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Decreto Local 006 de 2026

Decreto Local 006 de 2026 Alcaldía Local de Teusaquillo

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2026
Fecha
5 de agosto de 2026
Entidad
Alcaldía Local de Teusaquillo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 006 DE 2026

(Agosto 05)

_Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el Acuerdo Local N°[002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193922)de 2026 aprobado por la Junta Administradora Local el 03 de agosto de 2026_

LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá modificado por la Ley 2116 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [317](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#317) del Decreto 645 de 2025 define como excedentes financieros "_Se define el excedente financiero de cada FDL como el saldo sin comprometer del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los FDL son de propiedad del Distrito. El CONFIS Distrital, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos."_ Que el artículo [318](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#318) del Decreto 645 de 2025, "_Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda_ " sobre "_Distribución de Excedentes Financieros",_ señala que _"los excedentes financieros de los FDL se distribuirán entre las localidades atendiendo las necesidades apremiantes no financiadas que determine el CONFIS Distrital"_ Que el artículo [308](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#308) del decreto 645 del 22 de diciembre de 2025, por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda, establece que "_Artículo 308. Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (...) 2. Créditos adicionales. Es el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Cuando durante la ejecución del Presupuesto de los FDL se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la ley, se pueden abrir créditos adicionales de conformidad con las siguientes competencias: (...) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los alcaldes locales correspondientes._ Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) en sesión No. 36 celebrada el día 28 de noviembre de 2025, con fundamento en lo establecido en los artículos [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10) y [78](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#78) del Decreto 714 de 1996, los artículos [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) y [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#42) del Decreto 158 de 2025 y el Acuerdo [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019, realizó una cuarta distribución de los excedentes financieros de los 20 Fondos de Desarrollo Local - FDL generados a 31 diciembre de 2024. Que, mediante la Circular No. 04 de 2025, la Secretaría Técnica del CONFIS comunicó a las alcaldesas y alcaldes locales las decisiones adoptadas por el CONFIS. Particularmente informó que de los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024, fue asignado a la localidad de Teusaquillo el monto de QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($550.000.000) para adicionar específicamente al presupuesto de gastos de inversión 2026. Que, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) presentó ante el CONFIS una solicitud de inyección de recursos por VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($25.280.450.895), provenientes de la distribución de excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local. Estos recursos se destinarían al fortalecimiento de iniciativas culturales, recreativas y deportivas en 13 localidades de la ciudad: Santa Fe, La Candelaria, Teusaquillo, Barrios Unidos, San Cristóbal, Rafael Uribe Uribe, Usaquén, Ciudad Bolívar, Usme, Bosa, Tunjuelito, Kennedy y Chapinero.

Que la ejecución de estas acciones estaría a cargo de la SCRD, como lo señala la Circular CONFIS 04.

Que las estrategias establecidas para la ejecución de los recursos asignados a Teusaquillo son: bibliotecas con DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000); Distritos Creativos con DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000); y, Estar Bien con CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($150.000.000), para un total de QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($550.000.000).

Que la Secretaría Distrital de Planeación con radicado 2-2026-39661 del 15 de julio de 2026 radicó a la Alcaldía Local el _Concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros, en el cual,_ se señala que: _el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo deberá incorporar los recursos recibidos al presupuesto de gastos de inversión de la vigencia 2026. La asignación de los recursos de excedentes está destinada al siguiente proyecto de inversión:_ | CÓDIGO PROYECTO | NOMBRE PROYECTO | VALOR ADICIÓN ---|---|--- 2330 | Teusaquillo: construyendo comunidades creativas | $ 350.000.000 2663 | Teusaquillo impulsa y emprende cultura | $ 200.000.000 TOTAL | $ 550.000.000 Que el CONFIS en sesión No. 06 celebrada el día 29 de abril de 2026 y sesión No. 08 celebrada el 29 de mayo de 2026, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 literal [h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.h)) y en el artículo [78](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#78) del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos [317](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#317) y [318](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#318) del Decreto Distrital 645 de 2025 y el Acuerdo [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019, determinó la cuantía de los excedentes financieros de los 20 Fondos de Desarrollo Local - FDL al cierre del año 2025 y aprobó la primera distribución parcial de los mismos.

Que, mediante la Circular No. 02 de 2026, la Secretaría Técnica del CONFIS comunicó a las alcaldesas y alcaldes locales las decisiones adoptadas por el CONFIS. Particularmente informó que de los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2025, fue asignado a la localidad de Teusaquillo el monto de DOS MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.100.000.000) para adicionar específicamente al presupuesto de gastos de inversión 2026.

