Resolución 414 de 2026
Resolución 414 de 2026 Secretaría Distrital de Hacienda
- Tipo
- Resolución
- Número
- 414
- Año
- 2026
- Fecha
- 24 de abril de 2026
- Entidad
- Secretaría Distrital de Hacienda
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCION 414 DE 2026
(Abril 24)
_Por la cual se reconoce de forma oficial el Listado de Gestores y Gestoras de Integridad de la Secretaría Distrital de Hacienda_
LA DIRECTORA DEL TALENTO HUMANO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA
En ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida en el numeral 21 del artículo 72 de la Resolución SDH-000122 de 2025 y
CONSIDERANDO:
Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones y el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que el Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017, modificó el Decreto Nacional [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo [133](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61933#133) de la Ley 1753 de 2015 y actualizó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
Que el artículo [2.2.22.2.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.22.2.1) del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261#1)° del Decreto Nacional 1499 de 2017, dispuso que las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186) de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demás líderes, se denominará políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderán, entre otras, la política de Talento Humano y la política de Integridad.
Que el numeral 1 del artículo [2.2.22.3.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.22.3.3) del decreto mencionado señaló como uno de los objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, "_Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas"._ Que teniendo en cuenta los parámetros del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG y de la Política de Integridad, el Departamento Administrativo de la Función Pública desarrolló un Código de Integridad, con las características del ser, general, conciso y en el cual se establecieron unos mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del país. Cada uno de los valores que incluyó el Código, determinó una línea de acción cotidiana para los servidores, quedando compendiados cinco (5) valores así: i) Honestidad; ii) Respeto; iii) Compromiso; iv) Diligencia; y, v) Justicia.
Que mediante el Decreto Distrital [640](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861) de 2025, Único del Sector Gestión Pública, se derogó y compiló el Decreto Distrital [118](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75403) de 2018, por el cual se adoptó el Código de Integridad del Servicio Público para todas las entidades del Distrito Capital, y en su inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75403#340.i.2)° del artículo 340 se indica que el reconocimiento de forma oficial del listado de Gestores/as de Integridad se llevará a cabo mediante acto administrativo.
Que mediante Resolución SDH-000184 de 2018 se adoptó el Código de Integridad para la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión Versión 6.1 expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP en febrero de 2026, indica que el propósito de la política de Integridad es _"institucionalizar la cultura de integridad como un proceso amplio y transversal al servicio público para garantizar el desempeño institucional responsable y el comportamiento probo de los servidores en función del interés general, a partir de: la apropiación de los valores del servicio público; fortalecer e integrar mecanismos, instrumentos administrativos y orientaciones que garanticen la idoneidad en la prestación del servicio; y la apertura del servidor público al diálogo con la ciudadanía."_ Que mediante la Resolución No. STAHU-000190 de 2025, se actualizó el listado de reconocimiento oficial de Gestores y Gestoras de integridad en la Secretaría Distrital de Hacienda. Que, conforme lo señala el artículo [340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#340) del Decreto Distrital 640 de 2025, se realizó la convocatoria para que los servidores interesados se postularan voluntariamente para ser parte del equipo de gestores de integridad durante el periodo comprendido entre el 2 de marzo y el 11 de marzo de 2026.
Que posteriormente, se surtió la etapa de validación de las postulaciones por parte de compañeros de área y del jefe directo de las servidoras y servidores postulados entre el 18 de marzo y el 20 de abril de 2026.
Que la Dirección del Talento Humano, entre el 20 de abril y el 21 de abril 2026 verificó que los postulantes cumplieran con el perfil requerido. Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario reconocer de forma oficial el listado de gestores y gestoras de integridad de la Secretaría Distrital de Hacienda, cuya misión es liderar y apoyar la implementación, sensibilización e interiorización de la gestión de integridad en la entidad. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1 º. Reconocer de forma oficial el listado de Gestores y Gestoras de Integridad de la Secretaria Distrital de Hacienda, conformado por los(las) servidores(as) públicos(as) relacionados(as) a continuación: Artículo 2** º. Los servidores (as) públicos (as) mencionados (as) en el artículo anterior, quienes de manera libre y voluntaria manifestaron su interés en hacer parte del listado de Gestores de Integridad, de la misma manera podrán en cualquier momento, manifestar por escrito ante la Dirección del Talento Humano su decisión de retirarse de dicho listado.
Parágrafo. La calidad de integrante del Listado de Gestores de Integridad de esta Secretaría desaparece automáticamente por la cesación en el ejercicio de funciones públicas, originada por el retiro definitivo del servicio por cualquiera de las causales previstas en artículo [2.2.11.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.11.1.1) del Decreto Nacional 1083 de 2015. Artículo 3°. Modificación del Listado de Gestores de Integridad. La administración, cuando lo considere conveniente, podrá hacer nueva convocatoria para modificar o conformar un nuevo Listado de Gestores de Integridad, la cual, en todo caso, será obligatoria cuando el número de sus integrantes se reduzca a diez (10) integrantes o menos. Artículo 4º. Además de lo dispuesto en el artículo [342](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#342) del Decreto Único Sectorial 640 de 2025, el equipo de Gestores y Gestoras de Integridad de la Secretaría Distrital de Hacienda propenderá por la realización de las siguientes actividades: 1. Promover la articulación de los programas, proyectos y estrategias de integridad del Distrito Capital, con las iniciativas que a nivel interno desarrolle la Entidad, incluyendo la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). 2. Proponer planes de acción para dinamizar la gestión de Integridad con el fin de que se incluyan como parte del Plan Estratégico de la entidad. Artículo 5 °. La Dirección del Talento Humano acompañará y apoyará las diferentes actividades que promuevan los Gestores y las Gestoras de Integridad de la Secretaría Distrital de Hacienda o los grupos de trabajo para prácticas de Integridad, tendientes a fortalecer la Gestión de Integridad Hacendaria. Artículo 6 °. Los Gestores y Gestoras de Integridad se reunirán por lo menos una vez cada trimestre dentro de la vigencia, con el fin de coordinar las actividades inherentes a la gestión de integridad derivadas de las políticas definidas a nivel distrital y de las actividades internas organizadas por iniciativa de la Secretaría Distrital de Hacienda. Artículo 7°. Los Gestores y Gestoras de Integridad contarán con la disponibilidad para asistir a las reuniones, actividades, cursos y capacitaciones a las que sean convocados por la Secretaría Distrital de Hacienda, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, los Departamentos Administrativos de la Función Pública y del Servicio Civil Distrital, entre otras entidades. Artículo 8 °. Comunicar, a través de la Dirección del Talento Humano, mediante correo electrónico institucional, el contenido de la presente resolución a los Gestores y Gestoras de integridad, relacionados (as) en el artículo primero. Artículo 9 °. Todas las dependencias de la Secretaría Distrital de Hacienda deberán participar de las actividades relativas a la Gestión de Integridad Hacendaria. Artículo 10 °. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. STAHU-000190 de 2025. **PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de abril del año 2026.
MARIA DEL PILAR GONZALEZ MORENO **
Directora del Talento Humano NOTA: Ver norma original en Anexos.**
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