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ACUERDO 5 de 2023

por medio del cual se establece el valor de los subsidios de vivienda para 2024

Tipo
ACUERDO
Número
5
Año
2023
Entidad
Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en ejercicio de las facultades legales, estatutarias y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 114 de la Ley 2294 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° del Decreto Ley número 353 de 1994, modificado por el artículo 1° de la Ley 973 de 2005, estableció que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía tiene por “objeto facilitar a sus afiliados la adquisición de vivienda propia, mediante la realización o promoción de todas las operaciones del mercado inmobiliario, incluidas las de intermediación, la captación y administración del ahorro de sus afiliados y el desarrollo de las actividades administrativas, técnicas, financieras y crediticias que sean indispensables para el mismo efecto”.

Que los artículos 4° y 5° del Decreto Ley número 353 de 1994 establecen el órgano de dirección de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía denominado Junta Directiva, la cual está integrada por representantes del Gobierno nacional, de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, y representantes de los afiliados.

Que el artículo 24 del Decreto Ley número 353 de 1994 modificado por la Ley 973 de 2005, la Ley 1305 de 2005 y la Ley 2294 de 2023 establece que el Gobierno nacional apropiará el 4% de la nómina anual del personal vinculado al Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional con carácter de subsidios para vivienda.

Que el artículo 114 de la Ley 2294 de 2023, dispuso que el valor de los subsidios de vivienda para cada categoría será establecido por la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía con criterios de equidad y progresividad y deberá consultar la capacidad financiera de la empresa.

Que, con base en lo anterior, el análisis de los diferentes escenarios contenidos en el estudio financiero y en cumplimiento de los criterios indicados, se establecen los subsidios de vivienda por categoría.

Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1°.

Establecer el valor de los subsidios de vivienda vigencia fiscal 2024 para las categorías Oficial, Suboficial/Nivel Ejecutivo y Soldado Profesional/Agente de la siguiente manera:

*Para establecer el valor de los subsidios 2024 se tendrá en cuenta como valor base los subsidios 2023 para las categorías Oficial y Suboficial/Nivel Ejecutivo y el incremento del salario mínimo decretado por el Gobierno nacional para el 2024. Para la categoría Soldado Profesional/ Agente se mantendrá en 41 SMLMV.

Artículo 2°.

Una vez el Gobierno nacional expida el Decreto por el cual se fija el SMLMV para 2024, la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía publicará en la página web el valor de los subsidios de vivienda aplicable para cada categoría.

Artículo 3°.

Las disposiciones contenidas en el presente acuerdo rigen para los afiliados que cumplen la cuota 168 de ahorro mensual obligatorio a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024.

Artículo 4°.

Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2023.

La Presidenta Junta Directiva, Dra. Ana Catalina Cano Londoño.

La Secretaria Junta Directiva, Abg. Nataly González Russi.

CONSTANCIA: la suscrita Secretaria de la Junta Directiva hace constar que el presente acto administrativo fue aprobado mediante Acta de Junta Directiva número 14 del 21 de diciembre de 2023 y publicado en el Diario Oficial número (…) del… La Secretaria Junta Directiva, Abg. Nataly González Russi.

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