Que de las solicitudes de reasignación de excedentes presentadas por los 20 Alcaldes(as) Locales, se asigna una distribución parcial de excedentes financieros 2025 a seis (6) FDL, por valor de ONCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS M/CTE ($11.467.000.000), de los cuales corresponden al Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo MIL SETECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.700.000.000), con la siguiente destinación:

TEUSAQUILLO | | 1.700.000.000 ---|---|--- Fortalecimiento institucional para el desarrollo territorial | Recursos orientados a garantizar CPS en el marco del fortalecimiento institucional de la localidad. | 1.700.000.000 Que atendiendo la solicitud de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) para fortalecer el ecosistema cultural de Bogotá promoviendo un acceso equitativo a la cultura, estimulando el sector creativo y posicionar a la ciudad como un referente cultural destacado, el CONFIS Distrital aprueba un monto total de CINCO MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCO PESOS M/CTE ($5.219.549.105) como parte de la distribución parcial de excedentes financieros 2025, con el fin de continuar con la ejecución de cinco iniciativas estratégicas en articulación con el nivel local: Navidad, Barrios Vivos, la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá, Distritos Creativos y la programación del Centro de Felicidad (CEFE) Chapinero, como se detalla en la siguiente tabla:

FDL/Iniciativas | Navidad | Barrios Vivos | Bibliotecas | Distritos Creativos | Programa CEFE Chapinero | Total ---|---|---|---|---|---|--- SANTA FÉ | 300.000.000 | | | 200.000.000 | | 500.000.000 CANDELARIA | 600.000.000 | | | 200.000.000 | | 800.000.000 TEUSAQUILLO | | | 200.000.000 | 200.000.000 | | 400.000.000 Que la Secretaría Distrital de Planeación con radicado 2-2026-39453 del 14 de julio de 2026 radicó a la Alcaldía Local el Concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros, en el cual, se señala que:

_el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo deberá incorporar los recursos recibidos al presupuesto de gastos de inversión de la vigencia 2026. La asignación de los recursos de excedentes está destinada al siguiente proyecto de inversión:_

_CÓDIGO PROYECTO_ | _NOMBRE PROYECTO_ | _VALOR ADICIÓN_ ---|---|--- _2330_ | _Teusaquillo: construyendo comunidades creativas_ | _$ 200.000.000_ _2663_ | _Teusaquillo impulsa y emprende cultura_ | _$ 200.000.000_ _2664_ | _Teusaquillo eficiente y transparente_ | _$ 1.700.000.000_ __ | _TOTAL_ | _$ 2.100.000.000_ Que la Junta Administradora Local de Teusaquillo, en sesión realizada el día treinta y uno (31) de julio de 2026, sometió a segundo debate, discusión y votación el Proyecto de Acuerdo "_Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo_ ", el cual, conforme al acta 664 de esa misma fecha, con ocho (8) votos positivos y uno (1) negativo se aprueba el acuerdo en mención. Así, se procede a radicar por la Junta Administradora Local el Acuerdo No. [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193922) del día 03 de agosto de 2026, el cual fue sancionado por la alcaldesa en la misma fecha ordenando su publicación en la gaceta distrital.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Teusaquillo,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Adicionar el presupuesto de rentas e ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2026, por valor de DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.650.000.000), correspondiente a excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO | RUBRO | VALOR ADICIÓN ---|---|--- 01 | INGRESOS | $ 2.650.000.000 012 | Recursos de Capital | $ 2.650.000.000 01202 | Excedentes financieros | $ 2.650.000.000 0120203 | Fondos de Desarrollo Local | $ 2.650.000.000 ARTÍCULO 2. Adicionar el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal de 2026, por valor de DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.650.000.000), correspondiente a excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO | RUBRO | VALOR ADICIÓN ---|---|--- 02 | Gastos | $ 2.650.000.000 023 | Inversión | $ 2.650.000.000 02301 | DIRECTA | $ 2.650.000.000 0230117 | Bogotá Camina Segura | $ 2.650.000.000 023011745 | Gobierno Territorial | $ 2.650.000.000 02301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | $ 2.650.000.000 023011745992024233001000 | Teusaquillo: construyendo comunidades creativas | $ 550.000.000 023011745992024266301000 | Teusaquillo impulsa y emprende cultura | $ 400.000.000 023011745992024266401000 | Teusaquillo eficiente y transparente | $ 1.700.000.000 ARTÍCULO 3º._Comunicación_. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese y cúmplase inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

ARTÍCULO 4°.-_Publicación_. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 5º.-_Vigencia_. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=194124).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de agosto del año 2026.

MARIA ANGÉLICA GONZÁLEZ RUSSI

Alcaldesa Local de Teusaquillo

Nota: Ver norma original en Anexos.

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