458 | $ 3.969.322 14 | CHAPINERO | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 563 | 1-100-F001 | $ 1.858.000 | $ 213.566 | $ 149.494 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 100.000 | $ 11.494 | $ 8.046 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 4.645.000 | $ 533.904 | $ 373.736 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 200.000 | $ 22.988 | $ 16.092 O232020200887151_Servicios de mantenimiento y reparación de electrodomésticos | 1-100-F001 | $ 247.000 | $ 28.386 | $ 19.874 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 7.050.000 | $ 810.338 | $ 567.242 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 563 | 1-100-I012 | $ 2.500.000 | $ 287.361 | $ 201.149 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 258.000 | $ 29.651 | $ 20.759 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 1.652.000 | $ 189.880 | $ 132.920 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 1.037.000 | $ 119.193 | $ 83.437 O232020200887151_Servicios de mantenimiento y reparación de electrodomésticos | 1-100-I012 | $ 103.000 | $ 11.843 | $ 8.287 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 5.550.000 | $ 637.928 | $ 446.552 TOTAL | $ 12.600.000 | $ 1.448.266 | $ 1.013.794 15 | SANTAFE - CANDELARIA | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO -LOURDES | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 590 | 1-100-F001 | $ 600.000 | $ 68.964 | $ 48.276 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 10.680.000 | $ 1.227.590 | $ 859.310 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 720.000 | $ 82.759 | $ 57.931 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.100.000 | $ 241.374 | $ 168.966 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 2.411.000 | $ 277.121 | $ 193.989 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 600.000 | $ 68.964 | $ 48.276 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 17.111.000 | $ 1.966.772 | $ 1.376.748 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 590 | 1-100-I012 | $ 853.000 | $ 98.048 | $ 68.632 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.640.000 | $ 303.446 | $ 212.414 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 1.032.000 | $ 118.626 | $ 83.034 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 2.168.000 | $ 249.193 | $ 174.437 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 1.320.000 | $ 151.723 | $ 106.207 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 1.200.000 | $ 137.928 | $ 96.552 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 9.213.000 | $ 1.058.964 | $ 741.276 TOTAL | $ 26.324.000 | $ 3.025.736 | $ 2.118.024 16 | BOSA | GASTOS SLIS, JARDINES, CENTRO CRECER, CENTRO AMAR, CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO –EL PORVENIR | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 341 | 1-100-F001 | $ 10.000.000 | $ 1.149.422 | $ 804.598 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 800.000 | $ 91.952 | $ 64.368 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 800.000 | $ 91.952 | $ 64.368 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 6.636.000 | $ 762.759 | $ 533.931 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 400.000 | $ 45.976 | $ 32.184 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 18.636.000 | $ 2.142.061 | $ 1.499.449 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 341 | 1-100-I012 | $ 500.000 | $ 57.470 | $ 40.230 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 364.000 | $ 41.843 | $ 29.287 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 500.000 | $ 57.470 | $ 40.230 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 7.000.000 | $ 804.602 | $ 563.218 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 400.000 | $ 45.976 | $ 32.184 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 8.764.000 | $ 1.007.361 | $ 705.149 TOTAL | $ 27.400.000 | $ 3.149.422 | $ 2.204.598 17 | BARRIOS UNIDOS - TEUSAQUILLO | GASTOS SLIS Y JARDINES | O2320201003033331101_Gasolina motor corriente | 355 | 1-100-F001 | $ 1.381.000 | $ 158.735 | $ 111.115 O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.005.000 | $ 115.518 | $ 80.862 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 5.650.000 | $ 649.422 | $ 454.598 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.507.000 | $ 173.217 | $ 121.253 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 552.000 | $ 63.446 | $ 44.414 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 1.068.000 | $ 122.759 | $ 85.931 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 477.000 | $ 54.831 | $ 38.379 O232020200887151_Servicios de mantenimiento y reparación de electrodomésticos | 1-100-F001 | $ 2.072.000 | $ 238.157 | $ 166.713 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-F001 | $ 458.000 | $ 52.639 | $ 36.851 SUBTOTAL SUBDIRECCION LOCAL Y UNIDADES OPERATIVAS | $ 14.170.000 | $ 1.628.724 | $ 1.140.116 CENTRO DIA | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 355 | 1-100-I012 | $ 1.802.000 | $ 207.121 | $ 144.989 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 957.000 | $ 110.000 | $ 77.000 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 