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ACUERDO 1 de 2024

por el cual se aprueban los criterios para la distribución anual de los recursos de la Bolsa Territorial y Asociativa (BTA), así como la asignación y distribución anual de los recursos para la cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial para la vigencia 2024 y se dictan otras disposiciones.

Tipo
ACUERDO
Número
1
Año
2024
Entidad
Agencia Nacional de Tierras
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Consejo Directivo de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), en uso de las facultades que le confiere los numerales 1º, 4º y 20 del artículo 9° del Decreto número 2364 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Ley 2364 de 2015, el Gobierno nacional creó la Agencia de Desarrollo Rural, cuyo objeto consiste en “ ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la estructuración, cofinanciación y ejecución de planes y proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural nacionales y de iniciativa territorial o asociativa, así como fortalecer la gestión del desarrollo agropecuario y rural y contribuir a mejorar las condiciones de vida de los pobladores rurales y la competitividad del país”.

Que el numeral 4 del artículo 4° del Decreto Ley 2364 de 2015 establece como función de la Agencia: “ Formular, estructurar, cofinanciar y ejecutar proyectos estratégicos nacionales, así como aquellos de iniciativa territorial o asociativa, alineados a los planes de desarrollo agropecuario y rural integral con enfoque territorial y a la política formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural”.

Que la dirección y administración de la Agencia de Desarrollo Rural está a cargo del Consejo Directivo y del Presidente respectivamente, de conformidad con lo señalado en el artículo 6° del Decreto Ley referenciado.

Que en virtud de lo establecido en el numeral 4 del artículo 9° del Decreto Ley 2364 de 2015, es función del Consejo Directivo “ Definir y adoptar los criterios para la asignación y distribución de recursos de la Agencia, de conformidad con las políticas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural”.

Que mediante Acuerdo número 011 del 26 de abril de 2023 –en vigencia desde el 16 de junio de 2023–, modificado mediante el Acuerdo número 016 del 14 de agosto de 2023 –en vigencia desde el 22 de agosto de 2023–, se adoptó el “(…) reglamento para los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial- Pidar (…)”, en adelante el “ Reglamento Pidar”.

Que el numeral 8.4 del Reglamento Pidar definió los criterios para asignación de recursos de cofinanciación para los proyectos, indicando que la asignación de los recursos de cofinanciación se realiza a través de las siguientes bolsas de inversión, sin perjuicio de las demás que decida crear el Consejo Directivo; 1. Bolsa Nacional Estratégica (BNE), y Bolsa Territorial y Asociativa (BTA).

Que el numeral 8.5. del Reglamento Pidar definió que la distribución anual de los recursos de la Bolsa Territorial y Asociativa (BTA) se realizará a través de la aplicación de los criterios que proponga la Presidencia de la Agencia de Desarrollo Rural, sujeta a aprobación del Consejo Directivo.

Que mediante la Ley 2342 del 15 de diciembre 2023 se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1°. de enero al 31 de diciembre de 2024.

Que mediante el Decreto número 2295 de 29 de Diciembre de 2023 se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2024, se detallaron las apropiaciones y se clasificaron y definieron los gastos para el proyecto de inversión denominado: “PROYECTO DE INVERSIÓN APOYO PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS INTEGRALES DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RURAL A NIVEL NACIONAL”, al cual se asignó una partida presupuestal de quinientos veintiún mil quinientos un millones ochocientos cuarenta y ocho mil ochocientos ochenta y seis pesos ($ 521.501.848.886) moneda corriente.

Que mediante Resolución número 002 del 3 de enero de 2024, modificada por la Resolución número 022 del 31 de enero de 2024, por medio de la cual se efectúa la desagregación de presupuesto de gastos funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión de la Agencia de Desarrollo Rural para la vigencia fiscal 2024, el Presidente de la ADR autorizó la desagregación del presupuesto asignado para el Apoyo para la Estructuración y Cofinanciación de Provectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural a nivel Nacional (Código de Rubro: C-1702-1100- 0014) por valor de quinientos veintiún mil quinientos un millones ochocientos cuarenta y ocho mil ochocientos ochenta y seis pesos ($521.501.848.886) Moneda Corriente, destinando la suma de cuatrocientos setenta y tres mil doscientos treinta millones cuatrocientos diecinueve mil setecientos ochenta y dos pesos ($473.230.419.782) moneda corriente, al producto denominado “Servicio de apoyo financiero para proyectos productivos”.

