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Decreto Local 007 de 2026

Decreto Local 007 de 2026 Alcaldía Local de Usme

Tipo
Decreto Local
Número
007
Año
2026
Fecha
31 de julio de 2026
Entidad
Alcaldía Local de Usme
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 007 DE 2026

(Julio 31)

_Por medio del cual se adiciona un día a las sesiones extraordinarias convocadas mediante el Decreto[06](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193799)del 22 de julio de 2026_

LA ALCALDESA LOCAL DE USME

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, la que le confiere el Artículo 32 del Decreto 158 de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto No. [06](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193799) del 22 de julio de 2026, la Alcaldesa Local de Usme convocó a los Ediles de la Junta Administradora Local de Usme a instalar sesiones extraordinarias entre el 25 de julio y el 1 de agosto de 2026, con el objeto de someter a su discusión y aprobación los excedentes financieros aprobados mediante Circular CONFIS No. 2 de 2026.

Que durante el desarrollo de las sesiones extraordinarias se ha evidenciado la necesidad de contar con un mayor espacio de deliberación para garantizar una adecuada discusión, análisis y aprobación de los excedentes financieros. Que, en mérito de lo expuesto, resulta procedente adicionar un día más al término inicialmente previsto, con el fin de continuar con el trámite correspondiente. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º. Adiciónese. Adiciónese el día 2 de agosto de 2026 a las sesiones extraordinarias convocadas mediante el Decreto [06](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193799) del 22 de julio de 2026, con el objeto de continuar con el trámite, discusión y aprobación de los excedentes financieros aprobados mediante Circular CONFIS No. 2 de 2026. Artículo 2º. Comuníquese. Comuníquese el presente decreto a la Mesa Directiva de la Junta Administradora Local de Usme, al correo electrónico [jalusme@gmail.com](mailto:jalusme@gmail.com) Artículo 3º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193850). COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Se expide en la ciudad de Bogotá D.C. en la Localidad de Usme a los 31 días del mes de julio del año 2026.

LEIDI MARCELA PINILLA PINILLA

Alcaldesa Local de Usme

Nota: Ver norma original en los anexos.

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