Decreto Local 009 de 2026
Decreto Local 009 de 2026 Alcaldía Local de Fontibón
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 009
- Año
- 2026
- Fecha
- 17 de junio de 2026
- Entidad
- Alcaldía Local de Fontibón
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 009 DE 2026
(Junio 17)
_Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto anual de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2026_
ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 308 del Decreto Único Sectorial 645 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
_Q_ ue la Resolución No. SHD-[000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017 _"Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital", expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, expone numeral en el 3.9.1 Traslado presupuestal del Módulo 3 de dicho Manual, lo siguiente: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaria Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión._ Que el artículo [109](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#109) del Decreto Único Sectorial 645 de 2025 "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda" señala que: "_Articulo 109. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación_ _. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y las Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o par decreto del Alcalde Local En el caso de les establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivas. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requería, además, del concepto favorable de la Secretaria Distrital de Planeación._ _Parágrafo_ _._Se exceptúan del concepto y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario_, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Actives fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otras Gastos Generales)" (subraya fuera del texto)._ Que el artículo [308](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#308) del Decreto 645 de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L. Modificaciones Presupuestales: "_Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:_ _1.Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal entre agregados presupuestales aprobados por la JAL La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo FDL._ __ _Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el o alcaldesa alcalde o alcaldesa local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (...)_ __ _(...) Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los FDL. que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por las JAL, se harán mediante decreto del alcalde o alcaldesa local._ Que, mediante el Acuerdo Local [055](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192577) del 15 de diciembre del 2025 la Junta Administradora Local expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal de 2026; y mediante el Decreto Local [024](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192696) del 29 de diciembre de 2025, se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Alcaldía Local de Fontibón para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Que, la Alcaldía Local de Fontibón en procura de cumplir con sus obligaciones legales y administrativas, contempló, a través del Plan Anual de Adquisiciones, atender entre otras las tres (3) siguientes necesidades, a saber: 1. Adelantar un proceso contractual cuyo objeto será: "_Contratar el servicio integral de mantenimiento, recarga y compra de los medios de protección contra incendios (extintores, detectores y kit para control de derrames) y de los elementos de los botiquines de primeros auxilios y gabinetes porta botiquines, para todas las sedes de la Alcaldía Local de Fontibón_ ", en cumplimiento de sus funciones misionales, así como de la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo. La ejecución de este servicio permitirá asegurar la disponibilidad, operatividad y adecuado estado de los equipos y elementos destinados a la atención de emergencias, contribuyendo a la protección de funcionarios, contratistas, visitantes y ciudadanía en general. Que, se garantizará la existencia de los insumos y equipos de primeros auxilios necesarios para brindar una respuesta oportuna y eficaz ante cualquier eventualidad que pueda presentarse en las instalaciones de la entidad, fortaleciendo las condiciones de seguridad y mitigando los riesgos asociados a la operación de las diferentes sedes de la Alcaldía Local. Que, la Alcaldía Local de Fontibón, al ser una entidad de carácter pública, con alta afluencia de funcionarios y ciudadanos, debe garantizar que todos los espacios cuenten con extintores operativos y adecuados según los riesgos específicos. Su presencia y mantenimiento periódico contribuyen a: _Reducir riesgos de incendio_: