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RESOLUCION EXTERNA 356 de 2007

Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.

Tipo
RESOLUCION EXTERNA
Número
356
Año
2007
Entidad
Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 de 1996, el Decreto 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que es función del Contador General de la Nación uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país.

Que la modernización financiera pública requiere de un proceso dinámico y continuo de producción de información confiable, relevante y comprensible, lo cual exige una adecuación permanente tanto para la Contaduría General de la Nación en el proceso regulador, como para las entidades contables públicas en la aplicación de la normativa contable.

Que se ha realizado una revisión estructural de la metodología de construcción del marco conceptual y las normas técnicas para incorporar criterios armonizados con los Estándares Internacionales de Contabilidad que aplican al sector público.

Que mediante Resolución 354 del 05 de septiembre de 2007 se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, el cual está integrado por el Manual de Procedimientos.

Que para instrumentalizar el Régimen de Contabilidad Pública se requiere adoptar el Manual de Procedimientos.

RESUELVE:

Artículo 1°.

Adóptase el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública que está integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables, el cual forma parte integral de la presente Resolución.

Artículo 2°.

El Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables adoptados mediante la presente Resolución corresponden a la versión 2007.1 y serán publicados en la página web de la Contaduría General de la Nación.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución 555 de 2006.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., 05 de septiembre de 2007 JAIRO ALBERTO CANO PABÓN Contador General de la Nación

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