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Decreto Local 001 de 2026

Decreto Local 001 de 2026 Alcaldía Local de San Cristóbal

Tipo
Decreto Local
Número
001
Año
2026
Fecha
13 de enero de 2026
Entidad
Alcaldía Local de San Cristóbal
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 001 DE 2026

(Enero 13)

_Por el cual se convoca a la Junta Administradora Local de San Cristóbal a sesiones extraordinarias._ __ EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTOBAL

En uso de las facultades constitucionales, legales y estatutarias y en especial las que le confieren los artículos 71 y 75 del Decreto Ley 1421 de 1993 modificado parcialmente por la Ley 2116 de 2021, y el artículo 43 del Acuerdo Local 142 de 2025 y

CONSIDERANDO:

Que conforme con el inciso segundo del artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 dispone que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local sesionando por el término que este señale y ocupándose únicamente de los asuntos sometidos a su consideración.

Que se requiere convocar a la Junta Administradora Local de San Cristóbal a sesiones extraordinarias con el objeto de formalizar la posesión de los ediles electos por los partidos políticos Nuevo Liberalismo y Pacto Histórico, quienes cuentan con la debida acreditación para ejercer su cargo. En mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Convocar a la Junta Administradora Local de San Cristóbal sesiones extraordinarias el día catorce (14) de enero de 2026, con el único fin de realizar la posesión de los ediles electos por los partidos políticos Nuevo Liberalismo y Pacto Histórico.

Artículo segundo.

La Junta Administradora Local de San Cristóbal se ocupará exclusivamente del asunto por el cual fue convocada a sesiones extraordinarias y una vez aborde, analice, sintetice y concluya los temas relacionados con el objeto de la convocatoria, se darán por terminada la sesión.

Artículo tercero.

Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo cuarto.

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. **COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Se expide en Bogotá D.C., en la Localidad de San Cristóbal a los 13 días del mes de enero del año 2026.

CARLOS HERNANDO MACIAS MONTOYA

Alcalde Local de San Cristóbal

Nota: Ver norma publicada en Anexos.

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