1.754.000 | $ 201.614 | $ 141.126 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-I012 | $ 335.000 | $ 38.506 | $ 26.954 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-I012 | $ 486.000 | $ 55.867 | $ 39.103 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-I012 | $ 1.140.000 | $ 131.036 | $ 91.724 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-I012 | $ 406.000 | $ 46.663 | $ 32.667 SUBTOTAL CENTRO DÍA | $ 6.880.000 | $ 790.807 | $ 553.563 TOTAL | $ 21.050.000 | $ 2.419.531 | $ 1.693.679 18 | CENTRO INTEGRAL DE PROTECCIÓN RENACER | CENTRO INTEGRAL DE PROTECCIÓN RENACER | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 363 | 1-100-F001 | $ 3.322.000 | $ 381.843 | $ 267.287 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.322.000 | $ 381.843 | $ 267.287 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 6.040.000 | $ 694.253 | $ 485.977 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.624.000 | $ 416.554 | $ 291.586 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 3.624.000 | $ 416.554 | $ 291.586 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 3.020.000 | $ 347.121 | $ 242.989 O232020200887151_Servicios de mantenimiento y reparación de electrodomésticos | 1-100-F001 | $ 3.322.000 | $ 381.843 | $ 267.287 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-F001 | $ 3.926.000 | $ 451.265 | $ 315.885 TOTAL | $ 30.200.000 | $ 3.471.276 | $ 2.429.884 19 | CENTRO PROTEGER LA MARIA | CENTRO PROTEGER LA MARIA | O232020200662133_Comercio al por menor de prendas de vestir, artículos de piel y accesorios de vestir, en establecimientos no especializados | 374 | 1-100-F001 | $ 7.753.000 | $ 891.145 | $ 623.805 O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.711.000 | $ 426.554 | $ 298.586 O232020200662153_Comercio al por menor de juegos y juguetes, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.805.000 | $ 322.410 | $ 225.690 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 5.031.000 | $ 578.277 | $ 404.793 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 9.571.000 | $ 1.100.120 | $ 770.080 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 5.539.000 | $ 636.663 | $ 445.667 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 8.202.000 | $ 942.759 | $ 659.931 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.516.000 | $ 174.253 | $ 121.977 O232020200996990_Otros servicios de diversión y entretenimiento n.c.p. | 1-100-F001 | $ 2.805.000 | $ 322.410 | $ 225.690 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-F001 | $ 4.092.000 | $ 470.349 | $ 329.241 TOTAL | $ 51.025.000 | $ 5.864.940 | $ 4.105.460 20 | CENTRO PROTEGER CURNN | CENTRO PROTEGER CURNN | O232020200662133_Comercio al por menor de prendas de vestir, artículos de piel y accesorios de vestir, en establecimientos no especializados | 383 | 1-100-F001 | $ 3.747.000 | $ 430.687 | $ 301.483 O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.810.000 | $ 322.988 | $ 226.092 O232020200662153_Comercio al por menor de juegos y juguetes, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.405.000 | $ 161.494 | $ 113.046 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 5.500.000 | $ 632.181 | $ 442.529 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 13.500.000 | $ 1.551.723 | $ 1.086.207 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 10.616.000 | $ 1.220.229 | $ 854.161 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 10.444.000 | $ 1.200.458 | $ 840.322 O232020200996990_Otros servicios de diversión y entretenimiento n.c.p. | 1-100-F001 | $ 3.747.000 | $ 430.687 | $ 301.483 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-F001 | $ 3.747.000 | $ 430.687 | $ 301.483 TOTAL | $ 55.516.000 | $ 6.381.134 | $ 4.466.806 21 | CENTRO PROTEGER ANTONIA SANTOS | CENTRO PROTEGER ANTONIA SANTOS | O232020200662133_Comercio al por menor de prendas de vestir, artículos de piel y accesorios de vestir, en establecimientos no especializados | 400 | 1-100-F001 | $ 3.076.000 | $ 353.566 | $ 247.494 O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.416.000 | $ 277.699 | $ 194.391 O232020200662153_Comercio al por menor de juegos y juguetes, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.757.000 | $ 201.952 | $ 141.368 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.494.000 | $ 171.723 | $ 120.207 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.845.000 | $ 212.072 | $ 148.448 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.372.000 | $ 272.639 | $ 190.851 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 1.757.000 | $ 201.952 | $ 141.368 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.757.000 | $ 201.952 | $ 141.368 O232020200887151_Servicios de mantenimiento y reparación de electrodomésticos | 1-100-F001 | $ 1.450.000 | $ 166.663 | $ 116.667 O232020200996990_Otros servicios de diversión y entretenimiento n.c.p. | 1-100-F001 | $ 2.723.000 | $ 312.988 | $ 219.092 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-F001 | $ 1.319.000 | $ 151.614 | $ 106.126 TOTAL | $ 21.966.000 | $ 2.524.820 | $ 1.767.380 22 | CENTRO PROTEGER JAIRO ANIBAL NIÑO | CENTRO PROTEGER JAIRO ANIBAL NIÑO | O232020200662133_Comercio