Permiten la intervención inmediata en conatos de incendio, evitando su propagación. _Proteger vidas humanas_: Un extintor en buen estado puede salvar vidas al contener un incendio antes de que se vuelva incontrolable. _Cumplir con la normatividad vigente_: Según la Norma Técnica Colombiana NTC 2885, es obligatorio realizar inspecciones y mantenimientos periódicos a los extintores. _Preservar la infraestructura_: La rápida actuación con un extintor puede minimizar daños en edificios y equipos costosos. _Garantizar la continuidad del servicio público_: Un incendio sin control puede afectar la prestación de servicios esenciales a la ciudadanía. Que, la normativa vigente en Colombia establece la obligatoriedad del mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios. Algunas de las normas aplicables incluyen: _NTC 2885:_ Procedimiento para el mantenimiento de extintores portátiles. __ _NTC 3808:_ Inspección, prueba y mantenimiento de extintores. __ _NFPA 10:_ Norma internacional para la selección, uso e inspección de extintores. __ _Decreto 1072 de 2015_: Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), que exige la disponibilidad y mantenimiento de extintores en instalaciones públicas y privadas. Que, de acuerdo con lo expuesto, se hace necesaria la adquisición, revisión, inspección, mantenimiento y recarga de los extintores de la Alcaldía Local de Fontibón, considerando que los mismos constituyen un elemento fundamental a la hora de salvar vidas y bienes ante una posible conflagración o desastre por incendio. Su mantenimiento se realiza anualmente con el fin de garantizar su disponibilidad para cualquiera de estas ocasiones. Así mismo debe darse cabal cumplimiento a las normas en materia de seguridad industrial frente a este tipo de equipos y que en el caso de una emergencia, funcionen y cumplan con su propósito. Que, la adquisición de botiquines de primeros auxilios para sedes y vehículos (volqueta) se justifica como una necesidad funcional y de cumplimiento normativo, su adquisición permite garantizar las condiciones mínimas de seguridad y protección de la vida de los servidores públicos, usuarios y terceros que se encuentran en el entorno laboral y en las rutas de desplazamiento de la entidad, en desarrollo de lo previsto en la normativa vigente en materia de salud ocupacional, prevención de riesgos laborales y seguridad vial. 2. Adicionar recursos al contrato identificado con el No. FDLF-CSU-525-2025, suscrito con el contratista COMERCIALIZADORA ELECTROCON S.A.S., identificado con NIT 830.073.899-8, cuyo objeto es "_Suministrar los elementos de ferretería requeridos para realizar reparaciones o mejoras de tipo locativo de los bienes inmuebles y muebles a cargo del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón_ " Que, la Alcaldía Local de Fontibón, con el objetivo de garantizar una planta física en óptimas condiciones para el adecuado desarrollo de las actividades de los funcionarios, contratistas y la ciudadanía en general, suscribió un contrato de suministro de elementos de ferretería destinados a la ejecución de mantenimientos locativos, preventivos y correctivos. Que, el objeto del contrato consiste en el suministro de elementos de ferretería requeridos para la ejecución de arreglos locativos en la infraestructura de la Alcaldía Local de Fontibón. Dichos insumos son utilizados en actividades de plomería, mantenimiento eléctrico, adecuación y reparación de mobiliario, cambio de tabletas de piso, trabajos de pintura, entre otros. Que, a través del contrato de ferretería, la Alcaldía Local de Fontibón garantiza la disponibilidad oportuna de herramientas y materiales necesarios para mantener en óptimas condiciones todas las sedes que conforman su estructura administrativa, contribuyendo al bienestar y la seguridad de los funcionarios, contratistas y ciudadanos que hacen uso de dichas instalaciones. Que, aunado a lo anterior, actualmente se vienen adelantando reparaciones y mejoras de tipo locativo indispensables para el adecuado funcionamiento y embellecimiento de las instalaciones de todas las sedes de la administración local, razón por la cual resulta necesario asegurar el suministro continuo de los elementos de ferretería requeridos para la ejecución de dichos mantenimientos. Que, la Alcaldía Local de Fontibón había contemplado inicialmente la proyección de recursos para la contratación del contrato de suministro de ferretería por el término de un (1) año. No obstante, considerando que el contrato de ferretería actualmente se encuentra en ejecución y que, de conformidad con la normativa vigente, es susceptible de adición hasta alcanzar el límite legal del cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, se hace necesario garantizar la disponibilidad de los recursos financieros requeridos.
