ACUERDO 228 de 2023
ACUERDO_228_2023_19/12/2023
- Tipo
- ACUERDO
- Número
- 228
- Año
- 2023
- Entidad
- Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley 814 de 2003 y del numeral tercero del artículo 2.2.1.37 del Decreto número 1080 de 2015.
CONSIDERANDO:
Que durante su sesión número 241, el Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía estudió y aprobó la estrategia de comunicaciones del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico correspondiente al año 2024.
Que en los términos del parágrafo del artículo 2.2.1.48 del Decreto número 1080 de 2015, las decisiones de asignación de recursos u ordenación de gastos adoptadas por el CNACC, en su calidad de órgano directivo del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, deben constar en Acuerdos.
Que en la misma sesión citada previamente,
ACUERDA:
Primero. Aprobar la realización de la estrategia de comunicaciones del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico del año 2024, de conformidad con lo descrito en el punto 4 del orden del día del acta de la sesión número 241 del Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía.
Segundo. Destinar hasta seiscientos treinta millones quinientos mil pesos ($630.500.000) del presupuesto del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico 2023, con cargo al rubro ‘Promoción del Cine Colombiano’, subrubro ‘Promoción Nacional’, para el desarrollo de la estrategia aprobada en el artículo primero de este acuerdo.
Este valor se ejecutará directamente por Proimágenes Colombia, como entidad administradora, la cual celebrará los respectivos contratos bajo el derecho privado y conforme a su manual y políticas. La entidad queda autorizada para celebrar aquellos contratos cuyo valor sea superior a 150 SMLVM, hasta por la suma indicada en el inciso anterior.
Tercero. Establecer y aprobar las bases, reglas y contenidos de (A) las modalidades de estímulos automáticos y (B) la modalidad de circulación de cine colombiano a través de muestras y festivales de cine (concurso), de la convocatoria del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, año 2024, con cargo a los recursos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC), conforme a los términos, consideraciones y antecedentes que se describen en el acta 241, correspondiente a la sesión llevada a cabo el 19 de diciembre de 2023.
El contenido correspondiente a las condiciones y reglas será publicado en el sitio web www.convocatoriafdc.com. Todo el proceso necesario para la gestión de la convocatoria, la entrega de los estímulos y los requisitos administrativos asociados a ello, que incluyen la suscripción y el seguimiento de los contratos reguladores, será llevado a cabo por el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica ‘Proimágenes Colombia’ en su calidad de administrador del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico, conforme a lo establecido en la Ley 814 de 2003.
Cuarto. Publicar el contenido de este acuerdo en el Diario Oficial.
Quinto. Este acuerdo rige a partir de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2023.
La Presidente, Diana Marcela Díaz Soto.
La Secretaria Técnica, Claudia Triana Soto.
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