al por menor de prendas de vestir, artículos de piel y accesorios de vestir, en establecimientos no especializados | 412 | 1-100-F001 | $ 4.901.000 | $ 563.337 | $ 394.333 O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.969.000 | $ 226.325 | $ 158.425 O232020200662153_Comercio al por menor de juegos y juguetes, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.105.000 | $ 127.012 | $ 88.908 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.247.000 | $ 143.337 | $ 100.333 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.884.000 | $ 216.554 | $ 151.586 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.409.000 | $ 276.892 | $ 193.828 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 2.804.000 | $ 322.301 | $ 225.609 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.105.000 | $ 127.012 | $ 88.908 O232020200996990_Otros servicios de diversión y entretenimiento n.c.p. | 1-100-F001 | $ 2.953.000 | $ 339.422 | $ 237.598 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-F001 | $ 1.764.000 | $ 202.759 | $ 141.931 TOTAL | $ 22.141.000 | $ 2.544.951 | $ 1.781.459 23 | CENTRO PROTEGER ALVARO LOPEZ | CENTRO PROTEGER ALVARO LOPEZ | O232020200662133_Comercio al por menor de prendas de vestir, artículos de piel y accesorios de vestir, en establecimientos no especializados | 431 | 1-100-F001 | $ 2.627.000 | $ 301.952 | $ 211.368 O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.752.000 | $ 201.374 | $ 140.966 O232020200662153_Comercio al por menor de juegos y juguetes, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.627.000 | $ 301.952 | $ 211.368 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.752.000 | $ 201.374 | $ 140.966 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.627.000 | $ 301.952 | $ 211.368 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.313.000 | $ 150.916 | $ 105.644 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 2.189.000 | $ 251.614 | $ 176.126 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.752.000 | $ 201.374 | $ 140.966 O232020200887151_Servicios de mantenimiento y reparación de electrodomésticos | 1-100-F001 | $ 1.752.000 | $ 201.374 | $ 140.966 O232020200996990_Otros servicios de diversión y entretenimiento n.c.p. | 1-100-F001 | $ 1.752.000 | $ 201.374 | $ 140.966 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-F001 | $ 1.752.000 | $ 201.374 | $ 140.966 TOTAL | $ 21.895.000 | $ 2.516.630 | $ 1.761.670 24 | CENTRO PROTEGER CAMILO TORRES | CENTRO PROTEGER CAMILO TORRES | O232020200662133_Comercio al por menor de prendas de vestir, artículos de piel y accesorios de vestir, en establecimientos no especializados | 452 | 1-100-F001 | $ 3.000.000 | $ 344.831 | $ 241.379 O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.400.000 | $ 275.867 | $ 193.103 O232020200662153_Comercio al por menor de juegos y juguetes, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.800.000 | $ 321.843 | $ 225.287 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 1.600.000 | $ 183.904 | $ 128.736 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.400.000 | $ 275.867 | $ 193.103 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.900.000 | $ 333.337 | $ 233.333 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 2.800.000 | $ 321.843 | $ 225.287 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 1.000.000 | $ 114.940 | $ 80.460 O232020200996990_Otros servicios de diversión y entretenimiento n.c.p. | 1-100-F001 | $ 2.600.000 | $ 298.855 | $ 209.195 O232020200997990_Otros servicios diversos n.c.p. | 1-100-F001 | $ 1.985.000 | $ 228.157 | $ 159.713 TOTAL | $ 23.485.000 | $ 2.699.444 | $ 1.889.596 25 | COMISARÍAS DE FAMILIA | COMISARÍAS DE FAMILIA | O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 462 | 1-100-F001 | $ 107.503.000 | $ 12.356.663 | $ 8.649.667 TOTAL | $ 107.503.000 | $ 12.356.663 | $ 8.649.667 26 | CENTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL BOSQUE POPULAR | CENTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL BOSQUE POPULAR | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 344 | 1-100-F001 | $ 3.600.000 | $ 413.795 | $ 289.655 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.239.000 | $ 372.301 | $ 260.609 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.058.000 | $ 351.494 | $ 246.046 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.421.000 | $ 393.217 | $ 275.253 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 5.400.000 | $ 620.687 | $ 434.483 O232020200882130_Servicios de documentación y certificación jurídica | 1-100-F001 | $ 1.596.000 | $ 183.446 | $ 128.414 TOTAL | $ 20.314.000 | $ 2.334.940 | $ 1.634.460 27 | CENTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL BELLO HORIZONTE | CENTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL BELLO HORIZONTE | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 342 | 1-100-F001 | $ 3.779.000 | $ 434.373 | $ 304.057 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 7.169.000 | $ 824.024 | $ 576.816 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.758.000 | $ 431.952 | $ 302.368 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 4.552.000 | $ 523.217 | $ 