Que en la vigencia 2025, el contrato citado se suscribió incluyendo 17 rubros, pero para la vigencia 2026 se unificaron en un sólo rubro _0212020200662165 Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados_, razón por la cual se requiere trasladar el recurso a dos (2) de los rubros que contemplaba el contrato desde su registro presupuestal inicial. 3. Garantizar la cobertura de todos sus bienes a través del programa de seguros, por lo que se requiere aumentar la apropiación del recursos derivados del incremento de SMMLV el cual implica un ajuste en los valores asegurados, de acuerdo con la carta remitida por la Aseguradora Solidaria de Colombia de fecha 14 de mayo 2026 para el rubro _O21202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual_ por un valor de $7.921.520 y para realizar la cobertura de la volqueta adquirida por el Fondo destinada a apoyar las actividades de recolección de materiales, traslado de elementos de ferretería y recuperación de la malla vial, en concordancia con las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Local a través del rubro _0212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores_ por un valor de $11.519.437 la cual fue recibida por el Fondo en la vigencia 2026. Que, aunque dicho vehículo se encuentra incluido dentro de la póliza de Todo Riesgo, resulta necesario disponer de los recursos presupuestales correspondientes para asumir los costos derivados de su aseguramiento y garantizar el cumplimiento del programa de seguros de la entidad. Que, a través de los diferentes proyectos de inversión y rubros de funcionamiento, la entidad adquiere de manera permanente bienes y elementos que deben ser incorporados al inventario institucional y amparados mediante las pólizas que integran el programa de seguros. En consecuencia, se requiere garantizar la disponibilidad de los recursos necesarios para atender la inclusión y actualización de dichos bienes dentro de las coberturas contratadas, de acuerdo con la información reportada trimestralmente por el almacén, asegurando la adecuada gestión de los riesgos asociados, la protección del patrimonio público y el cumplimiento de las obligaciones institucionales en materia de aseguramiento. Que, una vez revisada la ejecución presupuestal de la Alcaldía Local de Fontibón con corte al 11 de junio de 2026, y en concordancia con las líneas establecidas en el Plan Anual de Adquisiciones, se evidenció que los siguientes rubros actualmente tienen disponibilidad susceptible de ser objeto de traslado presupuestal, sin que ello afecte la continuidad de los servicios ni el normal funcionamiento de la entidad, teniendo en cuenta las justificaciones por rubro que se presentan a continuación: 02120201002082822102 - Prendas exteriores de algodón en tejido de punto cuenta actualmente con una apropiación disponible de DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL. PESOS ($2.673.000): actualmente el FDLF tiene en ejecución el contrato para el suministro de elementos de protección personal y prendas para vestir, FDLF-CSU-476-2025, el cual inició en el mes de noviembre de la vigencia 2025, garantizando la atención de las necesidades previstas para la vigencia 2026 por haber surtido un proceso de subasta inversa, donde los precios ofertados generaron una mayor cobertura de la inicialmente contemplada, por lo cual es susceptible de trasladar todo el recurso. 02120201002082823610 Overoles para trabajo registra una apropiación disponible de UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL PESOS ($1.547.000): actualmente el FDLF tiene en ejecución el contrato para el suministro de elementos de protección personal y prendas para vestir, FDLF-CSU-476-2025, el cual inició en el mes de noviembre de la vigencia 2025, garantizando la atención de las necesidades previstas para la vigencia 2026 por haber surtido un proceso de subasta inversa, donde los precios ofertados generaron una mayor cobertura de la inicialmente contemplada, por lo cual es susceptible de trasladar todo el recurso.
02120201002092933010 Calzado de cuero para protección dispone de una apropiación disponible de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL PESOS ($4.951.000): actualmente el FDLF tiene en ejecución el contrato para el suministro de elementos de protección personal y prendas para vestir, FDLF-CSU-476-2025, el cual inició en el mes de noviembre de la vigencia 2025, garantizando la atención de las necesidades previstas para la vigencia 2026 por haber surtido un proceso de subasta inversa, donde los precios ofertados generaron una mayor cobertura de la inicialmente contemplada, por lo cual es susceptible de trasladar todo el recurso. 02120 20200662165 Comercio al por menor de artículos de ferretería y herramientas manuales, en establecimientos no especializados actualmente cuenta con una apropiación disponible de CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000) de los cuales, son susceptibles de trasladar DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS $19.440.957 para apropiar recursos que permitan atender las necesidades de cobertura de seguros descritas en el numeral 3. La diferencia resultante será destinada a la adjudicación del nuevo proceso de ferretería proyectado para el mes de octubre de 2026. 