Decreto Local 001 de 2026
Decreto Local 001 de 2026 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 001
- Año
- 2026
- Fecha
- 20 de abril de 2026
- Entidad
- Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 001 DE 2026
(Abril 20)
_Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026_
LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
La Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 11 de la Ley 2116 de 2021, modificatorio del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el Titulo 4 del Decreto 645 de 2025 del 22 de diciembre de 2025[1]y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, se expidió el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá. Que, el congreso de la República expidió la Ley[2116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559)de 2021 "Por Medio de la cual se Modifica el Decreto Ley 1421 de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá", cuyo articulado modificó algunos artículos del Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, en aplicación de los principios de descentralización, desconcentración, delegación, pluralismo, transparencia y eficiencia. Que, la Ley[2116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559)de 2021, modificó lo concerniente a las atribuciones que tienen los alcaldes locales. Que, el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe en aplicación de la Resolución[SHD-191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948)de 2017, a través de la cual se adopta el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital en su numeral 4.4, establece: _"Ajuste por Cierre Presupuestal Este proceso se llevará a cabo en dos fases, así: (1) se realizará el ajuste a las obligaciones por pagar, y (2) se efectuará el ajuste en la Disponibilidad Inicial y en la cuenta de resultados "Disponibilidad Final", dependiendo del Cierre Fiscal y/o determinación de las Excedentes Financieros de los saldos reales de caja debidamente certificados por la Dirección Distrital de Tesorería."_ Que, el Decreto 645 de 2025, en su Artículo [316](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#316), establece: __ _"Ajuste por Cierre Presupuestal. Los FDL efectuaran el ajuste al presupuesto de la vigencia en curso de acuerdo con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financieras de la vigencia fiscal inmediatamente anterior._ __ _El alcalde o alcaldesa local por decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL. Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuará un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por decreto local._ __ _Para la expedición del decreto de ajuste deberá contar con la viabilidad de la Secretaria Distrital de Planeación y de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, quienes para el efecto consultarán el listado de Obligaciones por Pagar."_ Que, mediante el Acuerdo No.[006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192524)del 15 de diciembre de 2025, la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 enero y el 31 de diciembre de 2026. Que, mediante Decreto Local No. 016 del 19 de diciembre de 2025, la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, sancionó el Acuerdo Local No.[006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192524)del 15 de diciembre de 2025 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 enero y el 31 de diciembre de 2026." Que, la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, mediante el Decreto Local[017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192593)del 22 de diciembre de 2025 _, "Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026"_, expidió el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2026. Que, a través del Decreto Local[019](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192629)del 24 de diciembre de 2025, se aclaró el Decreto[017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192593)de 2025, así _: "Por el cual se aclara el Decreto 017 de 2025 "por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Castos de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026,"_ Que, el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe apropio en obligaciones por pagar para la vigencia fiscal 2026, un valor de ($96.313.108.000) y el valor realmente constituido al cierre de la vigencia fiscal 2025 fue de ($81.516.430.085). Que, el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, emitió reporte de ejecución presupuestal del saldo apropiación disponible para realizar dicho ajuste. Que, en consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, debe ajustar los rubros 02190, "Obligaciones por pagar funcionamiento" y en inversión el rubro 02306 "Obligaciones por pagar", hasta el valor inicialmente apropiado si es igual o menor de acuerdo con las cifras resultantes. Que, mediante comunicación No 2-2026- 17765 del 27 de marzo de 2026, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para realizar el ajuste a las Obligaciones por Pagar de Inversión del Presupuesto 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe. Que, mediante comunicación No. 2026EE31915801 del 16 de abril de 2026, el Director Distrital de Presupuesto (E), emitió concepto favorable para efectuar el Ajuste de las Obligaciones por Pagar programadas en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento e Inversión de la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, de conformidad con lo establecido en los artículos [308](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#308) y [316](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#316) del Decreto 645 de 2025 y el numeral [4.4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del Módulo 3 de la Resolución N° SDH-000191 del 2017. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Ajustar el presupuesto Anual de Gastos de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2026, conforme al siguiente detalle: Artículo 2º.- El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193092). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de abril del año 2026.**
DIANA CAROLINA SÁNCHEZ CASTILLO
Alcaldesa Local Rafael Uribe Uribe
Nota: Ver norma original en Anexos. NOTA AL PÍE DE PÁGINA:
* * * [1] Por la cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda
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