366.253 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 5.503.000 | $ 632.530 | $ 442.770 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 332.000 | $ 38.157 | $ 26.713 TOTAL | $ 25.093.000 | $ 2.884.253 | $ 2.018.977 28 | SUBDIRECCIÓN PARA LA JUVENTUD | SUBDIRECCIÓN PARA LA JUVENTUD | O232020200662151_Comercio al por menor de libros, periódicos, revistas y artículos de papelería, en establecimientos no especializados | 340 | 1-100-F001 | $ 3.599.000 | $ 413.675 | $ 289.575 O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 944.000 | $ 108.506 | $ 75.954 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 3.658.000 | $ 420.458 | $ 294.322 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 3.599.000 | $ 413.675 | $ 289.575 TOTAL | $ 11.800.000 | $ 1.356.314 | $ 949.426 29 | SUBDIRECCIÓN PARA LA ADULTEZ | SUBDIRECCIÓN PARA LA ADULTEZ | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 339 | 1-100-F001 | $ 2.175.000 | $ 250.000 | $ 175.000 O232020200662173_Comercio al por menor de productos farmacéuticos, en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 876.000 | $ 100.687 | $ 70.483 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 982.000 | $ 112.879 | $ 79.011 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 4.365.000 | $ 501.723 | $ 351.207 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 3.253.000 | $ 373.904 | $ 261.736 TOTAL | $ 11.651.000 | $ 1.339.193 | $ 937.437 30 | SUBDIRECCION PARA ASUNTOS LGBTI | SUBDIRECCION PARA ASUNTOS LGBTI | O232020200662165_Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados | 338 | 1-100-F001 | $ 3.241.000 | $ 372.530 | $ 260.770 O232020200662199_Comercio al por menor de otros productos n.c.p., en establecimientos no especializados | 1-100-F001 | $ 2.750.000 | $ 316.096 | $ 221.264 O232020200664112_Servicios de transporte terrestre local regular de pasajeros | 1-100-F001 | $ 350.000 | $ 40.229 | $ 28.161 O232020200885951_Servicios de copia y reproducción | 1-100-F001 | $ 500.000 | $ 57.470 | $ 40.230 TOTAL | $ 6.841.000 | $ 786.325 | $ 550.425 TOTALES | $ 1.000.000.000 | $ 114.942.376 | $ 80.459.784 PARÁGRAFO PRIMERO:** Los recursos para los gastos de los Centros Día provienen de la fuente de financiación de destinación específica 1-100-I012 - VA-ESTAMPILLA PROPERSONAS MAYORES, por lo tanto y de conformidad con el artículo [81](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#81) del acuerdo 927 de 2024 del Concejo de Bogotá D.C., el cual dispone:
“ _Los recursos generados y recaudados por concepto de la “Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor”, serán destinados a la construcción, instalación, mantenimiento, adecuación, dotación y funcionamiento de Centros de Bienestar o Centros de Protección Social, Centros Día y otras modalidades de atención, así como el desarrollo de programas y servicios sociales dirigidos a las personas adultas mayores del Distrito._ ” Para el caso de los recursos de la caja menor, solo podrán ser usados en gastos que sean de carácter urgente, inaplazable, indispensable e imprescindible, de acuerdo con las posiciones presupuestales que se indican en el Artículo Tercero de la presente Resolución.
__ PARÁGRAFO SEGUNDO:__ Para la adquisición de elementos para el mejoramiento y mantenimiento locativo de menor cuantía en las sedes operativas que cumplan los criterios de urgentes, inaplazables, imprevistos e imprescindibles, se debe justificar y ser avalado por el ordenador del gasto o responsable de la caja menor.
Parágrafo. TERCERO: Los pagos por conceptos de servicio de transporte, el tope máximo mensual autorizado para ser legalizado por persona, no puede superar el equivalente al subsidio de transporte legalmente establecido, es decir la suma de DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($200.000), excepto para aquellos funcionarios que ejerzan funciones de estafetas o notificadores, acompañamiento de trámites médicos y/o ejercicio de independencia y autonomía a jóvenes usuarios de servicios.
ARTÍCULO TERCERO: POSICIÓN PRESUPUESTAL: Los gastos realizados con cargo a la caja menor serán imputados a diecinueve (19) posiciones presupuestales de acuerdo con el catálogo de clasificación presupuestal del DANE. Estas posiciones presupuestales fueron seleccionadas de acuerdo con las necesidades más recurrentes de las unidades operativas y administrativas. Los gastos pueden legalizarse con cargo a la misma, siempre y cuando cumplan las características de urgente, imprescindible, inaplazables y necesarios para la buena marcha de la administración. Las posiciones presupuestales son las siguientes:
_O2320201003033331101_ GASOLINA MOTOR CORRIENTE_
__
Posición presupuestal que incluye los gastos asociados a la adquisición de productos combustibles (gas, diésel y gasolina, entre otros) para las plantas eléctricas y demás bienes de propiedad de la SDIS, para cubrir contingencias de cortes de fluido eléctrico. De igual manera para cubrir los derivados del consumo de combustible para equipos de jardinería tales como la guadaña. Se aclara que este gasto solo podrá ser efectuado siempre y cuando no haya contrato vigente de suministro de combustible.
