Resolución 40334 de 2026
Resolución 40334 de 2026 Ministerio de Minas y Energía
- Tipo
- Resolución
- Número
- 40334
- Año
- 2026
- Fecha
- 24 de julio de 2026
- Entidad
- Ministerio de Minas y Energía
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 40334 DE 2026
(Julio 24)
_Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica el artículo[8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193772#8)de la Resolución MME 40559 de 2025, que establece los lineamientos en relación con las estaciones de carga de acceso público para vehículos eléctricos e híbridos enchufables"_
EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por la Ley 143 de 1994, la Ley 1715 de 2014 modificada por la Ley 2099 de 2021, el Decreto 381 de 2012 y el Decreto 1073 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [365](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#365) de la Constitución Política dispone que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y que corresponde a este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional; y los artículos [367](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#367) y [370](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#370) superiores establecen el marco de intervención estatal y las funciones de inspección, vigilancia y control en materia de servicios públicos. Que, el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4631#2) de Ley 143 de 1994, establece que: _"El Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de las funciones de regulación, planeación, coordinación y seguimiento de todas las actividades relacionadas con el servicio público de electricidad, definirá los criterios para el aprovechamiento económico de las fuentes convencionales y no convencionales de energía, dentro de un manejo integral eficiente y sostenible de los recursos energéticos del país, y promoverá el desarrollo de tales fuentes y el uso eficiente y racional de la energía por parte de los usuarios."._ Que, el artículo 2 del Decreto 381 de 2012, modificado parcialmente por el Decreto [1617](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154678) de 2013, establece que son funciones del Ministerio de Minas y Energía: _"(...) 4. Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas de energía y promover, organizar y asegurar el desarrollo de los programas de uso racional y eficiente de energía. (...)"._ Que los artículos [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57353#6) y [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57353#31) de la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley [2099](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114997) de 2021, asignan al Ministerio de Minas y Energía funciones para expedir lineamientos de política energética en materia de gestión eficiente de la energía, y delegan en la CREG el establecimiento de mecanismos regulatorios orientados a incentivar la respuesta de la demanda, con el objeto de desplazar consumos en períodos punta, procurar el aplanamiento de la curva de demanda y responder a requerimientos de confiabilidad.
Que el parágrafo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85510#9.p.5) del artículo 9 de la Ley 1964 de 2019 dispone que el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Minas y Energía, reglamentará las condiciones necesarias para que se puedan incluir puntos de recarga para vehículos eléctricos, fundamento que permite establecer condiciones diferenciadas de conexión para la infraestructura de carga de vehículos eléctricos e híbridos enchufables.
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió la Resolución CREG 075 de 2021, "_Por la cual se definen las disposiciones y procedimientos para la asignación de capacidad de transporte en el Sistema Interconectado Nacional",_ y su Capítulo VII establece disposiciones aplicables a los procesos de conexión y asignación de capacidad, relevantes para la articulación de las solicitudes de conexión de infraestructura de carga en sistemas de distribución local.
Que la CREG expidió la Circular CREG No. 001 de 2023 y sus anexos, mediante la cual publicó los formatos para solicitud de conexión de usuarios a los sistemas de distribución local, señalando expresamente que estos se expiden con base en las disposiciones del Capítulo VII de la Resolución CREG 075 de 2021, que podrán ser adaptados en la forma por los Operadores de Red, y que deben estar disponibles en el sistema de información digital del OR conforme al artículo 41 de dicha resolución.
Que el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución MME 40559 de 2025, "_Por la cual se adoptan lineamientos de interoperabilidad para el reporte, gestión y consulta de información generada por las estaciones de carga de acceso público para vehículos eléctricos e híbridos enchufables y se dictan otras disposiciones_ ", y en su artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193772#8) Conexión a la red, dispuso que el Ministerio de Minas y Energía definirá los lineamientos para acceder a puntos de conexión a la red de energía eléctrica para los prestadores del servicio de carga u Operadores de Puntos de Carga (CPO).
