Resolución 028 de 2026
Resolución 028 de 2026 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Tipo
- Resolución
- Número
- 028
- Año
- 2026
- Fecha
- 11 de diciembre de 2025
- Entidad
- Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCION 28 DE 2025
(Diciembre 11)
_Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 para la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E por $10.000.000.000_
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10º del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 3º del Decreto Distrital 191 de 2021, y.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=494) de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital. Que, como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#3)º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=494#25)° del Acuerdo No. 17 de 1997, en el Decreto Distrital 662 de 2018 y en los artículos que lo modifican según Decreto Distrital 191 de 2021.
Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital [641](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65686#25) de 2016 "por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#257) de 2006 y se expiden otras disposiciones", se reorganizó el sector salud y se fusionaron las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#27) del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#3) del Decreto Distrital 191 de 2021, "(...) las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (...) Así mismo, el mencionado artículo indica que "(...) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud.".
Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No 01 de 2024 y modificado en la sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 del 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán _"Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado"._ __ Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No.[15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=167420) del 31 de octubre de 2024, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud, dos solicitudes de adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión 2025 por valor total de $18.435.611.608, provenientes de: (i) recursos asignados a esta SISS de acuerdo la Resolución 1282 del 20 de noviembre de 2025 de la Secretaría Distrital de Salud Fondo Financiero Distrital e Salud por $10.000.000.000 y (ii) $8.435.611.608 sustentados en mayor valor a recaudar de cuentas por cobrar (i) Adición por Resolución 1282 del 20 de noviembre de 2025 de la Secretaría Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital e Salud, por $10.000.000.000. Que la SISS Centro Oriente E.S.E. requiere adicionar en el rubro Ingresos Corrientes del Presupuesto de Rentas e Ingresos 2025, la suma de $10.000.000.000, asignados por la Secretaría Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital de Salud mediante Resolución No. 1282 de 2025 para apoyar la recuperación operativa de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E. luego de su intervención realizada por la Superintendencia Nacional de Salud y en el marco del Plan de Gestión y Sostenibilidad Financiera para esta Subred.
Que de acuerdo con la justificación presentada por la SISS Centro Oriente E.S.E., con esta adición se atenderán gastos de Funcionamiento por $3.000.000.000 y de Operación Comercial por $7.000.000.000, tales como: la contratación del personal administrativo y asistencial; adquisición de insumos medico quirúrgicos; medicamentos; contratación de servicios tercerizados (Cardiología, Imagenología; Laboratorio, entre otros); necesarios para la prestación de los servicios de salud.
Que la Junta Directiva de la SISS Centro Oriente E.S.E. emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 por $10.000.000.000, según Acuerdo No. 18 del 21 de noviembre de 2025.
Que la Secretaría Distrital de Salud emitió Concepto Favorable No. 057 de 2025 a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Centro Oriente E.S.E. por $10.000.000.000. (ii) Adición por mayor recaudo proyectado de Cuentas por Cobrar de venta de servicios por $8.435.611.608 Que la SISS Centro Oriente E.S.E. requiere adicionar en el rubro Ingresos Corrientes de su Presupuesto de Rentas e Ingresos 2025, una apropiación por $8.435.611.608 para atender gastos de la vigencia, que corresponde a la diferencia entre presupuesto disponible de Cuentas por Cobrar de la venta de servicios y el recaudo estimado de estas al cierre de la vigencia 2025. Que, con esta adicción, la SISS Centro Oriente E.S.E. atenderá gastos de Funcionamiento por $4.435.611.608 y de Operación Comercial por $4.000.000.000, tales como: la contratación del personal administrativo y asistencial; adquisición de insumos medico quirúrgicos; medicamentos; contratación de servicios tercerizados (Cardiología, Imagenología; Laboratorio, entre otros); necesarios para la prestación de los servicios de salud.
Que mediante Acuerdo No. 17 de 2025 la Junta Directiva de la SISS Centro Oriente E.S.E., emitió concepto favorable a esta adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2025 por los $8.435.611.608.
Que la Secretaría Distrital de Salud emitió Concepto Favorable No. 057 de 2025 a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Centro Oriente E.S.E. por $8.435.611.608 considerando el análisis sobre el recaudo efectivo a octubre 2025 del monto del presupuesto disponible de las Cuentas por Cobrar y actas de revisión y conciliación de cartera que soportan valores reconocidos que serán recaudados en noviembre y diciembre de 2025.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable y recomendó al CONFIS Distrital aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Centro Oriente E.S.E. por $10.000.000.000, provenientes de la Resolución 1282 del 20 de noviembre de 2025 de la Secretaría Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital e Salud.
Que en cuanto a la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Centro Oriente E.S.E. por $8.435.611.608, la Dirección Distrital de Presupuesto no recomendó su aprobación en tanto que: "Al evaluar el comportamiento de la facturación y del recaudo de la vigencia, no se encontró que el ingreso asociado al rubro de venta de bienes proyectado al 31 de diciembre de 2025 supere la apropiación vigente". Esto atendiendo lo dispuesto en la Resolución de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Salud y Protección Social 2794 de 2021, para la "programación, elaboración y ejecución de los presupuestos" de las Empresas Sociales del Estado que no estén en riesgo financiero o no tengan medidas de saneamiento vigentes, de manera puntual lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 3 y el artículo 4 sobre el recaudo de las Empresas Sociales del Estado. En tal sentido, no se recomendó la adición por el mayor recaudo por cuentas por cobrar.
Que en la recomendación de la Dirección Distrital de Presupuesto, se recuerda la obligación de apropiar el cinco por ciento (5%) del total de los ingresos para el mantenimiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria de la Subred, de conformidad con los artículos [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62943#1)º y [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62943#9)º del Decreto 1769 de 1994.
Que el CONFIS Distrital en sesión No. 37 del 10 de diciembre de 2025, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS Centro Oriente E.S.E por $10.000.000.000, conforme al análisis y conceptos favorables de las Secretarías Distritales de Salud y de Hacienda.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E. por $10.000.000.000, conforme al siguiente detalle:
Parágrafo 1. El CONFIS Distrital recuerda a la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., la obligación de apropiar el cinco por ciento (5%) del total de los ingresos para el mantenimiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria de la Subred, de conformidad con los artículos [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62943#1)º y g del Decreto 1769 de 1994
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital. PUBLIQUESE Y CÚMPLASE **Dada en Bogotá D. C., a los 11 días del mes de diciembre del año 2025.
ANA MARIA CADENA RUIZ
Secretaria Distrital de Hacienda
URSULA ABLANQUE MEJÍA
Secretaria Técnica de CONFIS
Secretaria Distrital de Planeación
NOTA: Ver norma original en anexos.
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