_O232020200662133_ COMERCIO AL POR MENOR DE PRENDAS DE VESTIR, ARTÍCULOS DE PIEL Y ACCESORIOS DE VESTIR, EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS_
Posición presupuestal destinada para la adquisición de prendas de vestir o de uso personal para cubrir las necesidades urgentes, imprescindible, inaplazables, y necesarios para los usuarios que se encuentran de tiempo completo en las unidades operativas. En el caso que la Entidad cuente con contrato vigente para el suministro de estos elementos, no podrán ser adquiridos con los recursos de la caja menor.
_O232020200662151_ COMERCIO AL POR MENOR DE LIBROS, PERIÓDICOS, REVISTAS Y ARTÍCULOS DE PAPELERÍA, EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS._
Posición presupuestal destinada a la compra de elementos tales como: libros, periódicos, revistas, artículos de papelería y artículos en general que se requieran para el cumplimiento de las actividades pedagógicas de los usuarios que participan de los servicios de las unidades operativas. Así mismo la adquisición de papelería y elementos para uso de oficina; solo se aceptará la compra de elementos que no se encuentren dentro del contrato de suministro de papelería y qué estos sean de carácter urgente, inaplazable, indispensable e imprevistos para el cumplimiento de las actividades.
_O232020200662153_COMERCIO AL POR MENOR DE JUEGOS Y JUGUETES, EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS._
Posición presupuestal destinada para la compra de juguetes para las actividades extracurriculares que se realizan a los usuarios de los Centros Proteger.
__
_O232020200662165_ COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DE FERRETERÍA Y HERRAMIENTAS MANUALES, EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS._
Posición presupuestal destinada a cubrir las necesidades en vidrios, llaves, grifería, cerraduras, mínimos arreglos de plomería y electricidad, y adquirir pequeños elementos de ferretería para atender las emergencias y urgencias que se puedan presentar en las actividades que desempeñan las sedes y las diferentes unidades operativas de la Secretaría Distrital de Integración Social. En el caso que los artículos no se requieran para atender urgencias, estos deben ser adquiridos por el contrato vigente de ferretería de la Entidad.
_O232020200662173_ COMERCIO AL POR MENOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS_
Posición presupuestal destinada a la compra de productos farmacéuticos; así como la compra de insumos relacionados con la conservación de la salud de los ciudadanos participantes de los proyectos, que no deban ser asumidos por el sector salud, incluyendo los gastos médicos y los que generen la implementación, dotación, mantenimiento y uso de botiquines de primeros auxilios.
_O232020200662199_ COMERCIO AL POR MENOR DE OTROS PRODUCTOS N.C.P., EN ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS_
Posición presupuestal destinada para la compra de bienes de consumo relacionados con labores operativas y administrativas de la gestión institucional que no sean suministrados por los contratos de la Secretaría Distrital de Integración Social y que estos se requieran de carácter urgente, inaplazable, indispensable e imprevistos para la atención de los usuarios de los proyectos de la entidad. Así mismo la adquisición de chequera para el manejo de los recursos de caja menor.
_O232020200664112_ SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE LOCAL REGULAR DE PASAJEROS_
Posición presupuestal destinada a cubrir los gastos ocasionados por la movilización requerida en desarrollo de la ejecución de los proyectos propios de la intervención, atención y protección de los usuarios, apoyo a las actividades misionales que involucran a personas en riesgo, servicio de mensajería de los proyectos, servicio de transporte de los servidores públicos y contratistas en cumplimiento de sus funciones y demás gastos inherentes a este concepto.
_O232020200882130_ SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN Y CERTIFICACIÓN JURÍDICA._
Posición presupuestal destinada a cubrir los gastos por trámites legales necesarios para la compra de predios, tales como certificados de libertad y tradición, formularios de impuestos de delineación urbana, planos urbanísticos, plano de loteo, avalúos, autenticaciones de documentos, tramites con la Registraduría Nacional del Estado Civil y demás documentos inherentes a este concepto. Así mismo, los servicios relacionados con documentos jurídicos, firma electrónica y certificados digitales.
_O23202020088363201_VENTA DE ESPACIOS PARA AVISOS Y PROPAGANDA EN PERIÓDICOS Y REVISTAS (EXCEPTO A COMISIÓN)._
Posición presupuestal destinada a cubrir los gastos de edictos físicos o electrónicos que requiera publicar en los medios de comunicación la Secretaría Distrital de Integración Social.
