Resolución 671 de 2026
Resolución 671 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Subsecretaría de Gobernanza
- Tipo
- Resolución
- Número
- 671
- Año
- 2026
- Fecha
- 6 de julio de 2026
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Subsecretaría de Gobernanza
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 671 DE 2026
(Julio 06)
**_Por medio de la cual se acoge la recomendación del Comité Validador para seleccionar a las personas beneficiarias de los componentes descritos para los_
_Laboratorios de transformaciones culturales para la paz de la Secretaría Distrital de_ _Cultura, Recreación y Deporte, se ordena el desembolso de los incentivos económicos y se dictan otras disposiciones_ LA SUBSECRETARIA DE GOBERNANZA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 90 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte No. 649 de 22 de diciembre de 2025, la Resolución No. 720 del 23 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución No. 430 del 2 de julio de 2024 y,**
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. [435](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193264) del 15 de mayo de 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte", se dispuso que los requisitos y condiciones de participación en los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz” se encuentran establecidos en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”. Que el objetivo general de los Laboratorios se encuentra descrito en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”, en los siguientes términos: _“(…) Establecer los lineamientos necesarios para implementar una metodología de transformación cultural de paz que contribuya a la reparación simbólica, la reconstrucción del tejido social, la reconciliación comunitaria y las garantías de no repetición, en articulación con la justicia transicional y la política pública de víctimas. (…)”._ Que el objetivo general del Hito Cultural “Memorias que transforman: trasmallo de paz, cultura y saberes” __ es Generar un espacio de encuentro, memoria, reconocimiento y visibilización tanto del Hito Cultural como las iniciativas culturales, gastronómicas y culturales desarrolladas por víctimas del conflicto armado participantes del Laboratorio de Transformación Cultura para la Paz de la localidad de San Cristóbal.
Que según lo dispuesto en el Acta de Concertación del Hito Cultural de la localidad de San Cristóbal __ “Memorias que transforman: trasmallo de paz, cultura y saberes” y en la Resolución No. [435](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193264) del 15 de mayo de 2026, se estableció la disponibilidad de recursos para la realización de “Los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz”, el monto de cada laboratorio será asignado conforme la complejidad del laboratorio, las necesidades de cada Hito cultural concertado en la localidad y los criterios de asignación de recursos que defina el Comité Validador interno conformado, para tal efecto, los recursos ascienden a la suma de SETECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($700.000.000) amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal 1003 de abril 9 de 2026, expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera, responsable del Presupuesto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, de los cuales se asigna para la realización del presente laboratorio un monto correspondiente a SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($70.000.000). Que el 26 de Junio de 2026, bajo radicado o 20262100387923, el Comité Validador suscribió el acta de concertación del Hito Cultural, “Memorias que transforman: trasmallo de paz, cultura y saberes” _,_ que surge dentro de la estrategia de Barrios Vivos denominada “Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz” representa una iniciativa trascendental de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) de Bogotá, diseñada para facilitar la reconciliación, la construcción de memoria colectiva y el fortalecimiento del tejido social en la localidad de la ciudad; se define como un ecosistema de proyectos colaborativos orientados a fortalecer la identidad y construir futuros compartidos entre los miembros de las localidades del Distrito. No se trata de una estrategia de subsidios, sino de un espacio de participación y cocreación directa entre comunidades, grupos poblacionales y víctimas del conflicto armado.
Que de conformidad con la Resolución No. 430 del 2 de julio de 2024 _“Por la cual se modifica la Resolución No. 720 del 23 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución No. 229 de 2024 y corregida mediante la Resolución No. 245 de 2024, en el marco del plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2024- 2027 “Bogotá Camina Segura”_, se delegó la ordenación del gasto del proyecto de inversión 8027 denominado _“Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C.”_, a la Subsecretaria de Gobernanza.
