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Resolución 152 de 2026

Resolución 152 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
152
Año
2026
Fecha
25 de febrero de 2026
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

GMC-MN-01-FR-05 RESOLUCIÓN 152 DE 2026

(Febrero 25)

**_Por la cual se efectúa una delegación para el_

_Comité de Seguimiento del Manual de uso de la Plaza de Bolívar en el marco del Plan Especial de Manejo - PEMP del Centro Histórico de Bogotá - CHB._**

EL SECRETARIO DE DESPACHO

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Único Sectorial No. 649 de 2025, la Resolución 1175 de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [113](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#113) de la Constitución Política de 1991 establece “(...) _Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines_.", por su parte, el artículo 209 prevé "(...) _La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones_.”

Que el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, señala que: “ _Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias_ ”.

Que el artículo [32°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20594#32) del Acuerdo 257 de 2006, “ _Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones_ ", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.

Que el artículo 1 del Decreto 1802 de 1995, declara la Plaza de Bolívar como uno de los diecisiete (17) bienes inmuebles constitutivos de Monumento Nacional, en reconocimiento de su relevancia histórica, simbólica, arquitectónica y urbana dentro del conjunto patrimonial del Centro Histórico de Bogotá.

Que el _Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Centro Histórico de Bogotá,__declarado como bien de interés cultural del ámbito Nacional_,__ fue aprobado mediante la Resolución [088](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119640) de 2021 del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y modificado por la Resolución 092 de 2023 del mismo Ministerio, concebido como un instrumento de gestión del patrimonio cultural.

Que el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, en el marco de sus competencias legales y reglamentarias en materia de protección, conservación y gestión del patrimonio cultural del Distrito Capital, expidió la Resolución No. [1175](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=174799) del 9 de diciembre de 2024, “ _Por medio de la cual se implementa el Manual de uso de la Plaza de Bolívar en el marco del Plan Especial de Manejo - PEMP del Centro Histórico de Bogotá - CHB, y se asegura su mantenimiento y la conservación de sus valores históricos y se dictan otras disposiciones_ ”, acto administrativo mediante el cual se adoptan criterios para regular las actividades, intervenciones y ocupaciones en dicho espacio público patrimonial, y se dispone la creación de un Comité de Seguimiento como instancia de coordinación interinstitucional para garantizar la correcta aplicación del Manual. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=174799#7) ídem, el Comité de Seguimiento de la Plaza de Bolívar está integrado por directores y/o delegados con capacidad de decisión de las entidades que lo conforman, y contempla como integrante permanente a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Que, analizadas las funciones de la Comisión, se considera la delegación en el/la Director(a) de Arte, Cultura y Patrimonio, quien deberá atender las mismas con estricta sujeción a lo dispuesto en la Resolución 1175 de 2024 y reportar en oportunidad lo tratado en cada sesión, así como a entregar informe detallado sobre lo actuado en caso de reasumirse la función delegada por parte del suscrito o asignada la misma a otro funcionario de nivel directivo o asesor.

RESUELVE:

Artículo 1. Delegar a NATHALIA RIPPE SIERRA identificada con la cédula de ciudadanía No. xxxxxxx en su calidad deDirectora Técnica 009 Grado 08 de laDirección de Arte, Cultura y Patrimonio, o quien haga sus veces, quien participará en las sesiones del Comité de Seguimiento del Manual de uso de la Plaza de Bolívar.

Artículo 2. La funcionaria delegada deberá presentar un informe a través de Orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre sobre lo tratado en la respectiva sesión.

Artículo 3. Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la presente Resolución a la servidora Nathalia Rippe Sierra o quien haga sus veces, al correo institucional: [nathalia.rippe@scrd.gov.co](mailto:nathalia.rippe@scrd.gov.co) en su condición de delegada y al doctor Miguel Ángel Villamizar Vega - Gerente de Instrumentos de Planeación y Gestión del Patrimonio Cultural del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC, en su condición de Secretario Técnico del Comité de Seguimiento del Manual de uso de la Plaza de Bolívar, al siguiente correo electrónico: [correspondencia@idpc.gov.co](mailto:correspondencia@idpc.gov.co).

Artículo 4. Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, en el Régimen Legal de Bogotá y en el [Registro Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192225) el presente acto administrativo.

Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de febrero de 2026.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Secretario de Despacho

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Nota: Ver norma publicada en Anexos.

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