_O232020200884120_ SERVICIOS DE TELEFONÍA FIJA (ACCESO)_
Posición presupuestal destinada al pago del servicio público de telefonía fija en cuantías menores que no amerite el trámite administrativo mediante orden de pago de los inmuebles e instalaciones de las unidades operativas de la entidad. La única caja menor autorizada para el pago de servicios públicos es la asignada a la Dirección de Gestión Corporativa.
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_O232020200885951_ SERVICIOS DE COPIA Y REPRODUCCIÓN_
Posición presupuestal que incluye los gastos de fotocopias e impresiones relacionadas con labores operativas y administrativas de la gestión institucional que se requieran de carácter urgente, inaplazable, indispensable e imprevisibles. Es de anotar que las unidades operativas y administrativas que cuenten con servicio de fotocopiado contratado por la Secretaría de Integración Social deberán aportar una certificación firmada por el ordenador del Gasto del consumo al 100% de copias asignadas.
_O232020200886312_ SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD (A COMISIÓN O POR CONTRATO)_
Posición presupuestal destinada al pago de los servicios públicos de energía en cuantías menores que no amerite el trámite administrativo mediante orden de pago de los inmuebles e instalaciones de las unidades operativas de la entidad. La única caja menor autorizada para el pago de servicios públicos es la asignada a la Dirección de Gestión Corporativa.
_O232020200886320_ SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE GAS POR TUBERÍAS (A COMISIÓN O POR CONTRATO)_
Posición presupuestal destinada al pago de los servicios públicos de gas en cuantías menores que no amerite el trámite administrativo mediante orden de pago de los inmuebles e instalaciones de las unidades operativas de la entidad. La única caja menor autorizada para el pago de servicios públicos es la asignada a la Dirección de Gestión Corporativa.
_O232020200886330_ SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POR TUBERÍA (A COMISIÓN O POR CONTRATO)_
Posición presupuestal destinada al pago de los servicios públicos de acueducto en cuantías menores que no amerite el trámite administrativo mediante orden de pago de los inmuebles e instalaciones de las unidades operativas de la entidad. La única caja menor autorizada para el pago de servicios públicos es la asignada a la Dirección de Gestión Corporativa.
_O232020200887151_SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS_
__
Posición presupuestal destinada a cubrir el mantenimiento o reparación de equipos de propiedad de __ la entidad que sean de carácter urgente, inaplazable, indispensable e imprevistos para el cumplimiento __ de las labores operativas y administrativas de la Secretaría de Integración Social. Adicionalmente,__ incluye los insumos para el mantenimiento o reparación de los mismos. En el caso que los __ mantenimientos no se requieran para atender urgencias, estos deben ser adquiridos por los contratos __ vigentes de la Entidad.
__
_O232020200994239_ SERVICIOS GENERALES DE RECOLECCIÓN DE OTROS DESECHOS_
Posición presupuestal destinada al pago de servicios públicos de aseo en cuantías menores que no amerite el trámite administrativo mediante orden de pago de los inmuebles e instalaciones de las unidades operativas de la entidad. La única caja menor autorizada para el pago de servicios públicos es la asignada a la Dirección de Gestión Corporativa.
_O232020200996990_OTROS SERVICIOS DE DIVERSIÓN Y ENTRETENIMIENTO N.C.P._
Posición presupuestal destinada a la realización de actividades sociales, culturales, recreativas, deportivas y comunitarias para los usuarios que se encuentren de tiempo completo en las unidades operativas de la Secretaría Distrital de Integración Social. Incluye los insumos y apoyo logístico necesarios para la realización del evento o salidas pedagógicas.