Que, dentro de la cadena de valor del citado proyecto de inversión, se encuentra la actividad de “ 2.2 Realizar la cofinanciación de proyectos integrales” por valor de cuatrocientos treinta mil setecientos seis millones quinientos setenta y cinco mil setecientos ochenta y dos pesos ($430.706.575.782) moneda corriente, los cuales, de acuerdo con la propuesta del Presidente de la Agencia, se asignarán por bolsa de la siguiente manera:

1. Bolsa Nacional Estratégica (BNE): La suma de doscientos ochenta mil setecientos seis millones quinientos setenta y cinco mil setecientos ochenta y dos pesos ($280.706.575.782) moneda corriente, correspondientes al sesenta y cinco punto diecisiete por ciento (65,17%) del presupuesto asignado para la cofinanciación.

2. Bolsa Territorial y Asociativa (BTA): La suma de ciento cincuenta mil millones de pesos ($150.000.000.000) moneda corriente, correspondientes al treinta y cuatro punto ochenta y tres por ciento (34,83%) del presupuesto asignado para la cofinanciación.

Que del valor asignado para la Bolsa Nacional Estratégica (BNE), se tiene proyectada la cofinanciación de proyectos estratégicos nacionales, enmarcados en las tipologías establecidas en el numeral 6.1. del Reglamento Pidar.

Que del valor asignado para la Bolsa Territorial y Asociativa (BTA), se distribuirá en un porcentaje de 50% para la Categoría Población rural, 20% para la Categoría Mujeres, 15% para la Categoría Jóvenes, 15% para la Categoría Víctimas del Conflicto, de acuerdo con los términos de referencia para la presentación de perfiles de proyectos de iniciativa asociativa, susceptibles de ser cofinanciados en el marco de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural (Pidar), bajo la priorización establecida en el “ Acta de Publicación de Perfiles Habilitados para Iniciar la Etapa de Prefactibilidad Convocatoria Pidar de Iniciativa Asociativa”.

Que, por otra parte, se requiere realizar un cambio en el parágrafo del artículo segundo del Acuerdo número 009 del 19 de diciembre de 2018 “ por el cual se aprueba la distribución anual de los recursos para la cofinanciación de los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial para la vigencia 2018”, toda vez que ha limitado la ejecución de los recursos de dicha vigencia, dado que los rubros establecidos para cada lineamiento, no han tenido una demanda suficiente de iniciativas, tal como sucede con la línea de Adecuación de Tierras. Así pues, se requiere suprimir los valores de los lineamientos, para que los saldos se puedan utilizar en otras líneas, permitiendo a la entidad cerrar la ejecución de vigencias anteriores.

Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1°.

Aprobar los criterios para la distribución anual de los recursos de la Bolsa Territorial y Asociativa (BTA) en los siguientes términos:

La ADR para la vigencia 2024 distribuirá los recursos de la Bolsa Territorial y Asociativa - BTA, teniendo en cuenta las categorías establecidas en los términos de referencia de la convocatoria asociativa publicada por la Agencia de Desarrollo Rural de la vigencia 2023 así:

Categoría poblacional Presupuesto asignado para la cofinanciación (%)

Población Rural 50% Mujeres Campesinas, Rurales y Pesqueras 20% Jóvenes Rurales 15% Población Víctima 15%

Artículo 2°.

Asignar los recursos para la cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial (Pidar) para la vigencia 2024, por valor de cuatrocientos treinta mil setecientos seis millones quinientos setenta y cinco mil setecientos ochenta y dos pesos ($430.706.575.782) moneda corriente, así:

BOLSA DE INVERSIÓN VALOR PORCENTAJE Bolsa Nacional Estratégica (BNE) $280.706.575.782 65,17% Bolsa Territorial y Asociativa (BTA) $150.000.000.000 34,83% TOTAL RECURSOS $430.706.575.782 100%

Artículo 3°.

Distribuir los recursos de la Bolsa Territorial y Asociativa (BTA) por valor de ciento cincuenta mil millones de pesos ($150,000.000.000) moneda corriente, a partir de la aplicación de los criterios de priorización establecidos en el artículo primero del presente Acuerdo, a los perfiles que pasen a la fase de prefactibilidad de acuerdo con los Términos dé referencia convocatoria asociativa 2023-2.

Artículo 3°.

Modificar el parágrafo del artículo 2° del Acuerdo número 009 del 19 de diciembre de 2018, el cual quedará así:

“Parágrafo: Los Pidar que se cofinancien en el marco del presente artículo deberán responder a cualquiera de los lineamientos de Ordenamiento de la Producción o Adecuación de tierras”.

Artículo 4°.

El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 marzo de 2024.

La Presidenta del Consejo Directivo, Lilia María Rodríguez Albarracín. Viceministra de Desarrollo Rural (e)

La Secretaria Técnica del Consejo Directivo, Irma Sofía Quijano Juvinao.

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