Que de conformidad con el parágrafo segundo del artículo primero de la Resolución No. 430 del 2 de julio de 2024, la delegación de que trata el referido acto administrativo implica la suscripción de todos los actos administrativos requeridos para el desarrollo de las convocatorias de fomento, en el marco de lo establecido en el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de Constitución Política de 1991 y los artículos [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#17) y [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#18) de la Ley 397 de 1997. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Acoger la recomendación efectuada por el Comité Validador para seleccionar a las personas beneficiarias de los componentes descritos para los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y en consecuencia otorgar el incentivo económico, como se indica a continuación: | No. | Actividad | Tipo de participante, representante de actividad: | Nombre del participante representante de actividad: | Tipo y Número de Documento de Identidad del representante de actividad: | Valor Incentivo: ---|---|---|---|---|--- 1 | Diseño, construcción e implementación de la galería itinerante del Hito Cultural - Enfoque curatorial. | Persona natural | Dora Luz Cossio Mayoral | CC - 35.545.184 | $ 3.043.484 2 | Estructuración y ejecución de una muestra cultural desde la oralidad - Enfoque exposición. | Persona natural | Julio Cesar Segura Caicedo | CC - 1.087.115.282 | $ 3.043.478 3 | Diseño, construcción e implementación de la galería itinerante del Hito Cultural - Enfoque trasmallo. | Persona natural | Luis Carlos Fuentes Lancheros | CC - 79.001.589 | $ 3.043.478 4 | Planeamiento y desarrollo de una muestra gastronómica - Enfoque atención al público. | Persona natural | Aurora Vallecilla Satizabal | CC - 52.360.266 | $ 3.043.478 5 | Planeamiento y desarrollo de una muestra gastronómica - Enfoque coordinación de espacios. | Persona natural | Neira Maria Meza Castillo | CC - 59.830.109 | $ 3.043.478 6 | Estructuración y ejecución de una muestra cultural desde la oralidad - Enfoque atención al público. | Persona natural | Estela Hernandez Camargo | CC - 23.106.790 | $ 3.043.478 7 | Planeamiento y desarrollo de una muestra gastronómica - Enfoque coordinación conceptual. | Persona natural | Carmen Deyanira Castillo Angulo | CC - 59.668.626 | $ 3.043.478 8 | Diseño curatorial del Objeto de Memoria Individual - Enfoque narrativa del “arraigo/desarraigo”. | Persona natural | Jhysela Ocampo Pineda | CC - 1.017.163.134 | $ 3.043.478 9 | Planeamiento y desarrollo de una muestra gastronómica - Enfoque preparación. | Persona natural | Flor Mary Rivas Mosquera | CC - 35.851.312 | $ 3.043.478 10 | Planeamiento y desarrollo de una muestra gastronómica - Enfoque coordinación logística. | Persona natural | Maria Deyanira Pineda Salazar | CC - 32.391.206 | $ 3.043.478 11 | Diseño, construcción e implementación de la galería itinerante del Hito Cultural - Enfoque árbol. | Persona natural | Gilber Alonso Robledo Viera | CC - 3.645.622 | $ 3.043.478 12 | Diseño, construcción e implementación de la galería itinerante del Hito Cultural - Enfoque luces | Persona natural | Doris Rodriguez Pineda | [Corregido por el art. 1, Resolución 700 del 2026.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193744#1) _< El nuevo texto es el siguiente>_ 51.858.204 _El texto original era el siguiente:_ _CC - 51.851.204_ | $ 3.043.478 13 | Estructuración y ejecución de una muestra cultural desde la oralidad - Enfoque coordinación cultural. | Persona natural | Cesar Heladio Mora Sabogal | CC - 79.391.000 | $ 3.043.478 14 | Estructuración y ejecución de una muestra cultural desde la oralidad - Enfoque exposición. | Persona natural | Elva Ester Pacheco Lopez | CC - 50.910.272 | $ 3.043.478 15 | Planeamiento y desarrollo de una muestra gastronómica - Enfoque preparación. | Persona natural | Olga Lucia Ortiz Oviedo | CC - 66.742.387 | $ 3.043.478 16 | Diseño curatorial del Objeto de Memoria Individual - Enfoque narrativa del “arraigo/desarraigo”. | Persona natural | Maria Belinda Roman Quiceno | CC - 42.784.629 | $ 3.043.478 17 | Planeamiento y desarrollo de una muestra gastronómica - Enfoque coordinación logística. | Persona natural | Yolanda Beatriz Quiñones Mora | CC - 52.010.078 | $ 