Resolución 030 de 2026
Resolución 030 de 2026 Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
- Tipo
- Resolución
- Número
- 030
- Año
- 2026
- Fecha
- 18 de marzo de 2026
- Entidad
- Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 030 DE 2026
(Marzo 18) _Por la cual se conforma el Equipo de Gestores de Integridad de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia_
EL SECRETARIO DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA
En ejercicio de las facultades legales conferidas en el Decreto 1083 de 2015, y en especial las otorgadas en el Decreto Distrital 644 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [6º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37721#6) del Decreto Distrital 489 de 2009, compilado por el Decreto Distrital [640](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861) de 2025, _"Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"_ dispone que los/las Gestores/as de Integridad son servidores/as del Distrito Capital, cuya misión es liderar la sensibilización y motivación para el arraigo de la cultura de integridad y de servicio en las prácticas cotidianas de la Administración Distrital.
Que el artículo [7°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#7) Ibídem, modificado por el artículo [4º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75403#4) del Decreto Distrital 118 de 2018, establece que los/las Gestores/as de Integridad se postularán de forma voluntaria, y dicha postulación será validada por sus compañeros/as de área o dependencia y por el/la jefe de la entidad.
Que la norma en mención en el artículo [8°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75403#8), previó las calidades para postularse como Gestor/a de Integridad, a saber: 1) Reconocimiento de sus compañeros como una persona responsable y proba, 2) Actitud de servicio, 3) Compromiso con el fortalecimiento de la identidad distrital, 4) Capacidad de liderazgo, 5) Buenas relaciones interpersonales, 6) Competencia para comunicarse con los demás, 7) Aptitud para trabajar en equipo, 8) Capacidad organizativa y ejecutiva, 9) Interés en el tema de integridad, 10) Interés por capacitarse en el tema y 11) Formación y habilidades pedagógicas o disposición para fortalecer sus competencias en este aspecto.
Que mediante la Resolución No. 125 del 17 de abril de 2018 la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia adoptó el Código de Integridad.
Que mediante canales internos masivos de la entidad desde el 15 de enero y hasta el 6 de febrero de 2026, la Dirección de Gestión Humana realizó una convocatoria abierta para que los servidores y servidoras de la Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia que lo deseen, se postularan para conformar el Equipo de Gestores de Integridad.
Que una vez cumplido el plazo, la Dirección de Gestión Humana verificó que los/las Gestores/as de Integridad propuestos cumplen con el perfil definido en el artículo [8°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37721#8) del Decreto Distrital 489 de 2009.
Que al equipo actual de gestores de integridad fue conformado mediante la Resolución [033](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190539) del 27 de marzo de 2025, presentaron desistimiento: Carint Melitza Velandia Burgos, Claudia Patricia Almeida Castillo, Isabel Burgos Olarte, Leidy Lorena Barón Rojas, Pablo Roberto Camacho Serpa, y Yamile Amparo Espitia Alarcon, y Sandra Patricia Beltran. Erika Vanessa Quimbayo Borda, Martha Yaneth Uribe Ortega, Elizabeth Lesmes Aranda no son servidoras activas de la entidad. Que, por lo anterior, es necesario conformar el nuevo grupo de servidores públicos del Equipo de Gestores de Integridad de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, cuyo período será de dos (2) años. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Reconocer a partir de la fecha y hasta fin de la vigencia 2028 a los siguientes servidores públicos, quienes se postularon como integrantes del Equipo de Gestores de Integridad de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia: Artículo 2. Los servidores públicos mencionados en el artículo anterior, quienes de manera libre y voluntaria manifestaron su interés en hacer parte del Equipo de Gestores de Integridad, podrán en cualquier momento, manifestar por escrito ante la Dirección de Gestión Humana su decisión de retirarse del equipo.
Parágrafo. La calidad de integrante del Equipo de Gestores de Integridad de esta Secretaría, desaparece automáticamente, por la cesación en el ejercicio de funciones públicas, originada por el retiro definitivo del servicio por cualquiera de las causales previstas en artículo [2.2.11.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.11.1.1) del Decreto 1083 de 2015. Artículo 3. Los Gestores de Integridad aquí mencionados, deberán dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos 4º y 7° del Capítulo II de la Resolución 125 de 2018. Artículo 4. Reuniones. El Equipo de Gestores de Integridad de esta Secretaría, se reunirá por lo menos una (1) vez cada trimestre con el fin de armonizar, diagnosticar e implementar las acciones necesarias para el cumplimiento de sus responsabilidades. Artículo 5. Coordinación y seguimiento. Las actividades que promueva el Equipo de Gestores de Integridad, para su ejecución, deberán contar con el Visto Bueno, la coordinación y el seguimiento de la Dirección de Gestión Humana de esta Entidad. Artículo 6. Derogar la Resolución [033 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190539)del 27 de marzo de 2025. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de marzo del año 2026.
CÉSAR ANDRÉS RESTREPO FLOREZ
Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
Nota: Ver norma original en anexos.
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