Que la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales del Ministerio de Minas y Energía, mediante memorando con radicado 3-2026-030856 del 05 de junio de 2026, emitió concepto en el que expuso los motivos técnicos y jurídicos que evidencian la necesidad de modificar el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193772#8) de la Resolución MME 40559 de 2025, con el fin de que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) elabore el procedimiento de conexión a la red de energía eléctrica para los prestadores del servicio de carga u CPO. Que, sin perjuicio de las competencias regulatorias de la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG) y de las funciones de vigilancia y control de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de conformidad con lo señalado por la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales, resulta necesario modificar el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193772#8) de la Resolución MME 40559 de 2025 para que sea la citada Comisión quien, en el marco de sus competencias regulatorias definidas a través de las leyes 142 y 143 de 1994, defina el procedimiento aplicable a las solicitudes de conexión y ampliación de carga de infraestructura de carga de vehículos eléctricos, incluido el umbral de potencia a partir del cual proceda un trámite simplificado.
Que una vez analizado y resuelto el cuestionario de la abogacía de la competencia, de que trata el artículo [2.2.2.30.5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193772#2.2.2.30.5). del Decreto 1074 de 2015, por parte de la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales del Ministerio de Minas y Energía, se concluyó que no era necesario remitir el acto normativo a concepto de abogacía de la competencia ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Que en cumplimiento de lo ordenado en el numeral [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8.n.8) del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto normativo se publicó en la página web del Ministerio de Minas y Energía para comentarios de la ciudadanía entre el día 19 de junio de 2026 al 4 de julio de 2026 y los comentarios recibidos fueron analizados y resueltos a través de la Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales en la matriz establecida para el efecto. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1._Objeto_ _._ La presente resolución tiene por objeto modificar el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193772#8) de la Resolución 40559 de 2025, mediante la cual se adoptaron los lineamientos de interoperabilidad para el reporte, gestión y consulta de información generada por las estaciones de carga de acceso público para vehículos eléctricos e híbridos enchufables y se dictan otras disposiciones, por las razones señaladas en la parte motiva de este acto administrativo. Artículo 2._Modificación_. Modifíquese el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193772#8) de la Resolución MME 40559 de 2025, el cual quedará así: _«Artículo 8. Conexión a la red. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), definirá el procedimiento para acceder a puntos de conexión a la red de energía eléctrica para los prestadores del servicio de carga o CPO._ __ _Para tal efecto, el procedimiento que expida la CREG deberá comprender, entre otros, los siguientes aspectos:_ __ _a) Establecer requisitos mínimos de información y documentación para la evaluación de solicitudes de conexión y ampliación de carga asociadas a CPO.»_ __ _b) Promover mecanismos que faciliten y agilicen el acceso a la red eléctrica para los Prestadores del Servicio de Carga y Operadores de Puntos de Carga (CPO), en condiciones de eficiencia, transparencia, neutralidad, homogeneidad y alineado con el marco normativo vigente._ __ _c) Propender por la simplificación, estandarización y trazabilidad de los trámites asociados a las solicitudes de conexión y ampliación de carga para infraestructura de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables._ __ _d) Promover la disponibilidad y publicidad de información técnica relevante para la estructuración de proyectos de infraestructura de carga, incluyendo capacidad disponible, restricciones generales de red y criterios aplicables a los procesos de conexión._ __ _e) Fomentar la implementación de mecanismos de atención y orientación al solicitante que contribuyan a reducir reprocesos y faciliten la adecuada estructuración técnica de las solicitudes._ __ _f) Promover la incorporación de soluciones tecnológicas orientadas a la gestión eficiente de la demanda y la optimización del uso de la capacidad disponible de las redes, de manera que la incorporación de nuevas cargas contribuya a la eficiencia energética, la flexibilidad operativa, la utilización eficiente de la infraestructura existente, el uso racional de la energía y la confiabilidad del Sistema Interconectado Nacional._ _g) Analizar la pertinencia de establecer umbrales de capacidad y demás condiciones técnicas que permitan la aplicación de procedimientos simplificados de conexión y ampliación de carga, preservando la seguridad, confiabilidad, y uniformidad regulatoria en el Sistema Interconectado Nacional._ _h) Establecer las disposiciones transitorias que resulten necesarias para la implementación gradual del procedimiento de acceso a puntos de conexión.»_ Artículo 3._Vigencia_. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C. a los 24 días del mes de julio del año 2026.
EDWIN PALMA EGEA
Ministro de Minas y Energía Nota: Ver norma original en Anexos.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…