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Resolución 212 de 2026

Resolución 212 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
212
Año
2026
Fecha
10 de marzo de 2026
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

GMC-MN-01-FR-05 RESOLUCIÓN 212 DE 2026

(Marzo 10)

_Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio 2026, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte._ __ EL SECRETARIO DE DESPACHO

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 649 de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#70) y [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#1.n.3) del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, _“Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”_ señala que: _“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”._ __ Que la ley en cita en su artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#17) señala: __ _“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”._ Que así mismo, el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#18) de la mencionada ley establece: _"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”._ __ Que el Decreto Distrital [649](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191869) de 2025, _“Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”_, dispone en su artículo 4 que: “ _La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada y la sociedad civil_ ”.

Que corresponde a la SCRD, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 649 de 2025, artículo 5, numeral [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191869#5.n.10), la de: _“Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”_ __ Que el artículo [23](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191869#23) del Decreto Distrital 649 de 2025 _,_ contempla como funciones de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio, entre otras, las siguientes:_“(…) 1. Liderar el diseño e implementación de las políticas públicas en los campos del arte, la cultura y el patrimonio cultural, proponer su adopción, y orientar los procesos de concertación, así como realizar su seguimiento y evaluación. 2. Formular los lineamientos y realizar la coordinación sectorial e intersectorial para la implementación de políticas en los campos del arte, la cultura y el patrimonio cultural. (…)”._ __ Que el mencionado Decreto en su artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191869#24), establece como funciones de la Subdirección de Gestión Cultural y Artística, entre otras, la siguiente: _“(…) 1. Diseñar estrategias que permitan fortalecer la formación, creación, investigación, circulación, apropiación, divulgación y el fomento del arte y la cultura en el Distrito Capital. (…)”._ Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapten a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

Que en aras de reconocer e incentivar la labor, procesos de formación, experiencias, trayectorias y buenas prácticas de formadores y formadoras de los programas institucionales de las entidades del sector cultura del Distrito Capital, la SCRD a través de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio - Subdirección de Gestión Cultural y Artística, invita a participar por segunda vez consecutiva en la Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio - 2026. Esta estará abierta a la participación de formadores(as) de las áreas artísticas, culturales y patrimoniales de las entidades adscritas a la SCRD.

Que la _“Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio 2026”_ tiene como propósito reconocer la labor de formadores(as) del sector Cultura que desarrollan procesos de formación en la ciudad; además de visibilizar la trayectoria, procesos y buenas prácticas* de quienes, mediante el arte, la cultura y el patrimonio, inciden significativamente en ámbitos educativos institucionales, escolares, sociales y comunitarios, a través de prácticas innovadoras que transforman las realidades de ciudadanos y ciudadanas en los territorios. Adicionalmente, la participación busca destacar estrategias pedagógicas, metodologías innovadoras, formas de hacer, experiencias significativas, replicables y transferibles, de acuerdo con las categorías de participación.

Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación: | Invitación | Montón del incentivo | No. de incentivos | Monto total de la invitación | CDP | Dependencia encargada de la invitación ---|---|---|---|---|--- Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio 2026 | El valor individual de cada incentivo económico se distribuirá así: Categoría 1. Ámbito escolar: Cincuenta y cinco incentivos (55) por valor de CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 5.000.000) por cada uno. **Categoría 2.

Ámbito institucional, social y comunitario en los territorios: cincuenta y cinco incentivos (55) por valor de CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 5.000.000) por cada uno. | Ciento diez (110) Incentivos económicos | QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 550.000.000) | 678 del 28 de enero de 2026 y 785 del 24 de febrero de 2026 | Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio -Subdirección de Gestión Cultural y Artística Que los requisitos y condiciones específicas de participación de la _“_

_Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio 2026_

_”_** _,_ hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: [https://invitaciones.scrd.gov.co/](https://invitaciones.scrd.gov.co/) de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte dispone la apertura de la** _“_

_Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio 2026_

_”_**.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la _“Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio 2026_ _”_, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de con el cronograma establecido para tal fin.

Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación cultural que se apertura, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal con No 678 del 28 de enero de 2026 y 785 del 24 de febrero del 2026, relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la**_“_

_Invitación Cultural para Formadores en Arte, Cultura y Patrimonio 2026_

_”_** se encuentran publicados en el micrositio web: [https://invitaciones.scrd.gov.co/](https://invitaciones.scrd.gov.co/) de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Subdirección de Gestión Cultural y Artística de la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio, los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en la citada invitación cultural de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Subdirección de Gestión Cultural y Artística, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192391) y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de marzo del año 2026.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Secretario de Despacho

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Nota: Ver norma publicada en Anexos.

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