02120201003023214304 Papel y cartón multicapas cuenta con una apropiación disponible de SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($75.300.000) de los cuales, son susceptibles de un trasladar VEINTIOCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOCE PESOS $28.993.012 para apropiar recursos que permitan atender las necesidades de cobertura descritas en el numeral 1. Lo anterior teniendo en cuenta que, con los inventarios actuales de insumos de papelería y el proceso de subasta que se va a adelantar, se proyecta atender cabalmente la necesidad del Fondo con el recurso disponible. La diferencia resultante será destinada a la adjudicación del nuevo proceso de papelería y útiles para oficina proyectado para el mes de agosto 2026. 02120201003023262003 Catálogos, folletos y otras impresiones publicitar cuenta con una apropiación disponible de QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000) de los cuales, son susceptibles de un trasladar CINCO MILLONES DE PESOS $5.000.000 para apropiar recursos que permitan atender las necesidades de cobertura de seguros descritas en el numeral 1. Actualmente se encuentra en ejecución del contrato FDLF-CPS-503-2025 donde se está ejecutando los recursos de la vigencia 2025 de este mismo rubro y aun se cuenta con recurso disponible, por lo que no se requerirá la totalidad de la suma inicialmente proyectada. La diferencia resultante será destinada para la adición al rubro de funcionamiento del CPS 503-2025. 02120201003023212801 Papel bond actualmente cuenta con una apropiación disponible de TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL PESOS $37.134.000, de los cuales son susceptibles de un trasladar SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CIENTO VEINTIOCHO PESOS $6.520.128 para apropiar recursos que permitan atender las necesidades de cobertura de seguros descritas en el numeral 1. Lo anterior teniendo en cuenta que, con los inventarios actuales de insumos de papelería y el proceso de subasta que se va a adelantar, se proyecta atender cabalmente la necesidad del Fondo con el recurso disponible. La diferencia resultante será destinada a la adjudicación del nuevo proceso de papelería y útiles para oficina proyectado para el mes de agosto 2026. Que, la Alcaldía Local de Fontibón en procura de cumplir con sus obligaciones legales y administrativas, contempló, a través del Plan Anual de Adquisiciones, atender las siguientes necesidades que, una vez realizados los estudios de mercado y el análisis de las necesidades actuales, determinó que se requiere apropiar en los rubros citados a continuación: -. Aumentar la apropiación en el concepto de gasto 02120201003053529901 Botiquines para emergencia por un valor de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS $4.262.257. Una vez efectuada la apropiación en el concepto de gasto correspondiente, el rubro asciende a la suma de $4.562.257. -. Aumentar la apropiación en el concepto de gasto 02120201003053544203 Mezcla química para extintores por un valor de SETECIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS $701.539. Una vez efectuada la apropiación en el concepto de gasto correspondiente, el rubro asciende a la suma de $2.201.539. -. Incluir el concepto de gasto 02120201003073737001 Azulejos y baldosas de porcelana y apropiar recursos por valor de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL SESENTA Y CUATRO PESOS $3.260.064. Una vez efectuada la apropiación en el concepto de gasto correspondiente, el rubro asciende a la suma de $3.260.064.
-. Aumentar la apropiación en el concepto de gasto O2120201004034392302 Extinguidores de incendio por un valor de TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS PESOS $38.200.216. Una vez efectuada la apropiación en el concepto de gasto correspondiente, el rubro asciende a la suma de $41.700.216. -. Incluir el concepto de gasto 02120201004064651009 Lámparas eléctricas industriales y apropiar recursos por valor de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL SESENTA Y CUATRO PESOS $3.260.064. Una vez efectuada la apropiación en el concepto de gasto correspondiente, el rubro asciende a la suma de $3.260.064. -. Incluir el concepto de gasto 021202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual y apropiar recursos por valor de $7.921.520. Una vez efectuada la apropiación en el concepto de gasto correspondiente, el rubro asciende a la suma de $7.921.520 -. Incluir el concepto de gasto 0212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores y apropiar recursos por valor de $11.519.437 Una vez efectuada la apropiación en el concepto de gasto correspondiente, el rubro asciende a la suma de $311.519.437. Que, por lo anterior, existen SESENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE $69.125.097, disponibles, que pueden ser contracreditados en un traslado presupuestal para satisfacer las necesidades expuestas por la entidad anteriormente. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Fontibón,
DECRETA:
Artículo 1º \- Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2026 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle: Artículo 2º.- Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle: Artículo 3 º.- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo. Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá D.C. a los 17 días del mes de junio del año 2026.
PAOLA ANDREA OSORIO LOZANO
Alcaldesa Local de Fontibón
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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