_O232020200997990_ OTROS SERVICIOS DIVERSOS N.C.P._
Posición presupuestal destinada para la adquisición de servicios relacionados con labores operativas y administrativas de la gestión institucional que beneficie directamente a los ciudadanos participantes de los servicios y proyectos de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO: ORDENADORES DEL GASTO:
Para la administración y manejo de los recursos asignados a cada una de las cajas menores creadas mediante la presente resolución se delega como ordenadores del gasto a los siguientes funcionarios:
No. | NOMBRE DE LA CAJA MENOR | ORDENADOR DEL GASTO ---|---|--- 1 | DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA | Subdirector (a) Administrativo y Financiero 2 | USME SUMAPAZ | Subdirector (a) Local Respectivo 3 | USAQUEN 4 | TUNJUELITO 5 | SAN CRISTOBAL 6 | SUBA 7 | RAFAEL URIBE URIBE 8 | ANTONIO NARIÑO-PUENTE ARANDA 9 | MARTIRES 10 | KENNEDY 11 | FONTIBÓN 12 | ENGATIVA 13 | CIUDAD BOLIVAR 14 | CHAPINERO 15 | SANTAFE - CANDELARIA 16 | BOSA 17 | BARRIOS UNIDOS \- TEUSAQUILLO 18 | CENTRO INTEGRAL DE PROTECCIÓN RENACER | Subdirector (a) para la Discapacidad 19 | CENTRO PROTEGER LA MARIA | Subdirector (a) para la Familia 20 | CENTRO PROTEGER CURNN 21 | CENTRO PROTEGER ANTONIA SANTOS 22 | CENTRO PROTEGER JAIRO ANIBAL NIÑO 23 | CENTRO PROTEGER ALVARO LOPEZ 24 | CENTRO PROTEGER CAMILO TORRES 25 | COMISARÍAS DE FAMILIA 26 | CENTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL BOSQUE POPULAR | Subdirector (a) para la Vejez 27 | CENTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL BELLO HORIZONTE 28 | SUBDIRECCIÓN PARA LA JUVENTUD | Subdirector (a) para la Juventud 29 | SUBDIRECCIÓN PARA LA ADULTEZ | Subdirector (a) para la Adultez 30 | SUBDIRECCION PARA ASUNTOS LGBTI | Subdirector (a) para asuntos LGBTI ARTÍCULO QUINTO: RESPONSABLES DE LA CAJA MENOR: El ordenador del gasto de cada caja menor designará un profesional de planta como responsable para el manejo de la caja menor, para lo cual se deberá atender lo dispuesto en el Procedimiento Ejecución Recursos Caja Menor (PCD-GF-001) de la entidad.
Parágrafo. PRIMERO: Tanto los ordenadores del gasto como los responsables de las cajas menores se encuentran amparados bajo la Póliza Global de Manejo para Entidades Oficiales Nro. 023441477 expedida por la ASEGURADORA ALLIANZ, con vigencia desde el 01 mayo del 2024 hasta el 23 de noviembre de 2025, la cual será renovada para cubrir el resto de la vigencia 2025.
Parágrafo. SEGUNDO: Los servidores públicos ordenadores del gasto, los responsables del manejo de la caja menor, el área de Contabilidad y la Oficina de Control Interno, tendrán en cuenta para el funcionamiento de las cajas menores lo dispuesto en el Decreto Distrital [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) de 2021 _“Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan_ _otras disposiciones”,_ expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., y en la Resolución No. [DDC-000002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120338) de 2022 _“Por la cual se actualiza el Manual para el Manejo y Control Contable de_ _Cajas Menores”_ expedida por el Contador General de Bogotá D.C, o la normativa que la actualice PARÁGRAFO TERCERO: Para efectos de la ejecución y legalización de los recursos asignados a cada caja menor, tanto los ordenadores del gasto como los responsables deben dar cumplimiento al Procedimiento Ejecución Recursos Caja Menor (PCD-GF-001) de la entidad.
Parágrafo. CUARTO: Tanto el ordenador del gasto como el responsable del manejo de la caja menor, responderán disciplinaria, civil, tributaria y penalmente de las acciones y omisiones resultantes de sus actuaciones respecto a la administración de estos fondos.
ARTÍCULO SEXTO: CAMBIO DEL RESPONSABLE: Cuando se cambie en forma definitiva o temporal al responsable de la caja menor, se deberá designar un nuevo responsable mediante memorando del ordenador del gasto conforme a lo señalado en el artículo quinto de la presente Resolución. Adicional, se debe elaborar acta de entrega suscrita por quien entrega y quien recibe, con visto bueno del ordenador del gasto, y debe contener como mínimo la evidencia de entrega de libros de efectivo y bancos actualizados, entrega de todos los documentos soporte de ejecución de la caja menor, incluye chequeras, caja fuerte, facturas, egresos entre otros. La entrega del dinero debe constar en el formato de Arqueo de caja menor FOR-GF-026, debidamente diligenciado y firmado por las partes, el cual es parte integral del acta.
ARTÍCULO SÉPTIMO: PROHIBICIONES Y LIMITACIONES DE LAS CAJAS MENORES: De conformidad con lo dispuesto en el artículo [62](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#62) del Decreto Distrital 192 de 2021 y el numeral 6 del Título [III](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120999#T.3) Generalidades de la Resolución No. DDC-000002 de 2022 de septiembre 02 de 2022, “ _Por la cual se actualiza el Manual para el Manejo y Control Contable de Cajas Menores”_ expedido por la Contaduría General de Bogotá, no se podrán realizar con los fondos de la caja menor ninguna de las siguientes operaciones:
1. Fraccionar compras de un mismo elemento y/o servicio.
2. Adquirir elementos cuya existencia esté comprobada en almacén o se encuentre contratada.
3. Realizar desembolsos para sufragar gastos con destino a órganos diferentes de su propia organización.
4. Efectuar pagos de contratos.
5. Reconocer y pagar gastos por concepto de servicios personales y las contribuciones que establece la ley sobre la nómina, cesantías y pensiones.
