Resolución 034 de 2026
Resolución 034 de 2026 Alcaldía Local de Santa Fe
- Tipo
- Resolución
- Número
- 034
- Año
- 2026
- Fecha
- 24 de junio de 2026
- Entidad
- Alcaldía Local de Santa Fe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 034 DE 2026
(Junio 24)
_Por medio de la cual se posesiona el Consejo Local de Vendedores Informales de la Localidad de Santa Fe_
EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#1)º de la Constitución Política establece que Colombia es un Estado Social de Derecho, democrático, participativo y pluralista, fundado en el respeto de la dignidad humana y en la prevalencia del interés general.
Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#2)º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#13) de la Constitución Política establece que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, y que el Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, adoptando medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
Que el artículo [103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#103) de la Constitución Política establece que el Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía, con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública.
Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía, celeridad e imparcialidad, lo cual obliga a la Administración a adoptar todas las medidas necesarias para que los fines de los procesos participativos se cumplan efectivamente.
Que la Corte Constitucional, mediante Sentencia T-[772](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9984) de 2003, ordenó a la Administración Distrital garantizar la participación activa de los representantes de ks vendedores informales en los procesos de formulación, evaluación y seguimiento de las políticas que los afectan, mandato que impone a esta entidad el deber de adoptar todas las medidas conducentes para asegurar la plena conformación de los órganos de representación previstos en el ordenamiento distrital.
Que mediante la Resolución No. 410 de 2025, modificada sucesivamente por las Resoluciones No. [453](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191708) de 2025, 513 de 2025, 536 de 2025 y 079 de 2026, el Instituto para la Economía Social-IPES- estableció el cronograma y las reglas para el proceso de convocatoria, Inscripción, verificación de requisitos, elección y conformación de los Consejos Locales de Vendedores(as) Informales y del Consejo Distrital de Vendedores Informales. Que, en cumplimiento del cronograma vigente, se adelantaron las etapas de elección, publicación de resultados, recepción y revisión de reclamaciones, agotando así la etapa prevista en el artículo décimo octavo de la Resolución 513 de 2025, modificada por la Resolución 536 de 2025, y 079 de 2026.
Que el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142119#6)º del Acuerdo Distrital 896 de 2023 dispone que cada Consejo Local de Vendedoras y Vendedores Informales estará compuesto por siete (7) o nueve (9) integrantes con voz y voto, elegidos de forma nominal, según la población de vendedores registrada en cada localidad, constituyendo este número un requisito estructural de conformación válida del órgano y no un mero quórum de funcionamiento.
Que el Instituto para la Economía Social IPES certifico la validez del proceso electoral, el cumplimiento de las reglas del cronograma y la conformación del Consejo Local conforme a lo dispuesto en el Acuerdo [896](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142119) de 2023.
Que una vez agotada la jornada electoral ordinaria (celebrada los días 13 y 14 de abril de 2026), la correspondiente etapa de reclamaciones, y la posterior ejecución de la jornada electoral complementaria (realizada el 20 y 21 de mayo de 2026), con la respectiva etapa de reclamaciones, el IPES consolido los resultados electorales definitivos y efectuada la verificación del número de curules y las cuotas mínimas de género, el resultado final para la Alcaldía Local de Santa Fe se estructuro bajo los parámetros normativos generales y establecidos en la resolución No. 154 de 2026, quedando así: En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Posesionar a los Consejeros y Consejeras del Consejo Local de Vendedores Informales de la Localidad de Santa Fe para el periodo 2026-2030, a partir del 25 de junio de 2026, quienes se enlistan a continuación: ARTÍCULO 2**: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
ARTÍCULO 3: Contra la presente resolución no proceden recursos en la vía administrativa, por tratare, de un acto de ejecución de un proceso electoral previamente agotado. Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de Junio del año 2026.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
DIEGO ALEJANDRO LOPEZ LÓPEZ
ALCALDE LOCAL DE SANTA FE
NOTA: Ver norma original en Anexos.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…