Resolución 254 de 2026
Resolución 254 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Tipo
- Resolución
- Número
- 254
- Año
- 2026
- Fecha
- 26 de marzo de 2026
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 254 DE 2026
(Marzo 26)
_Por la cual se efectúa una delegación para la Comisión Intersectorial para la Prevención y Monitoreo del uso de Pólvora en Bogotá D.C._
EL SECRETARIO DE DESPACHO
En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Único Sectorial 649 de 2025, el Decreto Único Sectorial 642 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [113°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#113) de la Constitución Política de 1991 establece “(...) _Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.",_ por su parte, el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) prevé _"(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones._ ”
Que el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, señala que: “ _Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias_ ”.
Que el artículo [32°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#32) del Acuerdo 257 de 2006, “ _Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones_ ", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.
Que el Subcapítulo 3, Sección 1, en su Artículo [302](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191904#302) del Decreto Único Sectorial 642 de 2025, en su objeto, actualiza, unifica y reglamenta la normatividad del Distrito Capital relacionada con el uso, fabricación, manipulación, almacenamiento, transporte, comercialización y permisos de funcionamiento de establecimientos de productos pirotécnicos; adicionalmente, actualiza la Comisión Intersectorial para la Prevención y Monitoreo del uso de Pólvora en Bogotá D.C.
Que en la Sección 2, del Artículo [305](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191904#305) del mencionado decreto, adiciona el artículo [37.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#37.1) al Decreto Distrital 546 de 2007, quedando de la siguiente manera: “ _Artículo 37.1. Comisión Intersectorial para la Prevención y Monitoreo del uso de Pólvora en Bogotá D.C. La Comisión Intersectorial para la Prevención y Monitoreo del uso de Pólvora en Bogotá D.C. será una instancia de articulación y coordinación alrededor de las competencias del Distrito Capital frente a la fabricación, uso, manipulación, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, compra, uso, registro y permisos de funcionamiento de establecimientos de comercio, personas jurídicas y naturales dedicadas a la venta y comercialización de productos pirotécnicos, fuegos artificiales, pólvora y globos aerostáticos de pirotecnia_ ”.
Que el Artículo [306](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191904#306) ibídem adiciona el artículo [37.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#37.2) al Decreto Distrital 546 de 2007, definiendo la integración de la Comisión Intersectorial para la Prevención y Monitoreo del uso de Pólvora en Bogotá, D.C., de la cual hace parte el Secretario Distrital de Cultura Recreación y Deporte o su delegado/a. Que, analizadas las funciones de la Comisión, se considera la delegación en el/la Director (a) de Transformaciones Culturales, quien deberá atender las mismas con estricta sujeción a lo dispuesto en el Decreto Único Sectorial [642](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191904) de 2025 y reportar en oportunidad lo tratado en cada sesión, así como a entregar informe detallado sobre lo actuado en caso de reasumirse la función delegada por parte del suscrito o asignada la misma a otro funcionario de nivel directivo o asesor.
Que en mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
Artículo 1. Delegar a MARIANA ÁLVAREZ MATALLANA identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.805.435, en su calidad de Directora Técnica 009 Grado 06 de la Dirección de Transformaciones Culturales, o quien haga sus veces, quien participará en las sesiones de la Comisión Intersectorial para la Prevención y Monitoreo del uso de Pólvora en Bogotá D.C.
Artículo 2. La funcionaria delegada deberá presentar un informe a través de Orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre sobre lo tratado en la respectiva sesión.
Artículo 3. Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la presente Resolución a la servidora Mariana Álvarez Matallana o quien haga sus veces, al correo institucional: [mariana.alvarez@scrd.gov.co](mailto:mariana.alvarez@scrd.gov.co) en su condición de delegada y a la doctora Camila Cortés Daza - Directora para la Gestión Policiva de la Secretaría Distrital de Gobierno, en su condición de Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial para la Prevención y Monitoreo del uso de Pólvora en Bogotá D.C, al siguiente correo electrónico: [radicacionsdg.nivelcentral@gobiernobogota.gov.co](mailto:radicacionsdg.nivelcentral@gobiernobogota.gov.co).
Artículo 4. Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, en el Régimen Legal de Bogotá y en el [Registro Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192667) el presente acto administrativo.
Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de marzo del año 2026.
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR
Secretario de Despacho
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Nota: Ver norma original en Anexos.
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