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Resolución 303 de 2026

Resolución 303 de 2026 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Tipo
Resolución
Número
303
Año
2026
Fecha
6 de marzo de 2026
Entidad
Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 303 DE 2026

(Marzo 06)

_Por medio de la cual se adopta el Manual de Cobro de Cartera en mora del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD y se dictan otras disposiciones_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 6 del Acuerdo 4 de 1978 del Concejo de Bogotá D. C., la Ley 181 de 1995, la Resolución de Junta Directiva No. 006 de 2017, modificada por las Resoluciones No. 007 de 2022 y 002 de 2023 y 014 de 2025, la Resolución interna No.176 de 2024, aclarada por la Resolución No. 1677 del 14 de noviembre de 2024, expedidas por la Dirección General del Instituto Distrital de Recreación y el Deporte y,

CONSIDERANDO:

El artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política de Colombia establece que: _"(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (...)"._ Por su parte, el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#3) de la Ley 489 de 1998, reafirma dichos principios para el ejercicio de la función administrativa y la prestación de servicios públicos. El Acuerdo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=897) de 1978 creó el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte como establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. El artículo [169](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#169) del Decreto Ley 1421 de 1993 otorga a las entidades descentralizadas del Distrito Capital jurisdicción coactiva para hacer efectivos los créditos exigibles a su favor. La Ley [1066](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20866) de 2006 y el Decreto [4473](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22438) de 2006 establecen la obligación de adoptar un reglamento interno de recaudo de cartera que defina: (i) el funcionario competente, (ii) las etapas del recaudo (persuasiva y coactiva), y (iii) los criterios de clasificación de cartera. El Titulo [IV](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#T.4) de la Ley 1437 de 2011 regula el procedimiento administrativo de cobro coactivo y establece la obligación de las entidades estatales de recaudar las obligaciones a su favor que presten mérito ejecutivo. El artículo [100](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#100) de la Ley 1437 de 2011 señala que, en ausencia de norma especial, se aplican el Estatuto Tributario y supletoriamente el Código General del Proceso. De conformidad con lo dispuesto en el numeral [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8.n.8) del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011-Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución surtió el correspondiente trámite de participación mediante su publicación en el Sistema LegalBog de la Secretaría Jurídica Distrital, del 24 de febrero al 03 de marzo de 2026, invitando a la comunidad en general para que manifestara sus comentarios, dudas y observaciones al proyecto de acto administrativo. Dentro de dicho término no se presentaron comentarios por parte de los ciudadanos. En consecuencia, se hace necesario adoptar el Manual de Cobro de Cartera en Mora del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte IDRD, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario Nacional, tal y como lo dispone la Ley [1066](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20866) del 29 de julio del 2006 y el Decreto Reglamentario [4473](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22438) del 15 de diciembre del 2006, teniendo en cuenta la estructura organizacional y funciones de la Entidad. Por las anteriores consideraciones,

RESUELVE:

Artículo 1° Objetivo. Adoptar el Manual de Cobro de Cartera en Mora del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD, contenido en el documento anexo, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. Artículo 2°. Ámbito de aplicación.** El Manual será de obligatorio cumplimiento para todas las dependencias del IDRD que intervengan en la gestión, seguimiento y cobro de cartera.

Artículo 3°. Anexo integral. El Manual de Cobro de Cartera en Mora del IDRD, que obra como Anexo 1, hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 4°. Actualización. La Oficina Jurídica y la dependencia financiera competente podrán proponer ajustes técnicos al Manual cuando cambios normativos o administrativos lo exijan. Artículo 5°. Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192581).

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de marzo del año 2026.

DANIEL ANDRÉS GARCÍA CAÑÓN

Director General

Nota: Ver norma original en Anexos publicada sin anexo.

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