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Resolución 084 de 2026

Resolución 084 de 2026 Secretaría Jurídica Distrital

Tipo
Resolución
Número
084
Año
2026
Fecha
12 de febrero de 2026
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 084 DE 2026

(Febrero 12) __ _Por la cual se efectúan modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Jurídica Distrital, para la vigencia fiscal 2026_

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo[10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10)del Decreto Distrital 192 de 2021, у

CONSIDERANDO:

El artículo [87](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#87) del Decreto Distrital 714 de 1996, en concordancia con el artículo [60](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4088#60) del Decreto Distrital 854 de 2001, establece que las secretarías de despacho, en cabeza de los secretarios respectivos, como entidades ejecutoras que conforman el presupuesto anual del Distrito Capital, tienen la capacidad para contratar y comprometer a la persona jurídica de la que hacen parte, así como para ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones que hayan sido incorporadas en su presupuesto; competencias que serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones vigentes. El artículo [109](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#109) del Decreto Distrital 645 de 2025 dispone que las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva. En el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#109.p) del artículo referido se establece que se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales). El Decreto Distrital [675](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192033) de 2025 _"Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento de Acuerdo Distrital 1019 del 15 de diciembre de 2025"_, asignó los recursos de funcionamiento e inversión a la Secretaría Jurídica Distrital para la presente vigencia. Mediante la Resolución No. [SDH-000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017 se adoptó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual establece en el numeral 3.2.1.4.2. _"Traslados presupuestales internos"_, los requisitos para efectuar un traslado presupuestal al interior de agregados. La presente modificación presupuestal obedece a la solicitud de la Dirección de Gestión Corporativa radicada con el No. 3-2026-1502 del 3 de febrero de 2026, para trasladar recursos entre rubros del agregado presupuestal 021101 _"Planta de personal permanente"_, teniendo en cuenta que después de haber realizado el análisis de los saldos de la ejecución presupuestal se presentan valores sin ejecutar y hacen parte del mismo agregado presupuestal. El presente traslado presupuestal tiene como finalidad garantizar la disponibilidad de recursos suficientes en el rubro correspondiente, con el propósito de atender el pago de la compensación de vacaciones en dinero derivada del retiro de cuatro (4) servidores públicos de la Entidad durante el mes de enero de 2026. Así mismo, se prevé la necesidad de contar con apropiación adicional, teniendo en cuenta la estimación del retiro de seis (6) servidores públicos más, con ocasión de la terminación de sus vinculaciones como resultado de los nombramientos efectuados en el marco del concurso de méritos "Distrito 6". En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Jurídica Distrital para la vigencia 2026, por valor de CUARENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TRECE PESOS ($45.255.513) M/cte., mediante el cual se contracredita el rubro 0211010100109-Prima técnica salarial y se acredita el rubro 0211010300102 Indemnización por vacaciones, por el valor total indicado, como se detalla a continuación: 136-01 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL | CODIGO | NOMBRE | CONTRACREDITAR ---|---|--- 02 | GASTOS | 45.255.513 021 | Funcionamiento | 45.255.513 0211 | Gastos de personal | 45.255.513 021101 | Planta de personal permanente | 45.255.513 02110101 | Factores constitutivos de salario | 45.255.513 02110101001 | Factores salariales comunes | 45.255.513 0211010100109 | Prima técnica salarial | 45.255.513 | | |

136-01 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

CODIGO | NOMBRE | ACREDITAR ---|---|--- 02 | GASTOS | 45.255.513 021 | Funcionamiento | 45.255.513 0211 | Gastos de personal | 45.255.513 021101 | Planta de personal permanente | 45.255.513 02110103 | Remuneraciones no constitutivas de factor salarial | 45.255.513 02110103001 | Prestaciones sociales | 45.255.513 0211010300102 | Indemnización por vacaciones | 45.255.513

Artículo 2.

Remítase copia de la presente resolución a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital.

Artículo 3.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de febrero del año 2026

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

Secretario Jurídico Distrital

**Nota: Ver norma original en Anexos.

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