6. Cambiar cheques o efectuar préstamos
7. Efectuar contrataciones o realizar gastos para atender servicios de alimentación con destino a reuniones de trabajo.
Así mismo se debe tener en cuanta dentro de las prohibiciones y limitaciones: a) Adquirir bienes y servicios considerados individualmente por cuantía superior a dos (2) SMMLV. b) Efectuar desembolsos que no formen parte del objeto del gasto señalados en la presente Resolución. c) Pagar gastos que no contengan los documentos soporte exigidos para su legalización. d) Efectuar reintegros por obligaciones contraída con anterioridad a la expedición del certificado de disponibilidad presupuestal para la constitución de la caja menor. e) Destinar los recursos de la fuente de financiación 1-100-I012 VA-ESTAMPILLA PROPERSONAS MAYORES para cubrir gastos de unidades operativas distintas a los Centros Día. f) Realizar las compras con medios de pago diferentes al efectivo (pago con tarjeta débito, tarjeta crédito, tarjeta de puntos y cualquier otro que no cuente como efectivo). g) Con los recursos de la caja menor no se debe realizar la compra de productos comestibles y bebidas.
Parágrafo. PRIMERO: Se exceptúan de estas prohibiciones los servicios personales que por concepto de honorarios se deben reconocer y pagar a los auxiliares de la justicia que actúan en los diferentes procesos judiciales, de cobro coactivo y administrativo, de conformidad con las competencias de las respectivas entidades establecidas para tal fin. Esta excepción aplica para la caja menor de la Dirección de Gestión Corporativa. Así mismo, se exceptúan de estas prohibiciones los gastos notariales y procesales, gastos de transporte por mensajería y por procesos de fiscalización y cobro.
Parágrafo. SEGUNDO: Cuando por cualquier circunstancia una caja menor quede inoperante, solo se podrá constituir otra o reemplazarla, cuando la anterior haya sido legalizada en su totalidad.
ARTÍCULO OCTAVO: TOPE MÁXIMO DE DINERO: Los responsables de las cajas menores podrán manejar dinero en efectivo hasta por la cuantía no superior a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir la suma de SIETE MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($7.117.500).
ARTÍCULO NOVENO: LEGALIZACIÓN MENSUAL DE GASTOS: La legalización de los gastos que se realicen con cargo a la caja menor se efectuarán así:
\- Mensualmente cada responsable de la caja menor puede legalizar los gastos efectuados hasta el máximo permitido por la Resolución correspondiente, es decir el 70% del giro inicial.
\- Cada responsable de caja menor deberá presentar a más tardar el cuarto (4) día de cada mes la solicitud de reembolso, con los documentos soporte (Relación de gastos, descuentos tributarios, comprobantes de egreso debidamente numerados y en forma consecutiva, facturas y documentos similares y conciliación bancaria).
\- En el mes de diciembre de 2025, conforme la circular que para tal fin emita la SDIS, se deberá efectuar la legalización definitiva del 100% de los recursos asignados a cada caja menor. Los servidores públicos responsables de las cajas menores presentarán una relación de gastos en los formatos establecidos, anexando los comprobantes de pago con sus soportes, recibos de caja expedidos por Tesorería Distrital donde conste el reintegro de los dineros no ejecutados o descuentos tributarios.
ARTÍCULO DÉCIMO: ARQUEOS DE CAJA MENOR: Independientemente de los arqueos por parte de las oficinas de auditoría, Oficina de Control Interno y las adelantadas por los ordenadores del gasto, la Subdirección Administrativa y Financiera será la responsable de efectuar por lo menos un arqueo a cada una de las cajas menores constituidas mediante esta Resolución. Para aquellos casos en los que el resultado del arqueo sea un sobrante de caja menor el responsable tiene un término de tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de realización del arqueo para efectuar al respectivo reintegro ante la Dirección Distrital de Tesorería, para el caso de los faltantes se procederá a remitir la respectiva notificación a la Oficina de Control Disciplinario Interno para que sea esta quien adelante las gestiones pertinentes.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Copia de la presente Resolución deberá enviarse a las dependencias a las cuales se asignan las cajas menores, la Subdirección Administrativa y Financiera (Asesoría Recursos Financieros) y la Oficina de Control Interno.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no procede recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de enero del año 2025.
ROBERTO CARLOS ANGULO SALAZAR
Secretario Distrital de Integración Social
Nota: Ver norma original en Anexos.
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