Circular 018 de 2026
Circular 018 de 2026 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Gestión Judicial
- Tipo
- Circular
- Número
- 018
- Año
- 2026
- Fecha
- 26 de marzo de 2026
- Entidad
- Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Gestión Judicial
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 018 DE 2026
(Marzo 26) Para: Jefes (as) de Oficinas Jurídicas, Comités de Conciliación de las Secretarías de Despacho, Departamentos Administrativos y Unidad Administrativa Especial sin Personería Jurídica. Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Sociedades de Economía Mixta, Empresas de Servicios Públicos Distritales, Empresas Sociales del Distrito y Ente Universitario Autónomo.
De: Dirección Distrital de Gestión Judicial de la Secretaría Jurídica Distrital.
**Asunto: Orientaciones para el diligenciamiento del Formulario Único de Reporte de Avances de la Gestión (FURAG) respecto de la Política de Defensa Jurídica para la vigencia 2025.
Radicado No. 2-2026-4851. El Decreto [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017, define el Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG-, como: _"un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad del servicio"._ __ Este modelo se estructura a partir de 16 políticas de Gestión y Desempeño Institucional, dentro de las cuales se encuentra la Política de Defensa Jurídica. Para la medición de la gestión y desempeño institucional, se dispone del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión - FURAG**, herramienta en línea, a través de la cual el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP recopila, monitorea y evalúa anualmente los avances sectoriales e institucionales. En este instrumento, las entidades deben reportar la información correspondiente a la vigencia inmediatamente anterior, es consecuencia, la presente evaluación corresponde a la vigencia 2025. Para la presente vigencia, el DAFP estableció como fechas para el registro de la información por parte de las entidades del Distrito Capital, entre el 3 de marzo y el 13 de abril de 2026. De conformidad con el artículo [313](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#313) del Decreto Distrital 640 de 2025, la Secretaria Jurídica del Distrito es la entidad líder de la implementación de la Política de Defensa Jurídica a nivel distrital. En tal sentido y con el objetivo de orientar el adecuado diligenciamiento del FURAG correspondiente a la vigencia 2025, a continuación, se emiten recomendaciones para cada una de las 28 preguntas que lo integran:
Finalmente, para las preguntas que requieren la obtención de informes o insumos del Sistema de Información de Procesos Judiciales-SIPROJ WEB, las entidades cuentan con un Gestor del Sistema designado por la Oficina Jurídica, a quien se sugiere acudir para la generación de la información correspondiente. En caso de requerir soporte adicional podrá contactar al equipo administrador del Sistema a través del correo electrónico [siprojweb@secretariajuridica.gov.co](mailto:siprojweb@secretariajuridica.gov.co) En caso de presentarse inquietudes u observaciones relacionadas con el diligenciamiento de la información sobre la Política de Defensa Jurídica, estas podrán ser reportadas a través del siguiente enlace: https://forms.qle/zvG8vBpRe1BVrLwq9 el cual estará habilitado desde el 27 de marzo hasta el 8 de abril de 2026. Cordialmente,
ANDRÉS MAURICIO ORTIZ AMAYA
Director Distrital de Gestión Judicial Proyectó: Paola Andrea Gómez Vélez-Contratista Dirección Distrital de Gestión Judicial. Leidy Johanna Alonso Gutiérrez - Profesional Universitario - Dirección Distrital de Gestión Judicial. Revisó: Andrés Mauricio Ortiz Maya-Director-Dirección Distrital de Gestión Judicial. Aprobó: Andrés Mauricio Ortiz Maya-Director- Dirección Distrital de Gestión Judicial Nota: Ver norma original en Anexos.
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