Resolución 639 de 2026
Resolución 639 de 2026 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Tipo
- Resolución
- Número
- 639
- Año
- 2026
- Fecha
- 29 de abril de 2026
- Entidad
- Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 639 DE 2026
(Abril 29)
_Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte_
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales y, en especial de las conferidas por el numeral 5º del artículo 5º del Acuerdo 4 de 1978 y el numeral 7° del artículo 2 de la Resolución 002 de 2023 de Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [122](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#122) de la Constitución Política consagra que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la Ley o Reglamento.
Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, el Decreto Ley [785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127) de 2005 y el Decreto Reglamentario [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015 consagran que las entidades deben expedir sus Manuales Específicos de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales de los empleos que forman la planta de personal.
Que mediante las Resoluciones de Junta Directiva Nos. [007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143638) del 21 de junio de 2022, [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143640) del 24 de mayo de 2023 y [014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191336) del 30 de octubre de 2025, se modificó la estructura organizacional, y las funciones asignadas a las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Que mediante las Resoluciones de Junta Directiva Nos.003 del 24 de mayo de 2023 y [015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191649) del 30 de octubre de 2025, se modificó la Planta de Personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Que mediante Resolución 788 de 2019, se adoptó el manual específico de funciones y de competencias laborales para los empleos de la planta de personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, la cual fue modificada por las Resoluciones citadas a continuación: No. [254](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=98245) del 24 de agosto de 2020; No. [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105191) del 13 de enero del 2021, No. [1001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=145725) del 29 de noviembre de 2021; No. [901](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143877) del 03 de agosto de 2022; No. [802](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143858) del 10 de julio de 2023, No. [225](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153142) del 13 de febrero de 2024; No. [1443](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=164798) del 02 de octubre de 2024; No. [135](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=173117) del 31 de enero de 2025 y No. [1352](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191399) del 30 de octubre de 2025.
Que el Decreto Nacional No. 1083 de 2015, en su artículo [2.2.2.6.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.2.6.1), del Decreto Nacional 1083 de 20151, establece: _ARTÍCULO 2.2.2.6.1_ _Expedición. Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente Titulo expedirán el manual especifico de funciones y de competencias laborales describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio. La adopción, adición, modificación o actualización del manual especifico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Titulo. Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo o entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias laborales y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas._ __ _(...)_ _PARÁGRAFO 3. La administración antes de publicar el acto administrativo que adopta o modifica el manual de funciones y competencias y su estudio técnico, en aplicación del numeral[8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43202#8.n.8) del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la adopción y expedición del respectivo acto administrativo. (...)_ Que de acuerdo con lo anterior y conforme al análisis efectuado por el proceso de Gestión de Talento Humano del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, por necesidades del servicio, en virtud de la modificación de la planta de personal, se considera procedente modificar las Resoluciones de la Dirección General Nos. 788 de 2019 y [1352](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191399) de 2025, con el fin de realizar la modificación de la ficha del empleo denominado Secretario General, del nivel Directivo, Código 054, Grado 03, así como la creación de una ficha para el empleo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 07, adscrito a la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte.
Que mediante oficios con número de radicación IDRD, 20263100095721, 20263100095751, 20263100095771, 20263100095811 y 20263100095831 del 16 de marzo de 2026, se socializó la modificación al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, a los sindicatos de la Entidad en cumplimiento de lo establecido en la Directiva Conjunta 002 de 2024 que dispone que se dejará constancia del proceso de consulta adelantado con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará a conocer el alcance de la modificación o actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales y se escucharán sus observaciones e inquietudes.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2-2026-5352 del 28 de abril de 2026, expidió el concepto técnico favorable para la modificación del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal de Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD. Que, en mérito de lo expuesto, este despacho
RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del cargo de Secretario General Grado 054-03, adoptado por medio de Resolución [225](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153142) del 2024, en el sentido de ajustar las funciones del mismo, quedando de la siguiente manera: Articulo 2.-Modificar parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en el sentido de adicionar una ficha para el cargo Profesional Especializado Código 222 Grado 07 de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte - IDRD. Artículo 3.- Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD- Artículo 4.- La presente resolución rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las Resoluciones 788 de 2019 y [1352](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191399) del 2025 y demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de abril del año 2026.
DANIEL ANDRÉS GARCÍA CAÑÓN
Director General
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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