ACUERDO 6 de 2023
por el cual se aprueba el presupuesto de ingresos, gastos e inversión de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2024.
- Tipo
- ACUERDO
- Número
- 6
- Año
- 2023
- Entidad
- Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en ejercicio de las facultades legales, estatutarias y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley número 353 de 1994, modificado por el artículo 5° de la Ley 973 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 973 del 21 de julio de 2005, “ Por la cual se modifica el Decreto Ley número 353 del 11 de febrero de 1994 y se dictan otras disposiciones”, en el artículo 2º establece que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía es una Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito, de naturaleza especial, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional y vigilada por Superintendencia Financiera de Colombia.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico de Presupuesto - Decreto número 111 de 1996, en virtud de la naturaleza jurídica y de la actividad que realiza, la Entidad no hace parte del Presupuesto General de la Nación, y su régimen jurídico para efectos presupuestales es el señalado para las empresas industriales y comerciales del Estado, dedicadas a actividades financieras.
Que el inciso tercero del artículo 96 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, dispone que, para las empresas industriales y comerciales del Estado dedicadas a actividades financieras, el Ministerio de Hacienda establecerá las directrices y controles que aquellas deben cumplir en la elaboración, aprobación, conformación y ejecución de sus presupuestos.
Que la Resolución 2416 del 12 de noviembre de 1997 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establece las normas sobre la elaboración, conformación y aprobación de los presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional dedicadas a actividades financieras.
Que mediante Acuerdo número 01 del 19 de febrero de 2009, la Junta Directiva aprobó y expidió el estatuto presupuestal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, el cual en el título IV establece la programación, aprobación, desagregación y modificación del presupuesto anual.
Que el artículo 21 del título IV del Acuerdo número 01 del 19 de febrero de 2009, establece que el Gerente General debe presentar antes del 31 de octubre el proyecto de presupuesto anual a la Junta Directiva para su consideración y posterior aprobación, el cual fue presentado el 31 de octubre de 2023, tal como consta en el Acta número 12 de la misma fecha.
Que el artículo 22 del título IV del Acuerdo número 1° del 19 de febrero de 2009, establece: “cuando a juicio de la Junta Directiva hubiere necesidad de modificar el proyecto de presupuesto anual, lo devolverá al Gerente General de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía a más tardar el 1° de diciembre para que se efectúen los ajustes pertinentes”.
Que se realizaron mesas de trabajo con los miembros de la Junta Directiva para socializar con mayor detalle el proyecto de Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión para la vigencia 2024.
Que en el proyecto de Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión para la vigencia 2024, se asignan los recursos necesarios para el cumplimiento del objeto de la Entidad, los cuales se encuentran articulados con el Plan de Acción Institucional (PAI) 2024 y se cumple la Política de Eficiencia Administrativa.
Que en el proyecto de Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión de la vigencia 2024 incluye las cuentas por pagar presupuestales 2023-2024.
Que el artículo 23 del título IV del Acuerdo número 01 del 19 de febrero de 2009, establece que el presupuesto anual se aprobará con el siguiente nivel de detalle, acorde con la naturaleza de los rubros y recursos programados:
1. PRESUPUESTO DE INGRESOS
1.1 DISPONIBILIDAD INICIAL 1.2 INGRESOS OPERACIONALES 1.2.1 APORTES DE AFILIADOS 1.2.2 APORTES FONDO DE SOLIDARIDAD 1.2.3 SUBSIDIOS DE VIVIENDA 1.2.4 VENTA DE SERVICIOS 1.2.5 RENDIMIENTOS FINANCIEROS 1.2.6 OTROS INGRESOS OPERACIONALES 1.3 INGRESOS NO OPERACIONALES 1.3.1 RECURSOS DEL CRÉDITO EXTERNO O INTERNO 1.3.2 VENTA DE ACTIVOS 1.3.3 DONACIONES 1.3.4 EXCEDENTES FINANCIEROS 1.3.5 OTROS INGRESOS NO OPERACIONALES 1.4 APORTES DE LA NACIÓN
2. PRESUPUESTO DE GASTOS Y DE INVERSIÓN
2.1 GASTOS OPERACIONALES 2.1.1 GASTOS ADMINISTRATIVOS 2.1.2 GASTOS DE OPERACIÓN Y SERVICIOS 2.1.3 OTROS GASTOS OPERACIONALES 2.2 GASTOS NO OPERACIONALES 2.2.1 SERVICIO DE LA DEUDA 2.2.2 DEVOLUCIONES A AFILIADOS 2.2.3 OTROS GASTOS NO OPERACIONALES 2.3 PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 2.3.1 PROYECTOS DE INVERSIÓN
3. DISPONIBILIDAD FINAL
Que una vez aprobado el presupuesto anual de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía para la vigencia 2024, por los miembros de la Junta Directiva, el Gerente General mediante resolución, realizará la desagregación del Presupuesto de Ingresos y del Presupuesto de Gastos e Inversión, dando cumplimiento al artículo 26 del título IV del Acuerdo número 01 del 19 de febrero de 2009.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1°.
Aprobar el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, para la vigencia del 1° de enero a 31 de diciembre de 2024, con el siguiente nivel de detalle:
Artículo 2°.
El Área de Finanzas - Grupo de Presupuesto, incorporará dentro de sus registros, el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, para la vigencia del 1° de enero a 31 de diciembre de 2024, aprobado por la Junta Directiva en sesión ordinaria del mes de diciembre de 2023.
Artículo 3°.
Para efectos fiscales el presente acuerdo rige a partir del 1° de enero de 2024.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2023.
La Presidenta Junta Directiva, Dra. Ana Catalina Cano Londoño, Viceministerio Veteranos y del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa.
La Secretaria Junta Directiva, Abg. Nataly González Russi.
CONSTANCIA: La suscrita Secretaria de Junta Directiva hace constar que el presente acto administrativo fue aprobado mediante Acta de Junta Directiva número 14 del 21 de diciembre de 2023 y publicado en el Diario Oficial número (…) del… La Secretaria Junta Directiva, Abg. Nataly González Russi.
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