3.043.478 18 | Diseño curatorial del Objeto de Memoria Individual - Enfoque coordinación logística. | Persona natural | Lisi Livi Jimenez Herrera | CC - 40.796.289 | $ 3.043.478 19 | Diseño curatorial del Objeto de Memoria Individual - Enfoque montaje y desmontaje. | Persona natural | Emanuel Hurtado Galindo | CC - 1.019.843.642 | $ 3.043.478 20 | Diseño curatorial del Objeto de Memoria Individual - Enfoque montaje y desmontaje. | Persona natural | Jose Eliceo Rodriguez Aya | CC - 18.223.354 | $ 3.043.478 21 | Diseño, construcción e implementación de la galería itinerante del Hito Cultural - Enfoque árbol. | Persona natural | Rosa Fabiola Asprilla Ramirez | CC - 35.555.685 | $ 3.043.478 22 | Estructuración y ejecución de una muestra cultural desde la oralidad - Enfoque atención al público. | Persona natural | Yazmin Montero Castillo | CC - 1.069.873.392 | $ 3.043.478 23 | Diseño, construcción e implementación de la galería itinerante del Hito Cultural - Enfoque maletas y/o baúles. | Persona natural | Asnoraldo Hurtado Quintero | CC - 82.383.517 | $ 3.043.478
ARTÍCULO SEGUNDO: Realizar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano – Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, los trámites correspondientes para la expedición del certificado de registro presupuestal a cada uno de los beneficiarios establecidos en cada uno de los componentes por el valor del incentivo indicado en el artículo primero de la presente resolución, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1003 del 9 de abril de 2026.
ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, los trámites correspondientes para el pago de los incentivos económicos, de conformidad con los montos establecidos para cada uno de los beneficiarios, indicados en las respectivas actas de concertación y la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”.
Parágrafo. El desembolso se hará posterior de la propuesta de hito cultural, y estará sujeto a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja -PAC-. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el beneficiario, dependiendo de su condición tributaria.
ARTÍCULO CUARTO: Reiterar que, con la aceptación del incentivo económico, los beneficiarios se comprometen a cumplir con los compromisos contemplados en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales” en el apartado “Deberes de los beneficiarios del incentivo”, y aquellos establecidos en la respectiva Acta de Concertación del Hito Cultural, teniendo en cuenta igualmente que la citada guía establece que: _“(…) Todos los deberes aquí enunciados forman parte integral del rol del beneficiario como corresponsable de la acción cultural en el territorio. Su incumplimiento podrá derivar en la revocatoria del incentivo, la reconfiguración del hito o la exclusión del proceso, conforme a los criterios definidos por la SCRD.”_.
ARTÍCULO QUINTO: La fecha máxima de ejecución del Hito Cultural es hasta el 30 de Julio de 2026, de conformidad con lo indicado en el acta del Hito Cultural.
ARTÍCULO SEXTO: El seguimiento a la ejecución de los compromisos específicos de los beneficiarios, de acuerdo con lo establecido en la _GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES_, corresponderá al funcionario o contratista designado por la Dirección de Asuntos Locales y Participación.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66, 67 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA-, el contenido del presente acto administrativo a los beneficiarios señalados en el artículo primero, a través del correo electrónico registrado y autorizado para tal fin.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la herramienta Orfeo, para lo de su competencia.
ARTÍCULO NOVENO: Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO DÉCIMO: La presente resolución rige a partir de su expedición y contra ella procede el recurso de reposición en los términos de los artículos [74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#74) y [76](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#76) de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de julio del año 2026.
ANA MARÍA BOADA AYALA
Subsecretaria de Gobernanza
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Nota: Ver norma original en Anexos.
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